Zusammenfassung der Ressource
Flussdiagrammknoten
- PROCEDIMIENTO PARA LA CONCILIACIÓN
- A REQUERIMIENTO DE AMBAS PARTES
- A REQUERIMIENTO DE UNA DE LAS PARTES
- APERSONARSE A LA UNIDAD DE SERVICIOS COMUNES
(PLATAFORMA)
- ACUDIR A LA UNIDAD DE SORTEO DE CAUSAS
- ACUDIR A LA SECRETARÍA DEL JUZGADO
- EN EL SISTEMA DE REGISTRO JUDICIAL SIREJ
- A FALTA DE ESTE, SE LO HARÁ MANUALMENTE
- MEDIANTE EL SIREJ
DETERMINARÁ AL CONCILIADOR
- A FALTA DEL SISTEMA
SE REALIZARÁ MANUALMENTE
- EL PERSONAL REMITIRÁ AL CONCILIADOR
- MEMORIAL EN DEMANDA
DIRIGIDO AL JUEZ
- SOLICITUD ORAL, LLENANDO FORMULARIO
- EN EL SISTEMA DE REGISTRO JUDICIAL SIREJ
- A FALTA DE ESTE, SE LO HARÁ MANUALMENTE
- MEDIANTE EL SIREJ
SORTEO DEL JUZGADO
(JUEZ Y CONCILIADOR
- A FALTA DEL SISTEMA EN EL LUGAR:
SE CONSIGNARÁ EN EL LIBRO CORRESPONDIENTE
- EL JUEZ REALIZARÁ EL CONTROL
(MATERIA Y TERRITORIO)
REMITIRÁ AL CONCILIADOR ASIGNADO
- EL CONCILIADOR SEÑALARÁ AUDIENCIA
CITARÁ A LAS PARTES
- AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN
- NO ES OBLIGATORIO LA PRESENCIA DE UN ABOGADO
- SI UNA DE LAS PARTES TIENE ABOGADO, EL CONCILIADOR DEBE GARANTIZAR LA IGUALDAD Y EQUIDAD.
- LAS PARTES, EL CONCILIADRO, EL APOYO TECNICO Y LOS ABOGADOS
ESTARÁN EN LA MESA DE CONCILIACIÓN
- SI UNA DE LAS PARTES NO PUEDE CONCURRIR, HARÁ CONOCER EL IMPEDIMENTO PARA SU VERIFICACIÓN, SI ES JUSTIFICADO
SE SEÑALA NUEVO DÍA Y HORA DE AUDIENCIA
- LA PARTE CITADA NO ASISTE A LA AUDIENCIA, TODOS LOS ARGUMENTOS SE PRESUMIRAN COMO CIERTOS
PODRÁN SER USADOS POSTERIORMENTE EN EL PROCESO JUDICIAL
- DESARROLLO DE LA AUDIENCIA
- EL CONCILIADOR INICIARÁ LA AUDIENCIA SEÑALANDO:
- EL OBJETO, EL ALCANCE, LOS BENEFICIOS Y LOS LÍMITES
- APLICARÁ TÉCNICAS Y HERRAMIENTAS DE CONCILIACIÓN
- OTORGARÁ LA PALABRA AL SOLICITANTE, PARA CONCOER SU PROPUESTA
- IDENTIFICARÁ LAS POSICIONES, NECESIDADES E INTERESES DE LAS PARTES
- SI NO HAY ACUERDO, PROPONDRÁ ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN
- DESARROLLARÁ LA AUDIENCIA MANETENIENDO LA IMPARCIALIDAD
- Agotada la conciliación, con acuerdo conciliatorio total o parcial, o sin acuerdo; la o el conciliador dará a conocer a las partes sobre los efectos del resultado al que arribaron.
- EMISIÓN DEL ACTA DE CONCILIACIÓN
- EL CONCILIADOR REDACTARÁ EL ACTA DE CONCILIACIÓN DE MANERA CLARA, COHERENTE, SENCILLA Y PRECISA
TODOS LOS ACUERDO ALCANZADOS
- EMISIÓN DEL ACTA DE CONCILIACIÓN
- Acta de Conciliación Total:
cuando las partes arriben a un acuerdo total que resuelva el conflicto
- Acta de Conciliación Parcial:
cuando las partes logren conciliar sólo una parte del conflicto.
- Acta de Conciliación Fallida:
cuando las partes no arriben a ningún acuerdo
- Acta de Incomparecencia:
cuando una de las partes o ambas no concurrieran a la audiencia citada
- REMISIÓN AL JUEZ PARA APROBACIÓN O DESESTIMACIÓN
- SE REMITIRÁ AL JUEZ CORRESPONDIENTE
EL CUAL SE PRONUNCIARÁ MENDIANTE AUTO DEFINITIVO
EN EL PLAZO DE 5 DÍAS
- EN CASO DE APROBACIÓN, TENDRÁ VALOR DE COSA JUZGADA
- SI ES DESESTIMADA, EL JUEZ DEBE FUNDAMENTARLA
- SI FUERE PARCIAL, SERÁ APROBADA PARCIALMENTE, LOS PUNTOS NO CONCILIADOS QUEDARÁN PENDIENTES PARA UN FUTURO PROCESO.
- EN EL MOMENTO DE SU APROBACIÓN:
EL JUEZ ORDENARÁ ENTREGA DE TESTIMONIO O FOTOCOPIA LEGALIZADA DEL ACTA DE CONCILIACIÓN Y AUTO DEFINITIVO, DANDOLE CARÁCTER DE DOCUMENTO PÚBLICO
- EJECUCIÓN DEL ACTA DE CONCILIACIÓN
- EL JUEZ QUE APROBÓ EL ACTA, SERÁ COMPETENTE PARA LA EJECUCIÓN DE LOS ACUERDO ARRIBADOS
- EN CASO DE INCUMPLIMIENTO, SE PODRÁ INICIAR PROCESO DE EJECUCIÓN COACTIVA DE SUMA DE DINERO