TRATADOS PARA EVITAR LA
DOBLETRIBUTACIÓN EN MATERIA DE ISR
3.1
Reduce tu impuesto El Art.4 de la LISR establece que los
beneficios de los tratados para evitar la doble tributación
solo serán aplicables a los contribuyentes que:
Acrediten ser residentes en el país de que se trate.
Cumplan con las disposiciones del tratado.
Cumplan con las demás disposiciones de
procedimiento contenidas en la LISR
3.2 Estado que guardan los convenios
internacionales celebrados por
México, en materia Fiscal
3-3- Acuerdo de intercambio de
información
Se establece un cauce de intercambio de información de
carácter tributario entre las Administraciones fiscales
de los Estados, que resulta clave en el cumplimiento
del objetivo de prevenir el fraude y la evasión fiscal.
3.4 Tasas de Retención para dividendos, intereses y
regalías conforme a los tratados para evitar la doble
tributación que México tiene en vigor