Art. 916
Son aquellas que tienen por objeto conservar o recuperar l posesión de los bienes raíces o de derechos reales constituidos sobre ellos.
Características
Son acciones inmuebles
Son acciones reales
Plazos
Acciones tendientes a CONSERVAR
Prescriben al año contado desde el acto de molestia o embarazo
Acciones tendientes a RECUPERAR LA POSESIÓN
Prescriben al año desde que el poseedor anterior perdió la posesión
Prueba de la posesión
1. Que es poseedor tranquilo e ininterrumpido al menos por un año
2. Que se le ha arrebatado o turbado la posesión
QUERELLA DE AMPARO
Anotações:
Es aquella que tiene por objeto conservar la posesión de los bienes raíces o derechos reales constituidos sobre ellos.
Objeto
Anotações:
Art 921
1. Que no se turbe o embarace la posesión
Anotações:
Es todo acto o hecho voluntario, ejecutado de buena o mala fe, que sin despojar a otro de su posesión, entraña o supone disputar o cuestionar el derecho que pretende tener el poseedor, de ejercerla.
2. Que se indemnicen los daños, que con los actos de perturbación se hubiere ocasionado
3. Que se den garantías contra el daño que fundadamente se teme
Procedimiento
Art. 549 y siguientes del CPC
Prescripción
1 año contado desde el acto de molestia o embarazo inferido al poseedor
QUERELLA DE RESTITUCIÓN
Anotações:
Es la que tiene por objeto recuperar la posesión de los bienes raíces o derechos reales constituídos sobre ellos.
Objeto
1. El querellante persigue que se le restituya la posesión de la que injustamente fue privado
2. Que se le indemnicen los perjuicios
Prescripción
1 año desde que el poseedor anterior perdió la posesión
QUERELLA DE RESTABLECIMIENTO O DE DESPOJO VIOLENTO
Anotações:
Es la que se concede al que ha sido despojado violentamente de la posesión o mera tenencia de un inmueble, a fin de que le sea restituído, en el estado existente antes del acto de violencia.
Objeto
1. Recuperar la cosa de que fue violentamente despojado
2. Resarcimiento de los daños que se le ocasionaron
Prescripción
6 meses, contados desde el acto de despojo
A.P. ESPECIALES
DENUNCIA DE OBRA NUEVA
Anotações:
Su objeto es conseguir que se prohiba toda obra nueva sobre el suelo de que se está en posesión y asimismo la que embarace el goce de una servidumbre legítimamente constituida sobre el predio sirviente
Objeto
1. Conseguir que se prohíba toda obra nueva sobre
el suelo de que se está en posesión y asimismo la
que embarace el goce el goce de una servidumbre
legítimamente constituída sobre el predio sirviente
DENUNCIA DE OBRA RUINOSA
Objeto
1. Obtener la destrucción de un edificio ruinoso
2. Obtener su reparación si ello es posible
3. Si el daño que se teme no fuere grave, obtener
que el dueño rinda caución de resarcir todo perjuicio
que sobrevenga por el mal estado del edificio.
DERRUMBE
ANTES de la notificación de la dda
No hay derecho a indemnización
DESPUÉS de la notificación de la dda
CASO FORTUITO
No habrá lugar a indemnización a menos de
probarse que el caso fortuito, sin el mal estado
del edificio, no lo hubiera derribado.
DOLO O CULPA
Se indemnizará de todo perjuicio a los vecinos
Prescripción
1. Las que tienen por objeto INDEMNIZAR: 1 AÑO
2. Las dirigidas a PRECAVER UN DAÑO: NO PRESCRIBEN MIENTRAS HAYA JUSTO MOTIVO DE TEMERLO