sobre el individuo y la acción concreta, proyecte
la alteración, mermando con intensidad, aun cuando sin llegar a excluir, las facultades
de conocimiento o de volición.
se considera:
1. Adicción de sustancias:
Anotações:
La sintomatología esencial de la adicción a las
sustancias en la ansiedad, la expresión del deseo o de la necesidad irresistible de
querer volver a consumir la sustancia de la que depende
(drogodependencia).
se ha de tener en cuenta los
siguientes aspectos:
Anotações:
1. Debe existir un estímulo exógeno y con suficiente intensidad y potencialidad
como para provocar y desencadenar un estado anímico fuera de lo normal.
2. El estimulo debe provocar un estado psicológico emocional o pasional y que
origine una perturbación ostensible de la capacidad de libre determinación,
súbita y momentánea en el arrebato y de cierta persistencia en la obcecación.
3. El estimulo debe proceder del precedente comportamiento de la víctima o de
alguna circunstancias exterior objetiva.
4. Debe existir una relación de causalidad entre los estímulos y los estados
generados de arrebato u obcecación, comprensible desde la forma natural de
reaccionar según la común experiencia acerca o los comportamientos humanos.
5. Debe haber una conexión temporal entre la presencia del estímulo y el
surgimiento de la emoción o pasión.
2. El arrebato
Anotações:
Corresponde a estados emocionales súbitos y de corta duración. En
el caso de ser de aparición más lenta puede originar un estado de ofuscación
tenaz y/o persistente lo que constituiría el término de obcecación.
3. Un estado afectivo muy intenso
Anotações:
Tal circunstancia tiene potencial de reducir el
campo de la conciencia limitando la capacidad de atención y de concentración
traduciéndose en una insuficiente y/o limitada comprensión de la realidad.
La inimputabilidad segun Agudelo, (2007)
lo define como:
Es la incapacidad para valorar la trascendencia del comportamiento o hecho que se realiza y/o la
incapacidad de regular la conducta según las exigencias del derecho debido a inmadurez psicológica o
trastorno mental.
Dos aspectos se destacan en la noción de inimputabilidad:
A) Aspecto intelectivo (Cognitivo)
El aspecto intelectivo está referido a la incapacidad para comprender la ilicitud del comportamiento y
se concreta en la incapacidad de valorar o de juzgar, entendiendo este término como la “facultad de
apreciar diferenciadamente los valores y sus magnitudes”
El sujeto no puede apreciar el valor ya que se le
dificulta reconocer el valor mismo, por ende, la
no apreciación del valor se ve limitado por tales
dificultades.
en el caso de:
El esquizofrénico
Anotações:
tiene alterada la cognición, en especial la percepción (alucinaciones) no aprecia la
realidad como tal, ya que está determinado por el episodio de la alucinación, es decir,
distorsiona la realidad. Entendida la realidad como el valor objetiva de la realidad.
El esquizofrénico puede ver, sentir, escuchar cosas que los demás no perciben dado a su
trastorno orgánico.
B) Aspecto Volitivo (Autodeterminación)
según (RAE), (2001)
Afirma que volitivo es aquello relacionado con
los actos y fenómenos de la voluntad. La
voluntad, por su parte, es la facultad de decidir y
ordenar la propia conducta.
Y el elemento volitivo en la inimputabilidad
Está relacionado con la capacidad de
autodeterminación del sujeto. Es decir, en el
inimputable la acción no coincide con la voluntad del
individuo dado a la dificultad psicológica, afectiva o
conductual.
El enajenado (Sujeto con
psicopatología).
se le dificulta la autodeterminación; ya que,
desconoce lo que realiza y la voluntad se encuentra
comprometida en la medida que le entorpece decidir
y ordenar la propia conducta.