Queda prohibido, liquidar, pagar,
así como aceptar la liquidación o
el pago en efectivo de:
1. Compra-venta de bienes inmuebles con
valor igual o mayor a 8,025 VSMGVDF
equivalente a: $ 519,700.00
2. Compra-venta de vehículos nuevos o
usados ya sean aéreos, marítimos o terrestres
con valor igual o mayor a 3,210 VSMGVDF
equivalente a: $ 207,880.00
3. Compra-venta de relojes, joyería, metales y piedras
preciosas, ya sea por pieza o lote, así como obras de
arte con valor igual o mayor a 3,210 VSMGVDF
equivalente a: $ 207,880.00
4. Compra-venta de boletos para participar en juegos con
apuestas, concursos, sorteos, así como la entrega ó pago
de premios con valor igual o mayor a 3,210 VSMGVDF
equivalente a: $ 207,880.00
5. Servicios de blindaje para cualquier vehículo ó para
bienes inmuebles con valor igual o mayor a 3,210 VSMGVDF
equivalente a: $ 207,880.00
6. Enajenación de acciones o partes sociales de Persona
Moral con valor igual o mayor a 3,210 VSMGVDF
equivalente a: $ 207,880.00
7. El uso o goce (Renta) de bienes muebles e inmuebles (aéreos,
marítimos o terrestres) con valor igual o mayor a 3,210 VSMGVDF
equivalente a: $ 207,880.00