Zusammenfassung der Ressource
autoridad con atribuciones disciplinaria en
la Policía Nacional
- 1. DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL
- En Segunda Instancia de las decisiones proferidas por el Inspector General
- 2. INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL.
- En Segunda Instancia de las decisiones proferidas por los Inspectores Delegados
- En Primera Instancia de las faltas cometidas por:
- a) Oficiales Superiores
- b) Personal en comisión en el exterior
- c) Personal en comisión en organismos adscritos o vinculados a la Administración Pública;
- d) Jefes de Oficinas Asesoras de la Dirección General de la Policía Nacional
- PARÁGRAFO 1o. Podrá iniciar, asumir, proseguir, remitir o fallar cualquier actuación disciplinaria, cuya atribución esté
asignada a otra autoridad policial señalada en esta ley, cuando por su trascendencia afecte gravemente el prestigio e
imagen institucional.
- PARÁGRAFO 2o. Sin perjuicio de su atribución disciplinaria, el Inspector General ejercerá vigilancia, control y seguimiento
de las actuaciones disciplinarias.