Modalidades del Acto Jurídico. 1. Termino condición, hace referencia a un hecho furo, que se establece en un documento y que determinado hecho debe ocurrir para que otro suceso curra. -HECHO JURÍDICO. Natural: día, noche,inundación, aluvión, crías. Humano involuntario: Civil: Cuasicontrato (enriquecimiento sin causa). Penal: Delito involuntario (atropellamiento). -El que sin mandato y sin estar obligado se encargue de los negocios de otro debe reparar los daños perjuicios que resulten de su gestión, si obró contra la voluntad del dueño del negocio, aunque no haya incurrido en falta: Juan causó daños a Pedro cuando se encargó de los negocios de éste sin su autorización y contra su voluntad, aunque obró sin culpa y sólo por el deseo de ayudarlo. 2. Termino Plazo, puede considerarse como aquellos hechos que deben llevarse acabo de un tiempo determinado para que pueda darse origen a otro suceso. - ACTO JURÍDICO. Humano voluntario lícito o ilícito: Civil: Incumplimiento (no pago renta). Penal: Delito intencional (robo). - 3. Termino Cargo, es una obligación vinculada a la titularidad de determinados bienes, consiste en hacer o no hacer algo en favor del disponente o de un tercero o del beneficiario mismo. -NEGOCIO JURÍDICO. Lícito, Voluntario, Intencional, Libre, Consciente: contrato, testamento, matrimonio. -¨Habrá compraventa cuando uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedas de una cosa e un derecho, y el otro se obliga a pagar por ellos un precio cierto y en dinero¨. Juan de una casa, celebra contrato con Pedro, mediante el cual le vende el inmueble en la cantidad de $2.000.000.00.
Quer criar suas próprias Notas gratuitas com a GoConqr? Saiba mais.