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18/6/2015 NOM127SSA11994 http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/127ssa14.html 1/7NORMA OFICIAL MEXICANA NOM127SSA11994,"SALUD AMBIENTAL,AGUA PARA USO Y CONSUMO HUMANOLIMITESPERMISIBLES DE CALIDADY TRATAMIENTOS A QUE DEBE SOMETERSE EL AGUA PARA SUPOTABILIZACION".Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.Secretaríade Salud.GUSTAVO OLAIZ FERNANDEZ, Director General de Salud Ambiental, por acuerdo del Comité Consultivo Nacionalde Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de laAdministración Pública Federal; 3o. fracción XIV, 13 apartado A fracción I, 118 fracción II y 119 fracción II de la LeyGeneral de Salud; 38 fracción II, 40 fracción I y 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 209, 210,211, 212, 213, 214, 215, 218, 224, 227 y demás aplicables del Reglamento de la Ley General de Salud en Materiade Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios; 8o. fracción IV y 25 fracción V delReglamento Interior de la Secretaría de Salud, yINDICE0. INTRODUCCION1. OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACION2. REFERENCIAS3. DEFINICIONES4. LIMITES PERMISIBLES DE CALIDAD DEL AGUA5. TRATAMIENTOS PARA LA POTABILIZACION DEL AGUA6. BIBLIOGRAFIA7. CONCORDANCIA CON NORMAS INTERNACIONALES8. OBSERVANCIA DE LA NORMA9. VIGENCIA0. IntroducciónEl abastecimiento de agua para uso y consumo humano con calidad adecuada es fundamental para prevenir y evitarla transmisión de enfermedades gastrointestinales y otras, para lo cual se requiere establecer límites permisibles encuanto a sus características bacteriológicas, físicas, organolépticas, químicas y radiactivas.Con el fin de asegurar y preservar la calidad del agua en los sistemas, hasta la entrega al consumidor, se debesometer a tratamientos de potabilización.1. Objetivo y campo de aplicaciónEsta Norma Oficial Mexicana establece los límites permisibles de calidad y los tratamientos de potabilización delagua para uso y consumo humano, que deben cumplir los sistemas de abastecimiento públicos y privados ocualquier persona física o moral que la distribuya, en todo el territorio nacional.2. ReferenciasNOM008SCF11993"Sistema General de Unidades de Medida".3. Definiciones3.1 Ablandamiento: Proceso de remoción de los iones calcio y magnesio, principales causantes de la dureza delagua.3.2 Adsorción: Remoción de iones y moléculas de una solución que presentan afinidad a un medio sólido adecuado,de forma tal que son separadas de la solución.3.3 Agua para uso y consumo humano: Aquella que no contiene contaminantes objetables, ya sean químicos oagentes infecciosos y que no causa efectos nocivos al ser humano.18/6/2015 NOM127SSA11994 http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/127ssa14.html 2/73.4 Características bacteriológicas: Son aquellas debidas a microorganismos nocivos a la salud humana. Paraefectos de control sanitario se determina el contenido de indicadores generales de contaminación microbiológica,específicamente organismos coliformes totales y organismos coliformes fecales.3.5 Características físicas y organolépticas: Son aquellas que se detectan sensorialmente. Para efectos deevaluación, el sabor y olor se ponderan por medio de los sentidos y el color y la turbiedad se determinan por mediode métodos analíticos de laboratorio.3.6 Características químicas: Son aquellas debidas a elementos o compuestos químicos, que como resultado deinvestigación científica se ha comprobado que pueden causar efectos nocivos a la salud humana.3.7 Características radiactivas: Son aquellas resultantes de la presencia de elementos radiactivos.3.8 Coagulación química: Adición de compuestos químicos al agua, para alterar el estado físico de los sólidosdisueltos, coloidales o suspendidos, a fin de facilitar su remoción por precipitación o filtración.3.9 Contingencia: Situación de cambio imprevisto en las características del agua por contaminación externa, queponga en riesgo la salud humana.3.10 Desinfección: Destrucción de organismos patógenos por medio de la aplicación de productos químicos oprocesos físicos.3.11 Filtración: Remoción de partículas suspendidas en el agua, haciéndola fluir a través de un medio filtrante deporosidad adecuada.3.12 Floculación: Aglomeración de partículas desestabilizadas en el proceso de coagulación química, a través demedios mecánicos o hidráulicos.3.13 Intercambio iónico: Proceso de remoción de aniones o cationes específicos disueltos en el agua, a través desu reemplazo por aniones o cationes provenientes de un medio de intercambio, natural o sintético, con el que sepone en contacto.3.14 Límite permisible: Concentración o contenido máximo o intervalo de valores de un componente, que garantizaque el agua será agradable a los sentidos y no causará efectos nocivos a la salud del consumidor.3.15 Neutralización: Ajuste del pH, mediante la adición de agentes químicos básicos o ácidos al agua en su caso,con la finalidad de evitar incrustación o corrosión de materiales que puedan afectar su calidad.3.16 Osmosis inversa: Proceso esencialmente físico para remoción de iones y moléculas disueltos en el agua, en elcual por medio de altas presiones se fuerza el paso de ella a través de una membrana semipermeable de porosidadespecífica, reteniéndose en dicha membrana los iones y moléculas de mayor tamaño.3.17 Oxidación: Introducción de oxígeno en la molécula de ciertos compuestos para formar óxidos.3.18 Potabilización: Conjunto de operaciones y procesos, físicos y/o químicos que se aplican al agua a fin demejorar su calidad y hacerla apta para uso y consumo humano.3.19 Precipitación: Proceso físico que consiste en la separación de las partículas suspendidas sedimentables delagua, por efecto gravitacional.3.20 Sistema de abastecimiento: Conjunto intercomunicado o interconectado de fuentes, obras de captación,plantas cloradoras, plantas potabilizadoras, tanques de almacenamiento y regulación, cárcamos de bombeo, líneasde conducción y red de distribución.4. Límites permisibles de calidad del agua4.1 Límites permisibles de características bacteriológicasEl contenido de organismos resultante del examen de una muestra simple de agua, debe ajustarse a lo establecido18/6/2015 NOM127SSA11994 http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/127ssa14.html 3/7en la Tabla 1.Bajo situaciones de emergencia, las autoridades competentes deben establecer los agentes biológicos nocivos a lasalud a investigar.TABLA 1CARACTERISTICA LIMITE PERMISIBLEOrganismos coliformes totales 2 NMP/100 ml2 UFC/100 mlOrganismos coliformes fecales No detectable NMP/100 mlCero UFC/100 mlLos resultados de los exámenes bacteriológicos se deben reportar en unidades de NMP/100 ml (número másprobable por 100 ml), si se utiliza la técnica del número más probable o UFC/100 ml (unidades formadoras decolonias por 100 ml), si se utiliza la técnica de filtración por membrana.4.2 Límites permisibles de características físicas y organolépticasLas características físicas y organolépticas deberán ajustarse a lo establecido en la Tabla 2.TABLA 2CARACTERISTICA LIMITE PERMISIBLEColor 20 unidades de color verdadero en la escala deplatinocobalto.Olor y sabor Agradable (se aceptarán aquellos que sean tolerablespara la mayoría de los consumidores, siempre que nosean resultados de condiciones objetables desde elpunto de vista biológico o químico).Turbiedad 5 unidades de turbiedad nefelométricas (UTN) o suequivalente en otro método.4.3 Límites permisibles de características químicasEl contenido de constituyentes químicos deberá ajustarse a lo establecido en la Tabla 3. Los límites se expresan enmg/l, excepto cuando se indique otra unidad.TABLA 3CARACTERISTICA LIMITE PERMISIBLEAluminio 0.20Arsénico 0.05Bario 0.70Cadmio 0.005Cianuros (como CN)0.07Cloro residual libre 0.21.50Cloruros (como Cl)250.0018/6/2015 NOM127SSA11994 http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/127ssa14.html 4/7Cobre 2.00Cromo total 0.05Dureza total (como CaCO3) 500.00Fenoles o compuestos fenólicos 0.001Fierro 0.30Fluoruros (como F)1.50Manganeso 0.15Mercurio 0.001Nitratos (como N) 10.00Nitritos (como N) 0.05Nitrógeno amoniacal (como N) 0.50pH (potencial de hidrógeno) enunidades de pH6.58.5Plaguicidas en microgramos/l:Aldrín y dieldrín (separados ocombinados)0.03Clordano (total de isómeros) 0.30DDT (total de isómeros) 1.00GammaHCH(lindano) 2.00Hexaclorobenceno 0.01Heptacloro y epóxido de heptacloro 0.03Metoxicloro 20.002,4 D50.00Plomo 0.025Sodio 200.00Sólidos disueltos totales 1000.00Sulfatos (como SO4=) 400.00Sustancias activas al azul demetileno (SAAM)0.50Trihalometanos totales 0.20Zinc 5.00Los límites permisibles de metales se refieren a su concentración total en el agua, la cual incluye los suspendidos ylos disueltos.4.4 Límites permisibles de características radiactivasEl contenido de constituyentes radiactivos deberá ajustarse a lo establecido en la Tabla 4. Los límites se expresanen Bq/l (Becquerel por litro).TABLA 418/6/2015 NOM127SSA11994 http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/127ssa14.html 5/7CARACTERISTICA LIMITE PERMISIBLERadiactividad alfa global 0.1Radiactividad beta global 1.05. Tratamientos para la potabilización del aguaLa potabilización del agua proveniente de una fuente en particular, debe fundamentarse en estudios de calidad ypruebas de tratabilidad a nivel de laboratorio para asegurar su efectividad.Se deben aplicar los tratamientos específicos siguientes o los que resulten de las pruebas de tratabilidad, cuandolos contaminantes biológicos, las características físicas y los constituyentes químicos del agua enlistados acontinuación, excedan los límites permisibles establecidos en el apartado 4.5.1 Contaminación biológica5.1.1 Bacterias, helmintos, protozoarios y virus.Desinfeccióncon cloro, compuestos de cloro, ozono o luzultravioleta.5.2 Características físicas y organolépticas5.2.1 Color, olor, sabor y turbiedad.Coagulaciónfloculaciónprecipitaciónfiltración;cualquiera o la combinación deellos, adsorción en carbón activado u oxidación.5.3 Constituyentes químicos5.3.1 Arsénico.Coagulaciónfloculaciónprecipitaciónfiltración;cualquiera o la combinación de ellos, intercambioiónico u ósmosis inversa.5.3.2 Aluminio, bario, cadmio, cianuros, cobre, cromo total y plomo.Intercambioiónico u ósmosis inversa.5.3.3 Cloruros.Intercambioiónico, ósmosis inversa o destilación.5.3.4 Dureza.Ablandamientoquímico o intercambio iónico.5.3.5 Fenoles o compuestos fenólicos.Adsorciónen carbón activado u oxidación con ozono.5.3.6 Fierro y/o manganeso.Oxidaciónfiltración,intercambio iónico u ósmosis inversa.5.3.7 Fluoruros.Osmosisinversa o coagulación química.5.3.8 Materia orgánica.Oxidaciónfiltracióno adsorción en carbón activado.5.3.9 Mercurio.Procesoconvencional: coagulaciónfloculaciónprecipitaciónfiltración,cuando la fuente deabastecimiento contenga hasta 10 microgramos/l. Procesos especiales: en carbón activado granular y ósmosisinversa cuando la fuente de abastecimiento contenga hasta 10 microgramos/l; con carbón activado en polvo cuandola fuente de abastecimiento contenga más de 10 microgramos/l.5.3.10 Nitratos y nitritos.Intercambioiónico o coagulaciónfloculaciónsedimentaciónfiltración;cualquiera o lacombinación de ellos.5.3.11 Nitrógeno amoniacal.Coagulaciónfloculaciónsedimentaciónfiltración,desgasificación o desorción encolumna.5.3.12 pH (potencial de hidrógeno).Neutralización.5.3.13 Plaguicidas.Adsorciónen carbón activado granular.5.3.14 Sodio.Intercambioiónico.18/6/2015 NOM127SSA11994 http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/127ssa14.html 6/75.3.15 Sólidos disueltos totales.Coagulaciónfloculaciónsedimentaciónfiltracióny/o intercambio iónico.5.3.16 Sulfatos.Intercambioiónico u ósmosis inversa.5.3.17 Sustancias activas al azul de metileno.Adsorciónen carbón activado.5.3.18 Trihalometanos.Aireaciónu oxidación con ozono y adsorción en carbón activado granular.5.3.19 Zinc.Destilacióno intercambio iónico.5.3.20 En el caso de contingencia, resultado de la presencia de sustancias especificadas o no especificadas en elapartado 4, se deben coordinar con la autoridad sanitaria competente, las autoridades locales, la Comisión Nacionaldel Agua, los responsables del abastecimiento y los particulares, instituciones públicas o empresas privadasinvolucrados en la contingencia, para determinar las acciones que se deben realizar con relación al abastecimientode agua a la población.6. Bibibliografía6.1 "Desinfección del Agua". Oscar Cáceres López. Lima, Perú. Ministerio de Salud. Organización Panamericana dela Salud. Organización Mundial de la Salud. 1990.6.2 "Guías para la Calidad del Agua Potable". Volumen 1. Recomendaciones. Organización Panamericana de laSalud. Organización Mundial de la Salud. 1985.6.3 "Guías para la Calidad del Agua Potable". Volumen 2. Criterios relativos a la salud y otra información de base.Organización Panamericana de la Salud. 1987.6.4 "Guía para la Redacción, Estructuración y Presentación de las Normas Oficiales Mexicanas". Proyecto deRevisión. SECOFI. 1992.6.5 "Guide to Selection of Water Treatment Processes". Carl L. Hamann Jr., P.E. J. Brock Mc. Ewen, P.E. AnthonyG. Meyers, P.E.6.6 "Ingeniería Ambiental". Revista No. 23. Año 7. 1994.6.7 "Ingeniería Sanitaria Aplicada a la Salud Pública". FranciscoUnda Opazo. UTEHA 1969.6.8 "Ingeniería Sanitaria y de Aguas Residuales". Purificación de Aguas y Tratamiento y Remoción de AguasResiduales. Gordon M. Fair, John C. Geyer, Daniel A. Okun. Limusa Wiley. 1971.6.9 "Instructivo para la Vigilancia y Certificación de la Calidad Sanitaria del Agua para Consumo Humano". ComisiónInterna de Salud Ambiental y Ocupacional. Secretaría de Salud. 1987.6.10 "Integrated Design of Water Treatment Facilities". Susumu Kawamura. John Willey and Sons, Inc. 1991.6.11 "Manual de Normas de Calidad para Agua Potable". Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas.1982.6.12 "Manual de Normas Técnicas para el Proyecto de Plantas Potabilizadoras". Secretaría de AsentamientosHumanos y Obras Públicas. 1979.6.13 "Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos,Productos y Servicios". Diario Oficial de la Federación. 18 de enero de 1988.6.14 "Revision of the WHO Guidelines for DrinkingWaterQuality". IPS. International Programme on ChemicalSafety. United Nations Environment Programme. International Labour Organization. World Health Organization. 1991.18/6/2015 NOM127SSA11994 http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/127ssa14.html 7/76.15 "WHO Guidelines for DrinkingWaterQuality". Volume 1. Recommendations. World Health Organization. 1992.6.16 "WHO Guidelines for DrinkingWaterQuality". Volume 2. Health Criteria and Other Supporting Information.Chapter 1: Microbiological Aspects. United Nations Environment Programme. International Labour Organization.World Health Organization. 1992.7. Concordancia con normas internacionalesAl momento de la emisión de esta Norma no se encontró concordancia con normas internacionales.8. Observancia de la NormaEsta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para los organismosoperadores de los sistemas de abastecimiento públicos y privados o cualquier persona física o moral que distribuyaagua para uso y consumo humano.La vigilancia del cumplimiento de esta Norma Oficial Mexicana corresponde a la Secretaría de Salud y a losgobiernos de las entidades federativas en coordinación con la Comisión Nacional del Agua, en sus respectivosámbitos de competencia.9. VigenciaLa presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor con carácter de obligatorio, al día siguiente de su publicaciónen el Diario Oficial de la Federación.Sufragio Efectivo. No Reelección.México, D.F., a 30 de noviembre de 1995.ElDirector General de Salud Ambiental, Gustavo Olaiz Fernández.Rúbrica.Fecha de publicación: 22 de noviembre de 2000Si quiere obtener una copia del texto completo, presione aquí
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