b) Aprobar y evaluar la programación general anual
del centro.
c) Conocer las candidaturas a dirección y proyectos de
dirección.
d) Participar en la selección del director/a según la
Ley.
e) Decidir en la admisión del
alumnado.
f) Impulsar la adopción y seguimiento de medidas educativas que fomenten el
reconocimiento y protección de los derechos de la infancia.
g) Proponer medidas e iniciativas para favorecer bienestar y
un clima favorable.
h) Conocer las conductas contrarias a la convivencia y la aplicación de las medidas
educativas, de mediación y correctoras de la normativa vigente.
i) Fomentar la conservación y renovación de las instalaciones y
equipo escolar.
j) Establecer directrices para la colaboración con las Administraciones locales y con
otros centros, entidades y organismos.
k) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, el rendimiento y la
evolución del alumnado.
l) Elaborar propuestas e informes del funcionamiento del centro y la mejora de la
calidad de la gestión.
m) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro.
n) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.»
COMPOSICIÓN:
Director/a del centro, ejercerá la presidencia.
Jefe/a de estudios.
Maestro/as
Padres, madres o representantes legales del alumnado
Representante del personal de administración y servicios.
Concejalía o representante del Ayuntamiento del municipio.
Secretario/a del centro.
CLAUSTRO
FUNCIONES:
a) Formular propuestas para la elaboración del Plan de Centro.
b) Aprobar y evaluar los aspectos educativos del Plan de Centro.
c) Aprobar las programaciones didácticas y las propuestas pedagógicas.
d) Fijar criterios referentes a la orientación y tutoría del alumnado.
e) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación, de la innovación y de la investigación
pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
f) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director o
directora.
g) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por las personas
candidatas.
h) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro.
i) Informar el reglamento de organización y funcionamiento del centro.
j) Informar la memoria de autoevaluación.
k) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones.
l) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
m) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por el reglamento de organización y funcionamiento
del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.
COMPOSICIÓN:
Lo forman el director, la secretaría y los docentes.
EJECUTIVO
EQUIPO DIRECTIVO
FUNCIONES:
a) Velar por el buen funcionamiento del
centro.
b) Establecer el horario de cada área y de
cualquier otra actividad docente y no docente.
c) Adoptar medidas para la ejecución coordinada de los
acuerdos adoptados por el Consejo Escolar y el Claustro
de Profesorado.
d) Elaborar el Plan de Centro y la
memoria de autoevaluación.
e) Impulsar la actuación coordinada del
centro con el resto de centros docentes.
f) Favorecer la participación del centro en
redes de centros.
g) Colaborar con la Consejería competente en
materia de educación.
h) Cumplimentar la documentación solicitada por los
órganos y entidades dependientes de la Consejería
competente.
i) Otras que le sean atribuidas por Orden de la persona
titular de la Consejería competente.
COMPOSICIÓN:
+6 unidades: Contarán con dirección,
secretaría y jefatura de estudios. -6
unidades, tendrán sólo una dirección, que
asumirá las demás funciones.
c) Los colegios de educación infantil y primaria que
impartan todos los cursos correspondientes a la
educación primaria, contarán con dirección, secretaría y
jefatura de estudios. Si no impartieran la educación
primaria completa
ORGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
EQUIPOS DOCENTES
FUNCIONES:
Seguimiento global del alumnado del grupo,
estableciendo las medidas necesarias para
mejorar su aprendizaje, de acuerdo con el
proyecto educativo del centro.
Realizar de manera colegiada la evaluación del
alumnado, de acuerdo con la normativa vigente
y con el proyecto educativo del centro.
Garantizar que cada maestro y maestra proporcione
al alumnado información relativa a la programación
del área que imparte.
Establecer actuaciones para mejorar el clima de
convivencia del grupo.
Tratar coordinadamente los conflictos que surjan en
el seno del grupo, estableciendo medidas para
resolverlos.
Conocer y participar en la elaboración de la
información que, en su caso, se proporcione a los
padres, madres o representantes legales.
Proponer y elaborar las adaptaciones curriculares no
significativas bajo la coordinación del profesor o
profesora tutor y con el asesoramiento del equipo de
orientación.
Atender a los padres, madres o representantes legales
del alumnado del grupo.
Cuantas otras se determinen en el plan de
orientación y acción tutorial del centro.
COMPOSICIÓN:
Los maestros y maestras que imparten docencia
a un mismo grupo de alumnos y alumnas. Serán
coordinados por el correspondiente tutor o
tutora.
EQUIPOS DE ORIENTACIÓN
FUNCIONES:
a) Realizar la evaluación psicopedagógica del alumnado
b) Asesorar al profesorado en el proceso de evaluación
continua del alumnado.
c) Asesorar al profesorado en el desarrollo del currículo
sobre el ajuste del proceso de enseñanza y aprendizaje
a las necesidades del alumnado.
d) Asesorar a la comunidad educativa en la aplicación de
las medidas relacionadas con la mediación, resolución y
regulación de conflictos en el ámbito escolar.
e) Asesorar al equipo directivo y al profesorado
en la aplicación de las diferentes actuaciones y
medidas de atención a la diversidad.
f) Colaborar en el desarrollo del plan de orientación
y acción tutorial.
g) Asesorar a las familias o a los representantes legales
del alumnado.
h) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo o por
Orden de la persona titular de la Consejería.
COMPOSICIÓN:
Un orientador del equipo de
orientación educativa, los maestros y
maestras especializados en la atención
del alumnado con NEAE, los maestros
y maestras especialistas en pedagogía
terapéutica o en audición y lenguaje,
los maestros y maestras responsables
de los programas de atención a la
diversidad.
EQUIPO TÉCNICO DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
FUNCIONES:
Establecer directrices para elaborar el Plan de Centro y
modificaciones.
Fijar líneas de actuación pedagógica.
Asesorar al equipo directivo para elaborar el PEC.
Establecer directrices para elaborar y revisar programaciones didácticas.
Asesorar a los equipos de ciclo y al Claustro de Profesorado sobre el aprendizaje y la evaluación
Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos
Establecer criterios y procedimientos de funcionamiento del aula de convivencia.
Velar por el cumplimiento y evaluación del Plan de Centro.
Realizar el diagnóstico de las necesidades formativas del profesorado
Proponer al equipo directivo las actividades formativas para su inclusión en el proyecto
educativo.
Elaborar los proyectos de formación en centros.
Coordinar la realización de las actividades de perfeccionamiento del profesorado.
Investigar sobre el uso de las buenas prácticas docentes existentes y trasladarlas a los equipos
de ciclo
Informar a los maestros y maestras sobre líneas de investigación didáctica innovadoras
Establecer indicadores de calidad que permitan valorar la eficacia de las actividades
desarrolladas por el centro y realizar su seguimiento.
Elevar al Claustro de Profesorado el plan para evaluar los aspectos educativos del Plan de Centro
Colaborar con la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa en la aplicación y el seguimiento de
las pruebas de evaluación de diagnóstico
Proponer planes de mejora como resultado de las evaluaciones llevadas a cabo en el centro.
COMPOSICIÓN:
El equipo técnico de
coordinación pedagógica
está formado por el
director del centro, el
jefe/a de estudios, los
coordinadores/as de ciclo y
el coordinador/a del
equipo de orientación
educativa.
EQUIPO DE CICLOS
FUNCIONES:
a) Colaborar con el equipo
directivo en la elaboración de
los aspectos docentes del
proyecto educativo.
b) Elaborar las
programaciones didácticas
o las propuestas
pedagógicas, de acuerdo
con el proyecto educativo.
c) Controlar que en las
programaciones
didácticas se incluyan
medidas para estimular
el interés y el hábito de la
lectura y la mejora de la
expresión oral y escrita
del alumnado.
e) Colaborar en la aplicación
de las medidas de atención a
la diversidad que se
desarrollen para el alumnado
del ciclo.
f) Promover, organizar y
realizar las actividades
complementarias y
extraescolares.
g) Mantener actualizada la
metodología didáctica.
h) Evaluar la práctica docente y
los resultados del proceso de
enseñanza-aprendizaje.
COMPOSICIÓN:
a) En las escuelas de
educación infantil de segundo
ciclo: equipo de educación
infantil de segundo ciclo.
b) En los colegios de
educación primaria:
equipos de primero, de
segundo y de tercer ciclo
de educación primaria.
c) En los colegios de
educación infantil y
primaria: equipos de
educación infantil de
segundo ciclo y de
primero, de segundo y de
tercer ciclo de educación
primaria.
d) En los centros públicos
específicos de educación
especial: equipos de
formación básica y de
formación para la transición
a la vida adulta y laboral.
TUTORÍAS
FUNCIONES:
Relación permanente
con las familias.
Aportar información
sobre la evolución de
los pequeños.
Facilitar situaciones de
comunicación y colaboración.
COMPOSICIÓN:
Nombrado por la dirección del centro, la jefatura
de estudios y entre el profesorado del centro.
Ejercida entre la tutoría del grupo donde está
integrado y el profesorado especialista.