La principal función del endoso es su función legitimadora: el endosatario se
legítima por medio de una cadena ininterrumpida de endosos. ... Son elementos
personales del endoso, el endosante y el endosatario; siendo el primero el que
transmite (título) y el segundo, la persona a quien el título se transfiere.
El endoso debe constar en el título relativo o en hoja adherida al mismo, y llenar los siguientes
requisitos: El nombre del endosatario; La firma del endosante o de la persona que suscriba el endoso
a su ruego o en su nombre; La clase de endoso; El lugar y la fecha.
Clases de Endoso Endoso en Propiedad. Transmite la propiedad del título y todos los derechos que el
documento representa. Para que la operación se complemente. Es necesaria la entrega material del título o
documento. Endoso en procuración o al cobro. No transfiere la propiedad del título, únicamente otorga
facultades al endosatario para presentar el documento para su aceptación , o para gestionar su cobro
extrajudicialmente o por la vía judicial si fuera necesario. Endoso en garantía o en prenda. No transmite la
propiedad del título, sólo atribuye al endosatario todos los derechos y obligaciones de un acreedor
prendario respecto del título endosado y de todos los derechos que representa el mismo documento.
Endoso en blanco. Recibe este nombre porque sólo firma el beneficiario y según el número de firmas o
rúbricas que aparezcan en el reverso, es el número de endosos que tuvo ese documento. Naturaleza
jurídica.
Los títulos de crédito pueden trasmitirse por recibo de su valor extendido en el mismo documento o en
hoja adherida a él, a favor de algún responsable de los mismos, cuyo nombre debe hacerse constar en
el recibo. La transmisión por recibo produce los efectos de un endoso sin Responsabilidad.