es un derecho fundamental o un derecho humano, señalado en el artículo 19.º de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos de 1948, y las constituciones de los sistemas democráticos,
también lo señalan. De ella deriva la libertad de imprenta también llamada libertad de prensa.
El derecho a la libertad de expresión es definido como un medio para la libre difusión de las ideas, y
así fue concebido durante la Ilustración. Para filósofos como Montesquieu, Voltaire y Rousseau la
posibilidad del disenso fomenta el avance de las artes, las ciencias y la auténtica participación
política. Fue uno de los pilares de la Guerra de Independencia de los Estados Unidos (Primera
Enmienda) y la Revolución francesa, hechos que revolvieron las cortes de los demás estados
occidentales.
DERECHO DE LIBRE TRANSITO
La libertad de circulación, también enunciado como libertad de movimiento, es un concepto de los
derechos humanos por el cual toda persona tiene derecho a moverse libremente, ya sea dentro de
un país o de un país a otro. Está reconocido parcialmente en el artículo 13º de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos,1 según el cual un ciudadano de un estado tiene la libertad de
viajar y residir en cualquier parte del estado en el que a uno le plazca dentro de los límites de
respeto a la libertad y los derechos de los demás, y a dejar ese estado y volver en cualquier
momento.2 Sin embargo, este artículo no incluye ni ampara el derecho de cualquier persona a entrar
libremente en otro país que no sea el suyo, es decir, que no se reconoce ni el derecho de entrada ni
el derecho a la inmigración individual ni colectiva.
la libertad de circulación dentro de un país.
la libertad de circulación entre países sin cambio de residencia (turismo, convenciones, negocios,
etc.)
la libertad de circulación entre países con cambio de residencia, generalmente para trabajar.
La primera es una libertad ilimitada, que solo puede ser pasible de restricción por orden judicial en
casos de procesos penales.