Es una ciencia técnica aplicada en la Criminalistica. la
fotografía judicial es un eslabón en el esclarecimiento
de un hecho delictivo y en la conservación de la
cadena de custodia.
FOTOGRAFÍAS QUE SE DEBEN DE TOMAR EN EL
LUGAR DE LOS HECHO
*Fotografías Panorámicas (Larga
Distancia) *Fotografías de Plano
Genera *Fotografías de Plano
Medio *Fotografías de Primeros
Planos *Fotografías de
Primerísimos Plano *Fotografía del
Occiso *Fotografía de Filiación
Tomar *Fotografía de La Sábana de
EMP y EF *Sabana de Pertenencia
1. Flash y cable de extensión 2. Chaleco 3. Trípode 4. Cinta,
y plastilina 5. Close up set (+1+,2,+4) fotográficos o (lupas)
6. Traje de bioseguridad 7. Lámparas reflectoras o
linternas 8. Una libreta de notas 9.Baterías (fuentes de
energía para la cámara y el flash) 10. Testigo métrico,
flecha indicadora, y numeradores de EMP. 11. Tijeras 12.
Marcadores borra seco y permanentes 13.Maletín
fotográfico Cámara fotográfica 14. Tarjetas de memoria
ELABORACIÓN DEL INFORME INVESTIGADOR DE
CAMPO FOTÓGRAFO
Realizar un informe sobre la descripción técnica e instrumentos utilizados en la investigación
Descripción clara y precisa de los resultados de la actividad investigativa antes mencionada
Relacionar los elementos materiales probatorios y evidencia fisica descubierto, tambien la cadena de custodia
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PERITOS. El servicio
de peritos se prestará por los expertos de la policía
judicial, del Instituto Nacional de Medicina Legal y
Ciencias Forenses, entidades públicas o privadas, y
particulares especializados en la materia de que se
trate.
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL LEY 906
2004 Articulo 213
Cuando haya conocimiento de un hecho o un
delito el funcionario de policía judicial, se trasladará
al lugar de los hechos y examinar minuciosamente,
para descubrir, identificar, recoger y embalar las
pruevas que serviran para demotrar en una
audiencia los autores o el responsable.
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL. LEY 906
DE 2004 Artículo 256
Macro elementos materiales probatorios .Los
objetos de gran tamaño, como naves, aeronaves
vehículos automotores, maquinas, grúas y otros
similares despues de ser examinados por peritos,
para recoger el material probatorio y evidencia
fisica que se hallen.
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL. LEY 906 DE
2004 Articulo 252
Reconocimiento por medio de fotografías o videos.
cuando no haya un indiciado relacionado con el
delito, o se niegue a participar en un
reconocimiento, la policía judicial, podra utilizar
cualquier medio técnico disponible que permita
mostrar imagenes reales. se requiere la autorización
previa del fiscal que lleva la investigación.