Se entiende por oferta pública de valores la dirigida al público en general o a ciertos sectores, o a grupos específicos de éste. Los títulos y el emisor deben estar inscritos en el Registro de Valores.
No es más que la oferta formulada publicamente por alguien de comprar un cierto número de
acciones para alcanzar una posición dominante dentro de una sociedad.
Dispociciones Generales
Art. 11: La Superintendencia de companias autoriza las ofertas publcas de valores
Art. 12: La superintendencia de companias inscribira en el Registro de Mercado de Valores
Oferta de Adquisicion
Ofertas publicas obligatorias de adquisicion de acciones.