Zusammenfassung der Ressource
Sistemas jurídicos contemporáneos
- Familia neorromanista:El derecho mexicano tiene sus
raíces en el derecho romano, es por eso que forma parte
de la familia neorromanista.
- Es la primera que
surge en el mundo
contemporáneo y la cual ha
logrado conquistar a toda
América Latina, una gran parte
de áfrica y algunos países
asiáticos.
- Todo esto gracias a la colonización, donde el derecho
organizó al estado y logró una conciliación entre España
y los países conquistados.
- Características
generales de los
sistemas
neorromanistas
a) LAS FUENTES
DEL DERECHO;
b) LA FINALIDAD
DE LA NORMA
JURÍDICA; c) LA
CODIFICACIÓN
DEL DERECHO,
d) EL PROCESO
DE CREACIÓN
DE LA NORMA;
e) LA
CLASIFICACION
DEL DERECHO Y
LA FUNCION
JUDICIAL
- Common law Nació en
Inglaterra en la edad media
con la creación de los
tribunales reales; las
decisiones de los tribunales se
basaban en la costumbres de
las tribus germanas que
habitaban en la isla.
- Se divide en 3 periodos. El primero llamado anglosajón, el
segundo va desde Guillermo el conquistador hasta el
advenimiento de la dinastía de los tudor y el tercero del
nacimiento de equity, a la época actual.
- Derecho Musulmán. Es uno de los derechos
de contenido religioso de
mayor trascendencia.
cerca del 20% de la
población mundial ha
adaptado la religión
islámica.
- Por desgracia, cada
vez más se generan
enfrentamientos. El
terrorismo, ha
surgido de grupos
musulmanes
radicales, que en su
verdadera expresión,
es pacifista
- Se dió en Arabia, su
base:revelaciones de
Alá. Su guía principal
es el libro del Cora.
- Mahoma,
profeta del
islám
- Corán, fuente
principal del
derecho
musulmán.
- Comunismo. Entendido como movimiento
socio-político, es un conjunto de corrientes y
agrupaciones cuyo principal objetivo histórico es
particularmente desde la adopción de la doctrina
marxista la supresión revolucionaria de la sociedad
capitalista
- En tanto última forma de
sociedad con clases, y el
establecimiento de una
sociedad socialista como
paso previo a la
construcción gradual de
una organización social
comunista.
- Diversas corrientes comunistas coinciden en la
necesidad de suprimir la propiedad privada y en la
emancipación social del proletariado como la primer
clase oprimida sin economía propia.
- Negación de toda posible apropiación privada y
por ende tendiente a desaparecer como clase en
una comunidad comunista.
- El socialismo es un
orden político basado
en la apropiación de
los medios de
producción por parte
de la clase obrera.
- Al establecerse la propiedad social
de los medios de producción,
desaparece cualquier forma de
propiedad privada de los bienes de
capital.
- Y con esta el capitalismo como forma
de apropiación del trabajo asalariado,
que supone en la teoría marxista una
forma de explotación por vía
económica.
- Siendo el capitalismo la última sociedad
con clases dentro de la secuencia
histórica de los modos de producción de
Karl Marx, esto comportaría a su vez la
desaparición de las clases sociales que
son generadas por los diferentes
orígenes del ingreso.
- Dando así por superada la lucha de clases y
quedando únicamente la dialéctica, la lucha
entre lo nuevo y lo viejo como motor histórico
en procura de la superación constante en
espiral ascendente para el bienestar de la raza
humana.
- Sistemas mixtos. La mayoría de los países con éste
sistema se encuentran en África y
Asia, dos continentes que han
sido objetos de gran intercambio
cultural ya sea por el comercio o
por la imposición económica y
cultural durante el colonialismo y
el imperialismo.
- El imperialismo y el colonialismo son una
causa de la hibridación de los sistemas: India
e Israel fueron colonias inglesas durante la
segunda expansión europea;
- Sudáfrica fue
colonizada por los
holandeses en 1652 y
en 1806 pasó a ser
parte del imperio
inglés;
- España conquistó en 1564 a
Filipinas que
posteriormente, en 1898, se
convirtió en colonia de
Estados Unidos.
- Filipinas gracias a su ubicación
geográfica y el comercio posee una gran
diversidad cultural y de derecho asiático
y del Islam introducido por unos
comerciantes árabes de Borneo durante
el siglo XIV, además del derecho
romano- germánico que obtuvo de
España y la influencia estadounidense.