Procedimientos Penales Especiales del COPP

Descrição

LA ACCION CIVIL Y PROCEDIMIENTOS PENALES
Rijab Abukndeir
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Rijab Abukndeir
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Resumo de Recurso

Procedimientos Penales Especiales del COPP
  1. ACCIÓN CIVIL Y PROCEDIMIENTO PARA LA REPARACIÓN DEL DAÑO Y LA INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS
    1. La acción civil derivada o proveniente del delito, es aquella que se otorga al perjudicado de un delito, esto es, a la víctima, para exigir las restituciones, reparaciones e indemnizaciones que impone la ley penal.
      1. CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN CIVIL EX-DELICTO
        1. Es privada
          1. Es accesoria o conexa
            1. Es patrimonial
          2. La PROCEDENCIA DEL PROCEDIMIENTO PARA LA REPARACION DEL DAÑO Y LA INDEMNIZACION DE PERJUICIOS ORIGINADOS POR EL HECHO PUNIBLE (ART. 413 COPP) La existencia de una sentencia firme, es decirla sentenciacontralacual nopuede ejercerse ningúnrecurso,ni el ordinario, ni el extraordinario de Casación.
            1. Artículo 413 COPP dispone que “Firme la sentencia condenatoria, quienes estén legitimados para ejercer la acción civil podrán demandar, ante el Juez unipersonal o el Juez presidente del tribunal que dictó la sentencia, la reparación de los daños y la indemnización de perjuicios”
              1. Los requisitos que debe contener la demanda civil (Art. 414)
                1. El plazo para que el juez decida sobre su admisión o rechazo (Art. 415)
                  1. Los extremos que debe examinar el juez para decidir acerca de su admisibilidad (Art. 416)
                    1. El contenido de la decisión del juez de declarar admisible la demanda (Art. 417)
                      1. Las objeciones que pueden oponer el condenado y los terceros demandados (Art. 418);
                        1. La audiencia de conciliación prevista para el caso de haberse formulado objeciones (Art. 419)
                          1. El efecto que produce la inasistencia del demandante o del demandado a la audiencia de conciliación (Art. 420)
                            1. La forma de celebración de dicha audiencia y la decisión que debe tomar el juez al termino de la misma (Art. 420)
                              1. Lo relativo a la ejecución forzosa de la sentencia (Art. 421)
            2. La acción penal es la facultad que tiene el Estado, por intermedio del Ministerio Público, en los delitos de acción pública, o la víctima, en los delitos de acción privada, para iniciar, adelantar y solicitar el juzgamiento de un hecho que se presume delictuoso (hecho punible).
              1. Artículo 120. La responsabilidad civil establecida en los artículos anteriores comprende:
                1. La restitución (ART.121 CP)
                  1. La reparación del daño causado (ART.121 CP)
                    1. La indemnización de perjuicios (ART.122 CP)
              2. ORGANIZACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
                1. Organización
                  1. Corte de Apelaciones, integrada al menos por una Sala de tres Jueces Profesionales
                    1. Tribunal de 1ª Instancia integrado por Jueces Profesionales que ejercerán las funciones de Control, de Juicio y de Ejecución de Sentencias, en la forma rotativa que se establezca. 
                      1. En cada circuito judicial existe un sistema de turnos de manera que al menos un Juez de Control, se encuentre en disponibilidad inmediata .
                      2. Funciones Jurisdiccionales
                        1. Competencia de los Tribunales Unipersonales (ART. 108)
                          1. Composición y Atribuciones (ART. 109)
                            1. Funciones (ART.110)
                              1. Juez Presidente del Circuito Judicial Penal (ART. 507)
                                1. Servicios Administrativos (ART.509)
                                  1. Secretarios o Secretarias (ART. 510)
                                    1. El Alguacilazgo (ART. 511)
                                      1. Tribunales de Primera Instancia
                                        1. Tribunales de Segunda Instancia o Corte de Apelaciones
                                        2. Funciones Administrativas
                                          1. El Juez Presidente
                                            1. Se dividen en servicios judiciales y servicios generales, cuya dirección corresponderá al Director de Servicios Administrativos.
                                            2. Secretarios o Secretarias
                                              1. Cada sala de audiencias del Circuito Judicial Penal, tendrá un secretario o secretaria permanente, que actuara copiando y refrendando las decisiones de los tribunales constituidos en la Sala de Audiencias que corresponda y deben ser abogados.
                                              2. Alguacilazgo
                                                1. Le corresponde la recepción de la correspondencia, el transporte y distribución interna y externa de los documentos, la custodia y el mantenimiento del orden en las salas de audiencia y las edificaciones de los tribunales, practicar citaciones del tribunal y ejecutar las órdenes de los tribunales, así como las establecidas en los códigos y las leyes.
                                                2. Servicios Administrativos del Circuito Judicial Penal
                                                  1. Se dividen en servicios judiciales y servicios generales, cuya dirección corresponderá al Director de Servicios Administrativos.
                                              3. RECURSOS
                                                1. Son medios de impugnación establecidos en las leyes, para corregir, revocar, o anular los actos y las resoluciones judiciales cuando tiene deficiencias, errores, ilegalidad o injusticia.
                                                  1. REVOCACION
                                                    1. Es un recurso no devolutivo y compositivo o perfeccionador.
                                                      1. Sólo procede contra los autos de mera sustanciación. El mismo tribunal debe examinar la cuestión y dictar la que corresponda. Es el único recurso admisible durante las audiencias y debe ser resuelto de inmediato sin suspenderlas. (ART. 436)
                                                    2. APELACION
                                                      1. Es el recurso mediante el cual la parte, o los terceros que han sufrido agravio por la sentencia del Juez de primer grado de jurisdicción, provocan un nuevo examen de la relación controvertida por el Juez Superior o de segundo grado que debe dictar la sentencia final.
                                                        1. Recurso de Apelación de Autos.
                                                          1. Es un recurso ordinario y devolutivo, ya que se interpone ante el órgano que dicta la resolución impugnada (a quo) para ser resuelto por un órgano superior (ad quem). (ART. 439)
                                                          2. Apelación de la Sentencia Definitiva
                                                            1. Es un recurso de fondo, ya que tiene como función impugnar el pronunciamiento sobre la cuestión principal del juicio oral, contenido en la sentencia definitiva. (ART.443)
                                                        2. CASACIÓN
                                                          1. El objetivo del recurso de casación es controlar los presupuestos de formación del juzgamiento y los resultados del juicio oral, a través de la actividad de las Cortes de Apelaciones
                                                            1. La función de la casación es controlar si la apelación cumplió o no con su función de depurar el resultado procesal que viene de la instancia, por lo cual carece de todo sentido hablar de controlar por sí mismos los fundamentos de la sentencia de apelación. (ART.452)
                                                            2. REVISION
                                                              1. Es el único procedente contra la sentencia firme, es decir que ha pasado por la autoridad de cosa juzgada y procede en todo tiempo y únicamente a favor del imputado. Solo en los casos establecidos en el Art. 462 COPP.
                                                            3. EL DISCURSO
                                                              1. Es una exposición oral sobre algo, de alguna extensión y con un fin determinado. Sirve para exponer con claridad, precisión y exactitud ideas previamente estudiadas y ordenadas.
                                                                1. PARTES
                                                                  1. Introduccion
                                                                    1. Desarrollo
                                                                      1. Conclusion
                                                                      2. TIPOS
                                                                        1. Discurso Narrativo
                                                                          1. Discurso Descriptivo
                                                                            1. Discurso Expositivo
                                                                              1. Dsicurso argumentativo

                                                                            Semelhante

                                                                            Operações Matemáticas
                                                                            Arleny De Souza
                                                                            Glossário de Biologia Geral
                                                                            Alessandra S.
                                                                            Sociologia - Origem
                                                                            Malu Miralha
                                                                            Termos téc. Enfermagem
                                                                            Letícia Silva
                                                                            Função do 2º grau
                                                                            queziagama
                                                                            Cinética Química
                                                                            Lorena Salvador
                                                                            Artigo 7° da CF
                                                                            GoConqr suporte .
                                                                            Mapa Mental - Como Criar um Mapa Mental
                                                                            frcristina
                                                                            Acentuação gráfica
                                                                            Lúcia Amaral
                                                                            Personalidade Psicodinâmica - Freud, Jung, Adler
                                                                            luanaborb
                                                                            Direito Eleitoral - Cartões para Memorização
                                                                            Silvio R. Urbano da Silva