Es la encargada de legislar, es decir, de hacer o
establecer las leyes. Según lo señalado en el
artículo 114 de la Constitución Política, la Rama
Legislativa en Colombia está conformada por el
Congreso de la República, integrado a su vez por
el Senado de la República y la Cámara de
Representantes, constituyendo así un sistema
bicameral
Rama Ejecutiva
art 115 C.P
La rama ejecutiva representa al gobierno y está
compuesta por la gobernaciones, las alcaldías, las
superintendencias, los establecimientos públicos y
las empresas industriales o comerciales del Estado.
Rama Judicial
art 116 C.P
A la Rama Judicial le corresponde administrar justicia,
solucionar los conflictos y controversias entre los
ciudadanos y entre éstos y el Estado y decidir cuestiones
jurídicas controvertidas mediante pronunciamientos que
adquieren fuerza de verdad definitiva. Dichos
pronunciamientos toman principalmente la forma de
sentencias, fallos, o autos.
El poder público es la facultad que el pueblo
les otorga a los gobernantes para que
ejecuten las acciones necesarias para
alcanzar los fines del Estado. La Constitución
Política establece que los órganos que deben
ejecutar esas acciones son: la Rama
Legislativa, la Rama Ejecutiva y la Rama
Judicial, las cuales en su conjunto se
denominan “Organización del Poder Público”.
Órganos de Control
art 117 C.P
Ministerio Público
art 118 C.P
Procuraduria General dela Nación
Instituto de Estudio del Ministerio Público
Defensoría del Pueblo
Contraloría General de la República
art 119 C.P
Fondo de Bienestar Social de la
Contraloria General de la
República
Auditoría General de la República
En la Constitución de 1991, con el fin de fortalecer y
especializar la actividad de control, se extendió la
fiscalización a todos los órganos y ramas del poder,
y se reconoció autonomía e independencia a dichos
órganos. Dicha función es pública.
Organización Electoral
art 120 C.P
Consejo Nacional Electoral
art 120 C.P
Registraduría Nacional de Estado Civil
art 120 C.P
Es una estructura institucional, que goza de
autonomía y esta a cargo de la organización de las
elecciones, su dirección y vigilancia así como lo
relativo a la identificación de las personas.
Organización Territorial -
Entidades Territoriales Título
XI - art 285 al 331
Departamentos
Distritos
Municipios
La Constitución de 1991, al expresar que:
“Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con
autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la
dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés
general”. Art. 1°.