Tener conocimientos y pleno dominio del proceso administrativo de los aspectos técnico-pedagógicos
y de la legislación educativa vigente relacionada con su cargo y centro educativo que dirige.
OBLIGACIONES DE LOS DIRECTORES
Planificar, organizar, orientar, coordinar, supervisar y evaluar todas las acciones administrativas del centro
educativo en forma eficiente. c) Asumir conjuntamente por el personal a su cargo la responsabilidad de que el
proceso de enseñanza- aprendizaje se realice en el marco de los principios y fines de la educación.
Realizar reuniones de trabajo periódicas con el personal docente, técnico, administrativo, educandos
y padres de familia de su centro educativo. h) Propiciar y apoyar la organización de asociaciones
estudiantiles en su centro educativo. i) Apoyar y contribuir a la relación de las actividades culturales,
sociales y deportivas del establecimiento.
Responsabilizarse por el cuidado y buen uso de los muebles e inmuebles del
centro educativo. e) Mantener informado al personal de las disposiciones
emitidas por las autoridades ministeriales.
OBLIGACIONES DE LOS SUBDIRECTORES
DERECHOS DE LOS DIRECTORES Y SUBDIRECTORES
Son derechos de los Directores y Subdirectores: a) Ejercer su autoridad para adecuar el modelo
pedagógico que responda a los intereses de la comunidad educativa bajo su responsabilidad, en
coordinación del personal docente. b) Ejercer la autoridad acorde al cargo que ostenta, para dirigir el
centro educativo.
Las obligaciones del Subdirector son exactamente las mismas que debe cumplir el
director, solo que este lo debe hacer en ausencia de la persona que ocupa la Dirección
del establecimiento