PROCESO DECLARATIVO DE DESLINDE Y AMOJONAMIENTO

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Mapa Mental sobre PROCESO DECLARATIVO DE DESLINDE Y AMOJONAMIENTO, criado por dany pinta em 24-11-2019.
dany pinta
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Resumo de Recurso

PROCESO DECLARATIVO DE DESLINDE Y AMOJONAMIENTO
  1. CONCEPTO: ( Deslinde : Es el acto formal de distinguir los limites de dos predios contiguos, cuyo fin es hacerlos visibles e identificables. Art.900 codigo civil) . Amojonamiento: sirve para plasmar fisicamente los limites de la propiedad, es posterior al acto de deslinde Art. 901 codigo civil.
    1. PARTES
      1. Pueden demandar: el propietario pleno , el nudo propietario, el usufructuario y el comunero del bien que se pretenda deslindar, y el poseedor material con más de un (1) año de posesión.
      2. DEMANDA Y ANEXOS
        1. La demanda expresará los linderos de los distintos predios y determinará las zonas limítrofes que habrán de ser materia de la demarcación.
          1. A ella se acompañará:
            1. 1. El título del derecho invocado y sendos certificados del registrador de instrumentos públicos sobre la situación jurídica de todos los inmuebles entre los cuales deba hacerse el deslinde, que se extenderá a un período de diez (10) años si fuere posible . 2. Cuando fuere el caso, la prueba siquiera sumaria sobre la posesión material que ejerza el demandante. En este caso podrá solicitar que el deslinde se practique con base en los títulos del colindante. 3. Un dictamen pericial en el que se determine la línea divisoria, el cual se someterá a contradicción en la forma establecida en el artículo 228.
        2. TRASLADO DE LA DEMANDA Y ANEXOS
          1. se correrá traslado al demandado por tres (3) días. Los hechos que constituyen excepciones previas, la cosa juzgada y la transacción, solo podrán alegarse como fundamento de recurso de reposición contra el auto admisorio de la demanda.
          2. DILIGENCIA DE DESLINDE
            1. El juez señalará fecha y hora para el deslinde y en la misma providencia prevendrá a las partes para que presenten sus títulos a más tardar el día de la diligencia, a la cual deberán concurrir además los peritos
            2. TRAMITE DE LAS OPOSICIONES
              1. 1 Dentro de los diez (10) días siguientes el opositor deberá formalizar la oposición; 2 Vencido el término señalado sin que se hubiere presentado la demanda; 3. Presentada en tiempo la demanda, de ella se correrá traslado al demandado por diez (10) días, con notificación por estado y en adelante se seguirá el trámite del proceso verbal.
              2. MEJORAS
                1. El colindante que tenga mejoras en zonas del inmueble que a causa del deslinde deban pasar a otro, podrá oponerse a la entrega mientras no se le pague su valor.

                Semelhante

                NA CONSTITUIÇÃO - Princípios Gerais
                daniel_cal
                INCOMPLETO - Biologia e Geologia - Geologia 11º ano, parte IV - Ensino Secundário Português
                Heres Oliveira
                Simulado Biologia
                Marina Faria
                Função do 2º grau
                GoConqr suporte .
                Panorama econômico da América Latina
                Carolina Foganholo
                Geometria Espacial
                nathielecosta
                Planejamento e Controle da Produção
                Luciana Amaral Pereira Freire
                Vitaminas
                Júlia Figueiredo
                Tipos: Reprodução
                Andrea Barreto M. Da Poça
                Membranas e Citoplasma
                Marcos do Help
                Questionário 1 - Introdução à Informática
                Ederval Pablo Ferreira