I. Que garantice el monto estimado de
la reparación del daño.
Tratándose de delitos
que afecten la vida
la integridad corporal
El monto de la reparación no podrá ser menor del que resulte
aplicándose las disposiciones relativas a la Ley Federal del
Trabajo.
II. Que garantice el monto estimado de las sanciones pecuniarias que en su caso
puedan imponérsele.
III. Que otorgue caución para el cumplimiento de las obligaciones que en términos
de ley se deriven a su cargo en razón del proceso
IV. Que no se trate de delitos que por su gravedad están previstos en el párrafo
último del artículo 268 del CPPDF y del 194 del CFPP.
Elementos que deben
tomarse en cuenta
para reducir la caución
Tanto el Código Federal de Procedimientos
Penales como del Distrito Federal, señalan
Que a petición del procesado o del
defensor, la caución se reducirá en la
proporción que el juez estime justa y
equitativa
por cualquiera de las circunstancias siguientes:
I.El tiempo
que el
procesado
lleve privado
de su
libertad.
II.La
disminución
acreditada de
las
consecuencias
o efectos del
delito.
III.La imposibilidad
económica
demostrada para
otorgar la caución
señalada
inicialmente, aun
con pagos parciales
IV.El buen
comportamiento
observadoen el
centro de reclusión,
Naturaleza de la caución
Quedará a elección del acusado
Quien al solicitar la libertad manifestará la forma que elige
En el caso de que el
inculpado, su
representante o su
defensor no hagan la
manifestación menciona
El Ministerio Público, el juez o tribunal
fijarán las cantidades que
correspondan a cada una de las
formas de caución
(arts. 560 y 561,
CPPDF)
Tipos de caución
Deposito en efectivo:
hecho por el inculpado o por
terceras personas, en la institución
de crédito autorizada para ello.
Cuando el inculpado
no tenga recursos
económicos
suficientes
el juez podrá autorizarlo para que lo efectúe en
parcialidades con las siguientes reglas
demuestre estar desempeñando un
empleo, profesión u ocupación lícita
Que tenga fiadorpersonal que a juicio del juez sea
solvente e idóneo y proteste hacerse cargo de las
exhibiciones no efectuadas por el inculpado.
El monto de la primera exhibición no
podrá ser menor del quince por ciento
del monto total de la caución fijada
El inculpado deberá obligarse a efectuar
exhibiciones por los montos y plazos que fije el
juez.
Hipoteca:
otorgada por el reo o tercera persona sobre inmuebles
cuyo valor fiscal no sea menor que el monto de la caución
Prenda
en este caso el mueble deberá tener valor de mercado de cuando
menos dos veces el monto de la caución.
Fianza personal:
debe ser suficiente, que podrá constituirse en el expediente
Cuando la fianza personal
exceda del equivalente a cien
veces el mínimo general
vigente para el Distrito
Federal, el fiador deberá
comprobar que tiene bienes
raíces inscritos en elRegistro
Público de la Propiedad, cuyo
valor no sea menor que el
monto de la caución
Cuando se ofrezcan como garantía
fianza personal que exceda del
equivalente a cien veces el salario
mínimo general vigente para el Distrito
Federal o hipoteca, se deberá presentar
certificado de libertad de gravámenes
expedido por el encargado del Registro
Público de la Propiedad