DERECHOS DE LAS MUJERES VÍCTIMAS DE VG

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A2 Justicia Mindmap am DERECHOS DE LAS MUJERES VÍCTIMAS DE VG, erstellt von Diana Fernández Ruiz am 06/02/2020.
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DERECHOS DE LAS MUJERES VÍCTIMAS DE VG
  1. DERECHO A LA INFORMACIÓN A LA ASISTENCIA SOCIAL INTEGRAL Y A LA ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA
    1. Con independencia de su origen, religión o cualquier otra condición personal o social
      1. Recibir plena información y asesoramiento
        1. Derecho a servicios sociales de atención, emergencia, de apoyo y acogida y de recuperación integral.

          Anmerkungen:

          • Información a las víctimas Atención psicológica Apoyo social Seguimiento Apoyo educativo a la unidad familiar Formación preventiva en los valores de igualdad Apoyo a la formación e inserción laboral
          1. Estos servicios actuaran de forma coordinada y en colaboración con los Cuerpos de Seguridad, los Jueces de VSM, los servicios sanitarios y las instituciones y podrán solicitar al juez medidas urgentes
            1. Asesoramiento y defensa jurídica gratuita, especializada y de forma inmediata previa a la interposición de la denuncia; que tengan causa directa e indirecta con la VG . También para los causahabientes en caso de fallecimiento de la víctima, siempre que no fueran participes de los hechos. Los Colegios de Abogados adoptaran medidas necesariaas para la designación urgente de letrado de oficio en los procedimientos de VG.
            2. DERECHOS LABORALES Y PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
              1. Estatuto de los Trabajadores: Reducción, reordenación, movilidad, cambio de centro, suspensión de la relación laboral con reserva del puesto y extinción del contrato de trabajo
                1. Ley General de la Seguridad Socia: Suspensión y extinción del contrato de trabajo dará lugar a la situación de desempleo. El tiempo de suspensión se considerará periodo de cotización efectiva a efecto de prestaciones de la SS y de desempleo
                  1. Ausencias o faltas de puntualidad por la situación física o psíquica derivada de la VG se considerarán justificadas cuando lo determinen los Servicios Sociales o de Salud; sin perjuicio de ser comunicadas a la mayor brevedad
                    1. Las trabajadoras por cuenta propia que cesen en su actividad para hacer efectiva su protección; se les suspenderá la obligación de la cotización durante un periodo de 6 meses y se considerará cotización efectiva
                      1. Plan de empleo: programa específico para las víctimas de VG inscritas como demandantes de empleo
                        1. Acreditación: se realizará con la orden de protección a favor de la víctima. Excepcionalmente el informe del MF que indique la existencia de indicios hasta que se dicte la orden de protección.
                        2. DERECHOS DE LAS FUNCIONARIOS PÚBLICAS
                          1. Reducción, reordenación, movilidad geográfica, excedencia
                            1. Ausencias totales o parciales motivadas por la situación física o psíquica derivada de la VG: se considerarán justificadas
                              1. Acreditación: Mismos términos establecidos para las trabajadoras víctimas de VG
                              2. DERECHOS ECONÓMICOS
                                1. Careciesen de rentas superiores en computo anual al 75% SMI recibirá una ayuda de pago único siempre que se presuma que tendrá dificultades para obtener un empleo
                                  1. El importe de esta ayuda social es el equivalente a 6 meses de subsidio por desempleo. Reconocida oficialmente una minusvalía igual o superior al 33% (12 meses). En el caso de tener responsabilidades familiares (18 meses). Reconocida una minusvalía igual o superior al 33% en la víctima de VG o en sus familiares (24 meses)
                                    1. Con cargo a los PGE: Concedidas por las Administraciones en materia de Servicios Sociales: deberá incorporarse informe del Servicio Público de Empleo
                                      1. Serán compatibles con Ayudas y Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos y contra la libertad Sexual
                                        1. Colectivos prioritarios en el acceso a viviendas protegidas y residencias públicas para mayores
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