a)D° celebrar no un contrato.
b)D° de elegir con quien contrar
c)D° a regular el contenido-autonomía de voluntad-
INTERVENCIÓN DEL ESTADO:
-carácter permanente y anticipado.
-carácter excepcional y transitorio
libertad de comerciar
LA CONSTICUCIÓN NACIONAL
Anotações:
DISTINGUE DOS COMPETENCIAS:
-FEDERAL:legislación de fondo, reglamentary gravar impositivamente el com. internac e interprovincial (art 75 inc 12).
-PROVINCIAL: gravar impositivamente el com intraprovincial ,dictar reglamentos de policía sanitaria, moralidad etc. para actividades comerciales en su provincia
aduanas(art 9 y art 10)
derecho a ejercer toda industria LÍCITA-art14
Intervención del Estado
Anotações:
no se limita a reglamentar en materia de salubridad,moralidad o el orden público sino también protección especial,fomentar actividades industriales.
autos:'motor once c/ municipalidad de la ciudad de BS AS.