Artículos preliminares para la paz perpetua entre los Estados
1. «No debe considerarse válido ningún tratado de paz que se haya celebrado con la reserva secreta sobre alguna causa de guerra en el futuro»
2. «Ningún Estado independiente (ya sea grande o pequeño) podrá ser adquirido por otro mediante herencia, permuta, compra o donación».
3. «Los ejércitos permanentes (miles perpetuas) deben desaparecer totalmente con el tiempo»: en el caso de que el Estado se halle bajo amenaza, los
ciudadanos, voluntariamente, constituirán una defensa (como en el caso del antiguo ejército hoplita de la Grecia Antigua, en el que el pueblo en armas se
reunió para defender su polis, pero en el Estado, con las diferencias que ello conlleva).
4. «No debe emitirse deuda pública en relación con los asuntos de política exterior»
5. «Ningún Estado debe inmiscuirse por la fuerza en la constitución y gobierno de otro»: sólo en el caso de que en el Estado en cuestión se dé una
situación de anarquía, un conjunto de otros Estados pueden intervenir, para restituir el gobierno del Estado o fundar otro, siempre respetando la
autonomía del Estado.
6. «Ningún Estado en guerra con otro debe permitirse tales hostilidades que hagan imposible la
confianza mutua en la paz futura, como el empleo en el otro Estado de asesinos, la inducción a la
traición, etc.»
SECCIÓN SEGUNDA
Artículos definitivos para la paz perpetua
PRIMER ARTÍCULO DEFINITIVO: «La constitución civil de todo
Estado debe ser republicana»
SEGUNDO ARTÍCULO DEFINITIVO: «El derecho de gentes debe fundarse en una
federación de Estados libres»
TERCER ARTÍCULO DEFINITIVO: «El derecho cosmopolita debe limitarse a las condiciones
de hospitalidad universal»
SUPLEMENTOS
1º: De la garantía de la paz perpetua.
2º: Artículo secreto para la paz perpetua: No debe haber un artículo secreto, hay que garantizar el principio de publicidad. Respecto a esto dice que la función del
magistrado es mantener el estatus quo, mientras que la del filósofo es proponer alternativas. También afirma Kant, que el poder corrompe, y por ello es que es
necesario el principio de publicidad.
APÉNDICE
Primero: Sobre la discrepancia entre la moral y la política respecto a la paz perpetua.
Moralista político
Fac et excusa
Si fecisti, nega
Divide et impera
Moralista político (maquiavélico en el sentido peyorativo del término)
frente al político moral (maquiaveliano)
Derecho público
Dividido en
D. Político
D. de gentes
D. cosmopolita
Segundo: de la armonía de la política con la moral según el concepto
trascendental del derecho público.