EN LAS FUENTES DEL DERECHO EN EGUADOR PODEMOS ENCONTRAR CUATRO GRANDES
PILARES QUE RIGUEN:
EL SISTEMA ROMANO
BASE FUNDAMENTAL PARA LA
ENSEÑANZA DE LAS LEYES.
SE DIO COMO TRES FACTORES DEL DERECHO
ROMANO:
1RO ._ TRADICIONALISMO : SE DA COMO LA CONSERVACIÒN DE ENTIDADES
JURIDICAS DE GENERACIÒN A GENERACIÒN LA CUAL TAMPOCO TAMPOCO
IMPEDIA LA CREACIÒN DE ENTIDADES QUE SE GENEREN PARA LA MISMA
2DO._ FORMALISMO._ SE FOMENTA AL IMPRIMIRLE MAS
RIGUIDEZ E ITERPRETACIÒN A LAS LEYES PROPUESTAS
EN LAS DOCTRINAS
3RO._ REALISMO: LLEVo AL USO DE
LEYES NO TEXTUALES
EL SISTEMA CONSUETUDINARIO
SE BASA EN EL ESTUDIO DE SENTENCIAS JUDICIALES DICTADA POR EL MISMO TRIBUNAL CON
SU RESPECTIVA INTERPRETACIÒN DE LA SENTENCIA DICTADA
ES DE ORIGUEN OBLIGATORIO, AL EL MOMENTO DE ANALIZARLO PUESTO QUE LOS JUECES NO
ALCANZA A ADAPTAR EN SU TOTALIDAD CADA CARACTERISTICA ESTIPULADA AL CASO O A
LOS PROPUESTOS
AL CREARSE ALGUNA ANOMALIA AL MOMENTO DE ANALIZAR ALGUNASENTENCIA EL JUEZ SINETA
UNA BASE JUDISPPRUDENCIAL Y CON RANGO EN NORMA LEGAL
EL SISTEMA NEOCONSTITUCIONALISTA
SE SABE QUE SE BASA EN EL ANALISIS Y EL PROCESO
DE PODER EXPLICAR LOS TEXTOS
CONSTITUCIONALES CON SUS ALTOS NIVLES DE
NORMAS QUE A MÀS DE ESTRABLECER
COMPETENCIAS Y DE SEPARAR PODERES,
CONDICIONAN LAS ACCIONES DEL ESTADO PARA
INTEGRAR LA RELACION ENTRE INDIVIDUOS Y
ESTADO.
SISTEMA EN EL CUAL SE DA LA RELACIÒN ENTRE ESTADO Y
CUIDADANOS
SE DA CONOCIMIENTO A PARTIR DE LA REDACCIÒN DE LA
CONSTITUCIÒN DEL 2008, GENERANDO LA DIVICIÒN DE LOS
DERECHOS ENTRE OBJETOS, PROPIEDADES Y PERSONAS
POSEE UNA FUERTE VINVULACIÒN CON LA
CONSTITUCIÒN Y PORVEE DE UNA
DIRECCITA APLIACIÒN DE LAS NORMAS
ESTABLECIDAS EN LA CONSTITUCIÒN
SE DA CON EL FIN DE GARANTIZAR EL BUEN USO DE LOS
DERECHOS CON SUS REPECTIVOS PRINCIPIOS Y PONDERACIÒN
CORREPONDIENTE.
DOCTRINA CON NUEVAS
LEYES Y REGUIMIENTOS
SISTEMA JURIDICO ESTATAL
SUS PRINCIPALES FUENTES SON LA LEY ,LA
COSTUMBRE, LA JURISPRUDENCIA Y LA
DOCTRINA CIENTIFICA.
TODO CUIDADANO ECUATORIANO SE ENCUENTRA
REGIDO POR ESTE SISTEMA
SE DA PARA LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOS O
COMO ACREEDOR DE ALGÙN DERECHO
SE DA TAMBIÈN COMO CLASIFICADOR DE LEYES EJM: LA
CONSTITUCIÒN DE LA REPUBLICA , LOS TRATADOS Y
CONVENIOS INTERNACIONALES, LAS LEYES ORGÀNICAS
Y ORNINARIAS, ETC.