Se adquiere el dominio de las cosas que
no pertenecen a nadie, y que no este
prohibida por las leyes ecuatorianas, o
por derecho internacional.
Pesca
Son especies de ocupación
por las cuales se adquiere el
dominio de los animales
bravíos
Clases de animales
Bravíos
Los que viven naturalmente libres e
independientes del hombre
El cazador o pescador se apodera del animal
bravio y lo hace suyo, desde que lo ha herido
gravemente y mientras persista en
perseguirlo o desde que ha caido el animal en
sus trampas o redes
No es lícito perseguir al animal bravio
que es ya perseguido por otro cazador o
pescador
Los animales bravios pertenecen al
dueño de las jaulas, pajareras, o
corrales en que estuvieran encerrados
Las palomas que abandonan un palomar y se
fijan en otro, se entenderán ocupadas
legítimamente por el dueño del segundo
Las abejas que huyen de la colmena y
posan en árbol que no sea del dueño
de ésta, vuelven a su libertad natural
Domesticados
Son bravíos por naturaleza pero se han
acostumbrado a la domesticidad
Domésticos
Los que viven ordinariamente bajo
dependencia del hombre, estan sujetos a
dominio
No se podrá cazar o pescar sino en
lugares, en temporadas y con armas y
procedimientos que no estén prohibidos
Se podrá pescar libremente en los mares,rios y
lagos de uso público pero en el mar territorial solo
podrán pescar ecuatorianos y los extranjeros
domiciliados
No será lícito hacer uso alguno de los edificios y
terrenos cuando se pesque en ríos o lagos
Los pescadores podrán hacer
de las playas del mar el uso
necesario para la pesca
Para estos menesteres podrán
hacer uso de las tierras
contiguas hasta la distancia de
ocho metros de la playa
Los dueños de las tierras contiguas
no podrán poner cercas, sino que
dejaran espacio suficiente para los
menesteres de la pesca
Caza
No se puede cazar sino en tierras
propias, o en las ajenas con permiso
del dueño
Si se cazare en tierras ajenas, sin permiso
del dueño, lo que cace sera para el dueño
Invención o hallazgo
Es una especie de ocupación por la cual el que
encuentre una cosa inanimada que no
pertenece a nadie adquiere su dominio
Descubrimiento de un tesoro
Es una especie de invención o hallazgo, se llama tesoro
la moneda o joya que han estado sepultados o
escondidos por largo tiempo
El tesoro encontrado en terreno ajeno se
dividirá, por partes iguales entre el dueño
del terreno y la persona que lo encontro
Al dueño de una heredad o de un edificio podrá pedir
cualquier persona el permiso de cavar en el suelo,
para sacar dinero o alhajas suyas
Bienes Perdidos
Salvamento de buques naufragados
Propiedad de las cosas tomadas
en guerra
El Estado se hace dueño de todas las
propiedades que se toman en guerra
Las cosas tomadas por bandidos, piratas o insurgentes no
transfieren dominio y deberán restituirse a los dueños, si no
se presentan los dueños se pasara a rematar las cosas
Si naufragare algún buque en las costas del país,
las personas que lo vean o sepan denuciarán el
hecho a la autoridad competente
Las especies naufragadas que se salvaren serán restituidas
por la autoridad a los interesados, mediante el pago de
expensas y la gratificación de salvamento
La gratificación de salvamento nunca
pasará de la mitad del valor de las especies
Si se encuentra alguna especie mueble al parecer
perdida, deberá ponerse a disposición de su
dueño, sino se entregará a la autoridad
competente que publicará el hallazgo
Si no se reclama el bien al curso del año subsiguiente al
aviso se venderá la especie en pública subasta y se dividirá
en partes iguales entre la persona que encontró la especie
y la autoridad competente
Si aparece el dueño antes de subastada la
especie, le será restituida, pagando
expensas