GLOSARIO DERECHO ROMANO

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GLOSARIO PARA COMPRENDER EL SIGNIFICADO DEL DOGMA DE DERECHO.
Pamela VeRa
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Pamela VeRa
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Resumo de Recurso

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Accesión: Modo de adquirir la propiedad una cosa accesoria por el dominio sobre una cosa principal. Véase:  la accesión ; modos de adquirir la propiedad ; la propiedad . Acción: Procedimiento ante el magistrado para reclamar un derecho. Véase:  acción ; procesos judiciales . Afinidad: Parentesco derivado del iustae nuptiae que unía al cónyuge con la familia de su pareja. Véase:  afinidad ; parentesco _ familiar _ Agnación: Parentesco civil derivado de la patria potestad del paterfamilias y heredado por vía masculina. Véase:  agnación ; cognación ; parentesco . Capitis Deminutio: 1 Disminución de la capacidad jurídica. 2 Cambio de un estado del régimen de las personas, a otro inferior. Véase:  capitis deminutio ; régimen de las personas . Clientela: Situación en la que un hombre libre era protegido jurídicamente por un ciudadano romano a cambio de su obediencia. Véase:  clientela ; libertos ; estado de libertad ; gens _ Código de Justiniano: Recopilación del derecho romano del siglo IV hecha por orden del emperador Justiniano I. También: Código justinianeo. Véase:  Código de Justiniano . Cognación: Consanguinidad. Véase:  la cognación ; el parentesco Comicio: Órgano de elección y deliberación de todo el pueblo romano. Véase:  cómicos ; organizacion politica romana . Concubinato: Unión de pareja estable que no tiene la vocación de convertirse en un matrimonio. Véase:  el concubinato ; el matrimonio legítimo . Constitución Imperial: Decisión oficial, emanada de la autoridad del emperador. Véase:  constituciones imperiales ,  fuentes del derecho romano . Contrato: Obligación, consentida y voluntaria, que genera efectos jurídicos. Véase:  contrato ; obligaciones _ Contrato Verbal: Aquellos contratos que se perfeccionan por el pronunciamiento de palabras solemnes. Véase:  contratos verbales ; estipulaciones ; contratos ; obligaciones _ Contrato Innominado: Negocio jurídico voluntario y bilateral, que no está establecido como contrato. Véase:  contratos innominados ; contratos ; obligaciones _ Contubernio: Relación cuasimarital y de hecho, practicada con un esclavo. Véase:  el contubernio ; la esclavitud . Cosa: Todo ente, diferente al ser humano, apropiable conceptualmente. Véase:  las cosas ; la propiedad ; la posesión ; la familia Costumbre: Uso social constante y reiterado, que adquiere efectos jurídicos. Véase:  costumbre ; fuentes del derecho . Cuasi-contrato: (  Quasi ex contractu  ) Negocio jurídico de creación pretoria cuando hay efectos civiles sin voluntad de una parte. Véase:  cuasi-contrato ; contratos . Divorcio: Disolución voluntaria y consensual de la iustae nuptiae. Véase:  divorcio ; matrimonio ; familiar _ Dote: Conjunto de bienes que la mujer entrega al marido como un aporte al matrimonio. Véase:  dote ; matrimonio ; familiar _ Edicto: Toda disposición que un magistrado romano en uso del ius edicendi hace de conocimiento público. Véase:  los edictos ; fuentes del derecho romano ; las constituciones imperiales ; el ius honorario . Esclavo: (  Servus  ) Persona sin libertad, en la condición jurídica de una cosa. Véase:  esclavitud ; libertado ; estado de libertad . Estado de Ciudadanía: (  Status Civitatis  ) Situación jurídica en que se halló un hombre libre con respecto a la ciudad de Roma. Véase:  el estado de ciudadanía ; el régimen de las personas ; la ciudadanía ; la división socio familiar romana . Estado de Familia: (  Status Familiae  ) Situación jurídica, en que se encontró un ciudadano romano respecto de su familia, para poder ejercer autónomamente sus derechos. Véase:  estado de familia ; régimen de las personas ; familiar ; matrimonio ; paterfamilias . Estado de Libertad: (  Status Libertatis  ) Situación jurídica en que se hallaba una persona natural respecto de su libertad. Véase:  el estado de libertad ; el régimen de las personas ; la persona fisica ; la esclavitud . Estipulación: (  Stipulatio  ) Contrato verbal creado por la solemnidad de pregunta y una respuesta. Véase:  estipulación ; contratos verbales . Familia: Todas aquellas personas y cosas sometidas al paterfamilias. Véase:  familia ; agnación ; parentesco _ división socio familiar romana . Fuente del Derecho: 1 Costumbres, leyes, plebiscitos, edictos, constituciones, jurisconsultos y senadoconsultos. 2 Conjunto de normas que pueden usar los pretores para resolver un caso. Véase:  fuentes del derecho . Fuente de la Patria Potestad: Medios por los que un ciudadano romano entraba a la patria potestad del paterfamilias. Véase:  fuentes de la patria potestad ; patria potestad . Hipoteca: Garantía del ius honorarium tardío que aseguraba el pago de una deuda con la apropiación de las cosas hipotecadas por el deudor. Véase:  hipoteca ,  garantías . En Iure Cessio: Procedimiento judicial voluntario, para la transferencia de la propiedad. Véase:  in iure cessio ,  mancipatio ,  modos de adquirir la propiedad . Ius Civile: 1 Conjunto de normas jurídicas que un pueblo aprueba para sí mismo. 2 Primer derecho que tuvieron los romanos, exclusivo para ciudadanos, formalista y rígido. Véase:  ius civile ; ciudadanía romana ; Estado de ciudadanía . Ius Gentium: Derecho aplicable a cualquier hombre libre, fuera romano o extranjero, y regido por la equidad. Véase:  ius gentium ; ciudadanía romana ; Estado de ciudadanía . Ius Honorarium: Derecho que los magistrados romanos crean al dictar edictos. Véase:  ius honorario ; magistrados _ Ius Publicum: Derecho que los antiguos romanos aplicaban a las cosas y asuntos públicos de la ciudad. Véase:  ius publicum ; cosas _ Jurisconsulto: Antiguos intérpretes del derecho romano que pudieron opinar en asuntos judiciales. Véase:  jurisconsultos ; fuentes del derecho . Legitimación: Integración de los hijos cognados, a la familia agnaticia. Véase:  legitimación ; cognación ; agnación ; parentesco . Ley: (  Lex  ) 1 Toda norma universalmente aplicable en el imperio romano. 2 Lo que el pueblo ordena y dispone. Véase:  ley ; plebiscitos ; senadoconsultos . Ley de Citas: (  Lex citationum  ) Documento legal que reguló los autores que pudieron usar los pretores y jueces en el Imperio Romano. Véase:  ley ; constituciones imperiales ; ley de citas . Liberto: 1 Esclavo que ha obtenido su libertad. 2 Persona libre, por el acto de manumisión. Véase:  liberto ; estado de libertad . Mancipatio: Modo solemne de transferir la propiedad con una balanza y una pesa de cobre. Véase:  mancipatio ; in iure cessio ; Modos de adquirir la propiedad . Matrimonio: (  Iustae nuptiae  ) 1 Matrimonio solemne que genera efectos civiles y religiosos para los romanos. 2 Unión civil y religiosa de un hombre y una mujer para generar descendencia. Véase:  matrimonio ; familia ,  pater familias . Mutuo: Préstamo de bienes fungibles, a cambio de otros, con igual naturaleza y medida. Véase:  mutuo ; contratos ; obligaciones _ Obligación: Vínculo jurídico entre dos romanos que puede ser exigido mediante una acción ante un pretor. Véase:  obligaciones ; fuentes de las obligaciones ,  extinción de las obligaciones . Parentesco: Vínculo jurídico entre personas que comparten un antepasado común. Véase:  el parentesco ; historia del parentesco ; la división socio-familiar ; la  familia la agnación . Paterfamilias: (  Pater familias  ) Ciudadano romano que conforme y ejerce la autoridad sobre la familia agnaticia. Véase:  pater familias ; familia romana ; patria potestad ; matrimonio _ Patria Potestad: Poder de mando que tiene el paterfamilias sobre todos los descendientes agnados a él. Véase:  la patria potestad ; el padre de familia ; la familia romana ; el matrimonio . Patricio: Descendiente de los padres fundadores de la ciudad de Roma. Véase:  patricio ; estructura socio-familiar . Peculio: Masa de bienes autónomos que el paterfamilias cedía de su patrimonio a un hijo o un esclavo. Véase:  peculio ; cosas _ paterfamilias . Periodo Clásico: Etapa en la que más floreció el derecho romano entre los siglos I al III. Véase:  periodo clásico ,  periodos del derecho . Persona: Todo individuo de la especie humana con capacidad jurídica. Véase:  personas físicas ; personas jurídicas ; régimen de las personas . Plebe: Aquellos habitantes de Roma que no eran miembros de ninguna gens y por ello no eran patricios. Véase:  plebe ; patricio ; ciudadanía . Plebiscito: (  Plebiscitum  ) 1 Norma jurídica aprobada en instancia de los comicios por tribus, o de la asamblea de la plebe. 2 Todo lo que la plebe ordenaba y disponía para sí mismo. Véase:  plebiscitos ; fuentes del derecho romano ; cómicos . Posesión: Tenencia material de una cosa, con ánimo de señor y dueño. Véase:  posesión ; propiedad ; usucapion _ Provincia: Territorio periférico, que se encuentra bajo el dominio romano. Véase:  administración provincial romana ; periodos historicos del derecho romano . Propiedad: (  Proprietas  ) Derecho absoluto que un romano tenía sobre una cosa para usarla, disfrutarla o disponer de ella. Véase:  la propiedad ; la posesión ; las  cosas Modos de adquirir la propiedad . Régimen de las Personas: Situación civil que determina la capacidad de una persona de gozar y ejercer sus derechos. Véase:  el régimen de las personas ; persona fisica . Senadoconsulto: Todo asunto encomendado para su decisión al Senado Romano. Véase:  senadoresconsultos ; leyes ; fuentes del derecho romano . Servidumbre : Gravamen   que el derecho romano imponía a una cosa a favor de otro que no fuera su propietario. Véase:  servidumbre . Sucesión: (  Successio  ) Acto jurídico por el que un romano continuaba los derechos y obligaciones de otro. Véase:  sucesiones ; Modos de adquirir la propiedad . Sui Iuris: Ciudadano romano jurídicamente independiente. Véase:  sui iuris ; estado de familia ; régimen de las personas ; paterfamilias . Usucapión: Forma de adquirir la propiedad por tener su posesión material durante algún tiempo. Véase:  usucapión ; posesión ; buena fe ; propiedad . Usufructo: Derecho de uso y disfrute sobre cosa ajena. Véase:  usufructo ; servidumbres ; propiedad . XII Tablas: Leyes fundamentales de la República Romana, expedidas entre 451 y 449 a. C. Véase:  ley de las doce tablas ; Ley .

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Accesión: Modo de adquirir la propiedad una cosa accesoria por el dominio sobre una cosa principal. Véase:  la accesión ; modos de adquirir la propiedad ; la propiedad . Acción: Procedimiento ante el magistrado para reclamar un derecho. Véase:  acción ; procesos judiciales . Afinidad: Parentesco derivado del iustae nuptiae que unía al cónyuge con la familia de su pareja. Véase:  afinidad ; parentesco _ familiar _ Agnación: Parentesco civil derivado de la patria potestad del paterfamilias y heredado por vía masculina. Véase:  agnación ; cognación ; parentesco . Capitis Deminutio: 1 Disminución de la capacidad jurídica. 2 Cambio de un estado del régimen de las personas, a otro inferior. Véase:  capitis deminutio ; régimen de las personas . Clientela: Situación en la que un hombre libre era protegido jurídicamente por un ciudadano romano a cambio de su obediencia. Véase:  clientela ; libertos ; estado de libertad ; gens _ Código de Justiniano: Recopilación del derecho romano del siglo IV hecha por orden del emperador Justiniano I. También: Código justinianeo. Véase:  Código de Justiniano . Cognación: Consanguinidad. Véase:  la cognación ; el parentesco Comicio: Órgano de elección y deliberación de todo el pueblo romano. Véase:  cómicos ; organizacion politica romana . Concubinato: Unión de pareja estable que no tiene la vocación de convertirse en un matrimonio. Véase:  el concubinato ; el matrimonio legítimo . Constitución Imperial: Decisión oficial, emanada de la autoridad del emperador. Véase:  constituciones imperiales ,  fuentes del derecho romano . Contrato: Obligación, consentida y voluntaria, que genera efectos jurídicos. Véase:  contrato ; obligaciones _ Contrato Verbal: Aquellos contratos que se perfeccionan por el pronunciamiento de palabras solemnes. Véase:  contratos verbales ; estipulaciones ; contratos ; obligaciones _ Contrato Innominado: Negocio jurídico voluntario y bilateral, que no está establecido como contrato. Véase:  contratos innominados ; contratos ; obligaciones _ Contubernio: Relación cuasimarital y de hecho, practicada con un esclavo. Véase:  el contubernio ; la esclavitud . Cosa: Todo ente, diferente al ser humano, apropiable conceptualmente. Véase:  las cosas ; la propiedad ; la posesión ; la familia Costumbre: Uso social constante y reiterado, que adquiere efectos jurídicos. Véase:  costumbre ; fuentes del derecho . Cuasi-contrato: (  Quasi ex contractu  ) Negocio jurídico de creación pretoria cuando hay efectos civiles sin voluntad de una parte. Véase:  cuasi-contrato ; contratos . Divorcio: Disolución voluntaria y consensual de la iustae nuptiae. Véase:  divorcio ; matrimonio ; familiar _ Dote: Conjunto de bienes que la mujer entrega al marido como un aporte al matrimonio. Véase:  dote ; matrimonio ; familiar _ Edicto: Toda disposición que un magistrado romano en uso del ius edicendi hace de conocimiento público. Véase:  los edictos ; fuentes del derecho romano ; las constituciones imperiales ; el ius honorario . Esclavo: (  Servus  ) Persona sin libertad, en la condición jurídica de una cosa. Véase:  esclavitud ; libertado ; estado de libertad . Estado de Ciudadanía: (  Status Civitatis  ) Situación jurídica en que se halló un hombre libre con respecto a la ciudad de Roma. Véase:  el estado de ciudadanía ; el régimen de las personas ; la ciudadanía ; la división socio familiar romana . Estado de Familia: (  Status Familiae  ) Situación jurídica, en que se encontró un ciudadano romano respecto de su familia, para poder ejercer autónomamente sus derechos. Véase:  estado de familia ; régimen de las personas ; familiar ; matrimonio ; paterfamilias . Estado de Libertad: (  Status Libertatis  ) Situación jurídica en que se hallaba una persona natural respecto de su libertad. Véase:  el estado de libertad ; el régimen de las personas ; la persona fisica ; la esclavitud . Estipulación: (  Stipulatio  ) Contrato verbal creado por la solemnidad de pregunta y una respuesta. Véase:  estipulación ; contratos verbales . Familia: Todas aquellas personas y cosas sometidas al paterfamilias. Véase:  familia ; agnación ; parentesco _ división socio familiar romana . Fuente del Derecho: 1 Costumbres, leyes, plebiscitos, edictos, constituciones, jurisconsultos y senadoconsultos. 2 Conjunto de normas que pueden usar los pretores para resolver un caso. Véase:  fuentes del derecho . Fuente de la Patria Potestad: Medios por los que un ciudadano romano entraba a la patria potestad del paterfamilias. Véase:  fuentes de la patria potestad ; patria potestad . Hipoteca: Garantía del ius honorarium tardío que aseguraba el pago de una deuda con la apropiación de las cosas hipotecadas por el deudor. Véase:  hipoteca ,  garantías . In Iure Cessio: Procedimiento judicial voluntario, para la transferencia de la propiedad. Véase: in iure cessio, mancipatio, modos de adquirir la propiedad. Ius Civile: 1 Conjunto de normas jurídicas que un pueblo aprueba para sí mismo. 2 Primer derecho que tuvieron los romanos, exclusivo para ciudadanos, formalista y rígido. Véase: ius civile; ciudadanía romana; estado de ciudadanía. Ius Gentium: Derecho aplicable a cualquier hombre libre, fuese romano o extranjero, y regido por la equidad. Véase: ius gentium; ciudadanía romana; estado de ciudadanía. Ius Honorarium: Derecho que los magistrados romanos creaban al dictar edictos. Véase: ius honorarium; magistrados. Ius Publicum: Derecho que los antiguos romanos aplicaban a las cosas y asuntos públicos de la ciudad. Véase: ius publicum; cosas. Jurisconsulto: Antiguos intérpretes del derecho romano que podían opinar en asuntos judiciales. Véase: jurisconsultos; fuentes del derecho. Legitimación: Integración de los hijos cognados, a la familia agnaticia. Véase: legitimación; cognación; agnación; parentesco. Ley: ( Lex ) 1 Toda norma universalmente aplicable en el imperio romano. 2 Lo que el pueblo ordena y dispone. Véase: ley; plebiscitos; senadoconsultos. Ley de Citas: ( Lex citationum ) Documento legal que reguló los autores que podían usar los pretores y jueces en el Imperio Romano. Véase: ley; constituciones imperiales; ley de citas. Liberto: 1 Esclavo que ha obtenido su libertad. 2 Persona libre, por el acto de manumisión. Véase: liberto; estado de libertad. Mancipatio: Modo solemne de transferir la propiedad con una balanza y una pesa de cobre. Véase:  mancipatio ; in iure cessio ; Modos de adquirir la propiedad . Matrimonio: (  Iustae nuptiae  ) 1 Matrimonio solemne que genera efectos civiles y religiosos para los romanos. 2 Unión civil y religiosa de un hombre y una mujer para generar descendencia. Véase:  matrimonio ; familia ,  pater familias . Mutuo: Préstamo de bienes fungibles, a cambio de otros, con igual naturaleza y medida. Véase:  mutuo ; contratos ; obligaciones _ Obligación: Vínculo jurídico entre dos romanos que puede ser exigido mediante una acción ante un pretor. Véase:  obligaciones ; fuentes de las obligaciones ,  extinción de las obligaciones . Parentesco: Vínculo jurídico entre personas que comparten un antepasado común. Véase:  el parentesco ; historia del parentesco ; la división socio-familiar ; la  familia la agnación . Paterfamilias: (  Pater familias  ) Ciudadano romano que conforme y ejerce la autoridad sobre la familia agnaticia. Véase:  pater familias ; familia romana ; patria potestad ; matrimonio _ Patria Potestad: Poder de mando que tiene el paterfamilias sobre todos los descendientes agnados a él. Véase:  la patria potestad ; el padre de familia ; la familia romana ; el matrimonio . Patricio: Descendiente de los padres fundadores de la ciudad de Roma. Véase:  patricio ; estructura socio-familiar . Peculio: Masa de bienes autónomos que el paterfamilias cedía de su patrimonio a un hijo o un esclavo. Véase:  peculio ; cosas _ paterfamilias . Periodo Clásico: Etapa en la que más floreció el derecho romano entre los siglos I al III. Véase:  periodo clásico ,  periodos del derecho . Persona: Todo individuo de la especie humana con capacidad jurídica. Véase:  personas físicas ; personas jurídicas ; régimen de las personas . Plebe: Aquellos habitantes de Roma que no eran miembros de ninguna gens y por ello no eran patricios. Véase:  plebe ; patricio ; ciudadanía . Plebiscito: (  Plebiscitum  ) 1 Norma jurídica aprobada en instancia de los comicios por tribus, o de la asamblea de la plebe. 2 Todo lo que la plebe ordenaba y disponía para sí mismo. Véase:  plebiscitos ; fuentes del derecho romano ; cómicos . Posesión: Tenencia material de una cosa, con ánimo de señor y dueño. Véase:  posesión ; propiedad ; usucapion _ Provincia: Territorio periférico, que se encuentra bajo el dominio romano. Véase:  administración provincial romana ; periodos historicos del derecho romano . Propiedad: (  Proprietas  ) Derecho absoluto que un romano tenía sobre una cosa para usarla, disfrutarla o disponer de ella. Véase:  la propiedad ; la posesión ; las  cosas Modos de adquirir la propiedad . Régimen de las Personas: Situación civil que determina la capacidad de una persona de gozar y ejercer sus derechos. Véase:  el régimen de las personas ; persona fisica . Senadoconsulto: Todo asunto encomendado para su decisión al Senado Romano. Véase:  senadoresconsultos ; leyes ; fuentes del derecho romano . Servidumbre : Gravamen   que el derecho romano imponía a una cosa a favor de otro que no fuera su propietario. Véase:  servidumbre . Sucesión: (  Successio  ) Acto jurídico por el que un romano continuaba los derechos y obligaciones de otro. Véase:  sucesiones ; Modos de adquirir la propiedad . Sui Iuris: Ciudadano romano jurídicamente independiente. Véase:  sui iuris ; estado de familia ; régimen de las personas ; paterfamilias . Usucapión: Forma de adquirir la propiedad por tener su posesión material durante algún tiempo. Véase:  usucapión ; posesión ; buena fe ; propiedad . Usufructo: Derecho de uso y disfrute sobre cosa ajena. Véase:  usufructo ; servidumbres ; propiedad . XII Tablas: Leyes fundamentales de la República Romana, expedidas entre 451 y 449 a. C. Véase:  ley de las doce tablas ; ley .

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