En la Argentina existen tipos de sociedades que salvaguarden el patrimonio personal del inversionista.
Una sociedad comercial existe cuando una o mas personas, de forma organizada, conforme a los tipos de ley, se obligan a realizar aportes para aplicarlos a la produccion o intercambio de bienes y servicios. Para que una sociedad se encuentre constituida es necesario que se inscriba en el Registro Publico de Comercio, segun en la zona donde efectuen la actividad.
Rubrica: : La Ley de Sociedades se dedican a prever varios tipos distintos de sociedades, cada uno con características especificas y particulares.
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SOCIEDAD ANONIMA (S. A.)
-Esta requiere al menos dos accionistas,sin maximos, pueden ser personas fisicas o juridicas.
Capital: El capital socio minimo para cualquier Sociedad Anonima es de ARS$100.000 pesos argentinos. El capital esta dividido en acciones, de las cuales se puede elegir distintos tipos. Las S. A. pueden hacer ofertas publicas de sus acciones.
Administracion: El encargado es el Directorio,debe estar integrado por una o mas personas fisicas, designados por los accionistas. Dura en su cargo un maximo de tres ejercicios y deberan reunirse al menos una vez cada tres meses.
Gobierno: Es llevado a cabo por los accionistas, los cuales deben reunirse como mucho una vez al año para determinar la aprobacion de estos estados contables, la eleccion de los directores, etc.
Obligaciones: Toda sociedad Anonima debe tener un registro de las decisiones tomadas por los directivos y socios, registros contables, actas de asamblea, dispositivo de acciones, registro de asistencia a asambleas,,etc.
Rubrica: : Las cuotas de una SRL no se pueden vender en el mercado libre.
-No requiere un capital minimo, se concluye que el capital debe ir de acuerdo a la actividad a realizar por la sociedad.
Capital: Se divide en cuotas de igual valor de ARS$10 o multiplos de ARS$10. Debe estar incripta en los libros de la sociedad y en el registro publico de comercio. Las cuotas nos pueden ser cedidas al menos de que todos los socios esten de acuerdo.
Administracion: Son manejadas por uno o mas gerentes, los cuales representan a la sociedad. No tienen obligacion de reunirse periodicamente.
Obligaciones: Solamente las SRL su capital social supera los ARS$10.000.000 tienen la obligacion de aprobar y de presentar ante la RPC sus estados contables.
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Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.)
-Fue aprobado recientemente, con el objetivo de facilitar la inversion y fomentar los emprendimientos.
Capital: El capital minimo requerido es el equivalente a la suma a dos veces el salario minimo vital y movil, el cual podra ser dividido en acciones que los socios decidan.
Administraciones: Son llevadas por uno o mas administradores, debiendo contar con almenos un administrador suplente con domicilio del pais.
Gobierno: Las reuniones de socios en las asambleas son el organo de la sociedad, las cuales siguen las reglas de las reuniones de directorio.
Obligaciones: Deben llevar libros societarios y contables, con la ventaja de que estos podran ser llevados en forma digital y no deben ser presentados periodicamente ante el RPC.