En este apartado se menciona todo aquello que permite comprender en dónde se establecen los criterios, términos y condiciones para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio.
Capítulo 1 Objeto, definiciones y principios
En su primer capítulo se definen los siguientes aspectos:
Regular el servicio Profesional Docente
Establecer perfiles, parámetros e indicadores, los derechos y obligaciones.
Se asegura la rendición de cuentas y la transparencia.
Este capítulo lo conforman los Artículos del 1 al 5.
Título 1 Disposiciones generales
Capitulo 2 De la distribución de competencias
En este capitulo se definen los proceso de evaluación.
Se mencionan los lineamientos a los que se sujetarán las Autoridades Educativas.
Se menciona que debe existir una coordinación con las Autoridades Educativas competentes para elaborar los programas anuales y de mediano plazo.
Las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados deberán coadyuvar con el Instituto en la vigilancia de los procesos de evaluación.
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Capítulo 1 Propósitos del Servicio
Los docentes, supervisores se comprometan y brinden una educación de calidad.
Propósito es mejorar la calidad educativa logrando un desarrollo integral y esto dará como resultado un apoyo al progreso del país.
Se estipula que se necesita para alcanzar los propósitos del Servicio Profesional Docente.
Se propone identificar las características del personal docente, considerando el contexto social y cultural.
se menciona la revisión de perfiles, parámetros e indicadores.
Este capítulo lo conforman los Artículos 12, 13 y 14.
Capítulo II Mejora de la práctica
Evaluación para Mejorar no para Sancionar.
Asistencia Técnica a solicitud del personal educativo conforme a procesos de evaluación
Organización de tiempos y espacios.
ofrecer programas de desarrollo de capacitación para la evaluación
Evaluación interna para mejoramiento continua
Capitulo III Ingreso al Servicio
Concurso de oposición anual (evaluación)
Al ingresar después de 6 meses nombramiento definitivo (evaluaciones, capacitación, competencias)
Asignación de plazas conforme a la Ley
Participan los que cumplan con el perfil.
Artículos 21 al 24 de la Ley General del Servicio Profesional Docente.
Capítulo IV Promoción a cargos con funciones de Dirección y de Supervisión.
Se llevará a cabo a partir de un concurso de oposición, después de tener dos años como docente.
Se indicará el perfil, las plazas, los requisitos y serán concursos públicos.
Se mencionan las características y requisitos para obtener una plaza con promoción.
Artículos 26 al 33 de la Ley General Servicio Profesional Docente
Capítulo V De la promoción en la función
Regular las promociones
Se consideran permanentes o temporales
Se abarcan diverso aspectos en este capítulo como son los incentivos y el desarrollo profesional
Se menciona quienes pueden ser beneficiados (destacar, evaluar y reunir diversas condiciones favorables para el desempeño de la función)
Acceso y obtención a diversos niveles (vigencia 4 años, disposición)
Sanciones por incurrir en actos corruptos para pretender obtener una promoción.
Artículos 34 al 40 de la Ley General del Servicio Profesional Docene
Título 2 Servicio Profesional Docente
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Título 2 Servicio Profesional Docente
Capítulo VII Reconocimiento en el servicio
El destacar en la función permite obtener reconocimiento por parte de las diversas autoridades Educativas.
Reconocer, apoyar, incentivos temporales, desarrollo profesional
evaluación para movimientos laterales
Promoción Apoyo Técnico Docente con plaza de docente.
Los movimientos laterales solo al inicio del ciclo escolar
Se otorgan reconocimientos a partir de evaluación puede ser individual, en conjunto y con el director de la escuela
Artículos 45 al 51 de la Ley General del Servicio Profesional Docente.
Capítulo VIII Permanencia en el Servicio
Autoridades Educativas y Organismos descentralizados evalúan el desempeño docente.
Deficiencia en el desempeño docente se ingresa a un programa de regularización (tutoría) para una segunda oportunidad, si obtiene insuficiencia nuevamente existe una tercera oportunidad, si en la tercera se vuelve a obtener insuficiente se dará por terminado el nombramiento.
La regularización será definida de acuerdo a los lineamientos generales.
Capítulo I Perfiles, Parámetros e indicadores en la Educación Básica
Secretaría propone los parámetros, indicadores, la promoción, el reconocimiento, la permanencia a partir de los perfiles que se determinan.
Se plantean aspectos, etapas y métodos para seleccionar a los mejores aspirantes
Instrumentos idóneos para los procesos de evaluación
Artículo 55 de la Ley General del Servicio Profesional Docente
Capítulo III Procedimiento para la definición y autorización de los Perfiles, Parámetros e Indicadores.
El instituto solicita a la Secretaría los parámetros e indicadores acompañados de los perfiles.
La autoridad educativa y los Organismos descentralizados así como el Instituto proporcionan condiciones para crear un marco de certeza y confianza en el uso de perfiles, parámetros e indicadores conforme a la Ley
Artículos 57 y 58 de la Ley General del Servicio Profesional Docente.
Capítulo I
Formación Continua, actualización y desarrollo profesional.
Estado provee lo necesario para que se pueda tener opciones de formación y actualización continua.
Lo anterior debe favorecer la calidad educativa.
El personal elegirá los programas o cursos de formación en función a sus necesidades.
Artículo 59 y 60 de la Ley General del Servicio Profesional Docente
Capítulo II
Otras condiciones
Desarrollo profesional docente será sujeto a periodos mínimos de permanencia o cambios de adscripción(inicio de curso)
Licencia solo justificadas
Escuela integra docentes que trabajen de manera armónica y que cumplan con el perfil adecuado.
Autoridades evitan fragmentar horas
Compactar horas en una sola escuela
Actualización permanente
Erogaciones en cumplimiento a la Ley
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Título 5 Derechos Obligaciones y Sanciones
Se menciona las consecuencias a las cuales se puede acceder en caso de no cumplir con lo establecido por la ley de acuerdo a la función, así como los derechos que se tienen y de que manera se pueden ejercer.
Articulo 68 DerechosParticipar en concursos y procesos de evaluación respectivosConocer los perfiles parámetros e indicadoresRecibir resultados del proceso de evaluación y el dictamen de diagnóstico Tener capacitación y formación continuaArtículo 69 ObligacionesCambiar de adscripción solo con previo avisoPrestar servicio solo si se cumple con lo establecido por la LeyDocumentos fidedignosRegularizarse
Articulo 71 al 78 SancionesSeparación del servicio en caso de incurrir en actos de corrupción que favorezcan de manera directa al servidor púbico o algún familiar.Las sanciones cometidas se dan a conocer al posible infractor dando diez días hábiles para defenderse.Inasistencias consecutivas o discontinuas en menos de 30 días acumular tres, serán separados del servicio.Si se acepta otro trabajo que impida cumplir con la función docente se debe separar del servicio sin goce de sueldo.
Rubrica: : La importancia de conocer las características, perfiles, parámetros e indicadores de acuerdo con mi función es tener claridad en mis derechos, obligaciones y sanciones a las que puedo ser sometida en caso de no cumplir las características y el perfil requerido. Así mismo la importancia radica en tener la claridad de la función y la capacitación constante y de calidad en los cursos y diplomados a los que debo acceder para mejorar mi desempeño y ser partícipe en la mejora de la calidad educativa.
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Ley General Servicio Profesional Docente
Elaborado por ProfesoraEusebia Maribel M. T.Grupo 01Actividad 01
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