Personas que por
cualquier motivo
voluntariamente o
no se han
desplazado de un
lugar a otro
La declaración de los derechos
humanos reconoce el derecho de
todas las personas a circular
libremente y a elegir su residencia
en cualquier estado
PRINCIPIOS
CONSTITUCIONALES SOBRE
MOVILIDAD HUMANA
La constitución del 2008
garantiza tanto a lo
ecuatorianos como a los
extranjeros garantía de
derechos humanos
las personas
extranjeras tendrán
los mismos derechos
y deberes que los
ecuatorianos
nadie sera
discriminado por
etnia, identidad
cultural, idioma ,
pasado judicial..........
ningún ser humano
se identificara como
ilegal por su condición
migratoria
CIUDADANÍA UNIVERSAL
Contemplado únicamente en nuestra constitución
-implica borrar
fronteras, pero
solo rige para
nuestro país
para otros deben
someterse a las
formalidades
legales que el
destino exija
No se
identificara
ni
considerará a
ningún ser
humano
como ilegal
por su
condición
migratoria
NO se lo tratara como ilegal si
no como IRREGULAR
DERECHO A LA LIBERTAD DE TRÁNSITO
TRANSITAR
ir o pasar
de un
lugara a
otro
utilizando
vías
públicas
Art.66 Nrl 14 El derecho
a transitar libremente a
entrar y salir del país
regulado por la ley
la prohibición de
salida del país
solo puede ser
ordenada por
juez
competente
TRANSITO
paso o
traslado por
calles y
caminos
mutación de
un estado a
otro
Movimiento ordenado
de personas
animales y vehículos
sujeto a leyes y
reglamentos sobre la
materia
RESTRICIONES
EXPRERSAS A LA
LIBERTAD DE
TRANSITO
SE RESTRINGIRA POR
ESTADO DE EXCEPCION
REFUGIADOS
término aprobada en 1951
personas que por motivos de raza,
religión o pertenencia a determinado
grupo social se encuentran fuera de
su país, o no pueda por dichas causas
acogerse a la protección de tal país
EL DERECHO DE LOS REFUGIADOS
todas las personas que reúnan las condiciones pueden
acogerse a lo estipulado en la convencion
condiciones para no beneficiarse
a)cometer un delito contra la
paz, un delito de guerra o en
contra de la humanidad
b)grave delito común fuera
del país de refugio
c) que se ha hecho culpable de
actos contrarios a las
finalidades y principios de
naciones unidas
DESPLAZADOS INTERNOS
Personas o grupos que han sido obligadas a huir de su
hogar o lugar habitual como resultado de conflicto armado
violaciones sistemáticas de derechos humanos y que NO
hayan cruzado la frontera