Requisito necesario en mutuo
acuerdo, en contencioso opcional
Naturaleza jurídica: mixta,
libre con aprobación judicial
Negocio jurídico con contenido
mínimo, otros acuerdos
Cuidado de hijos y patria potestad, abuelos, vivienda y
ajuar, cargas del matrimonio, liquidación del régimen, pensión
Anteproyecto: Respecto de hijos (decisiones, cumplimiento
deberes, convivencia, residencia, recogida y entrega)
Ratificación judicial, aprueba o no, ministerio fiscal,
exploración mayor de 12, se incorpora a medidas
A falta de acuerdo, determina el juez
Medidas para la protección de hijos menores
e incapacitados
Custodia compartida: cuando los progenitores estén de
acuerdo, lo puede acordar el juez tras informe del MF
Criterios: práctica anterior, aptitudes, deseo del menor,
acuerdos, ubicación de domicilio, informes, nº hijos
Anteproyecto: cambios para evitar preferencia
monoparental, no se ve excepcional
Guarda individual y régimen de visitas: el juez determina
las condiciones, puede suspenderlo, abuelos
Determina la custodia exclusiva de uno, debe fomentar
la relación con el otro, supone malas relaciones
En ocasiones se desestructura la familia y tiene efectos económicos (vivienda,
pensión). Esto se ha tratado de paliar con régimen más flexible con pernocta
Anteproyecto: El término de visitas se queda obsoleto, régimen de estancia
y convivencia. Se reconocen relaciones con hermanos y otros parientes
Otros efectos económicos
Sentencia firme produce liquidación del régimen, se compensa el desequilibrio con pensión, prestación...
Anteproyecto: se reforma la liquidación pues se alarga demasiado.
A falta de acuerdo: inventario, plan sobre el régimen, se suspende gananciales
Especialidades de los procesos de ruptura
Mutuo acuerdo: se sustancia pretensiones ( separación y divorcio, medidas
derivadas, modificación de medidas, hijos no matrimoniales, procesos contenciosos)
Contencioso: se sustancia (nulidad matrimonial, separación y divorcio,
modificación de medidas, resoluciones eclesiásticas, custodia o alimentos)
Mediación familiar
Pilar de Derecho de familia, resolver conflictos con tercera persona. Clamor
parlamentario, solución extrajudicial, ventaja de acuerdo, evitar contencioso
Objeto: todo tipo de conflictos familiares, determinación de nueva relación
Ventajas: comunicación, menos conflictos, relaciones, costes económicos
Ley andaluza: menores con parientes, patria potestad, conflictos abuelos, adopción
Anteproyecto: materias homologadas, conflictos
intrafamiliares, exclusiones, interes de menores, audiencia
menores. Mediación en proceso, proposición de juez, acuerdo
Proceso estructurado, función del mediador. Fases
del proceso (5). Es necesaria por la formación