Zusammenfassung der Ressource
AUDIENCIA
NACIONAL
- AN
- Con SEDE en la villa de Madrid, Tiene
jurisdicción en toda España
- Se COMPRONDRÁ de su Pte, los Ptes de sala y los Mag que
determine la ley para cada una de sus salas y secciones
- El Pte de la AN, tendrá consideración de Pte de
sala del TS, es el Pte nato de todas sus salas.
- Estará INTEGRADA por las sig salas; De apelación, De los penal,
De lo C-A, De lo social. En el caso de que el nº de asuntos lo
aconseje podrán crearse 2 o + secciones dentro de una sala
- SALA DE APELACIÓN
- 1º RECURSOS de esta clase que establezca la ley contra
las resoluciones de las sala de los Penal de la AN.
- Cuando la diferencia en le VOLUMEN DE TRABAJO lo aconseje los Mag de esta
sala, con el acuerdo favorable de la sala de Gob a propuesta del Pret del
Tribunal, podrán ser adscritos por el CGPJ, total o parcialmente y sin que ello
signifique incremento retributivo alguno a otra sala de diferente orden
- Para la ADSCRIPCIÓN se valorarán la antigüedad
en el escalafón, la especialidad o experiencia de
los Mag, a ser posible sus preferencias
- SALA DE LO
PENAL
- 1º Del ENJUICIAMIENTO de las
causas, salvo que
corresponda en 1º instancia a
los J. Centrales de lo Penal
- a) Delitos contra el TITULAR DE LA CORONA, su consorte, su
sucesor, Altos Organismos de la Nación y forma de Gob
- b) FALSIFICACIÓN DE MONEDA, y fabricación de tarjetas de
crédito y débito falsas y cheques de viajeros falsos, siempre
que sean cometidos por organizadores o grupos criminales
- c) Defraudaciones y maquinaciones para ALTERAR EL PRECIO de
las cosas que se produzcan o puedan producir grave repercusión
en la economía nacional o perjuicio en una generalidad de
personas en le territorio de + de una Audiencia
- d) TRÁFICO DE DROGAS o estupefacientes, fraudes alimentarios
y de sustancias farmacéuticas o medicinales siempre que sean
cometidos por bandas o grupos organizados y produzcan
efectos en lugares pertenecientes a distintas Audiencias
- e) Delitos cometidos FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL cuando conforme a
las leyes o a los tratados corresponda su enjuiciamiento a los Trib españoles
- En todo caso, la sala de lo penal extenderá su competencia al conocimiento
de los DELITOS CONEXOS con todos los anteriormente señalados
- 2º De los procedimiento penales INICIADOS EN EL EXTRANJERO, de la ejecución
de las sentencias dictadas por Trib extranjeros y del cumplimiento de pena de
prisión impuesta por Trib extranjeros cuando en virtud de Tratados
Internacional corresponda a España la continuación del procd penal, la
ejecución o el cumplimiento, salvo en aquellos casos en que la LOPJ atribuya
alguna de estas competencias a otro órgano jurisdiccional penal
- 3º De las cuestiones de CESIÓN DE JURISDICCIÓN en materia penal derivadas del
cumplimiento de tratados Internacionales en los que España sea parte
- 4º De los recursos respecto a los INSTRUMENTOS DE RECONOCIMIENTO mutuo
de resoluciones penales de la UE que les atribuye la ley y la resolución de los
procd judiciales de extradicción pasiva sea cual fuere el lugar de residencia o en
que hubiese tenido lugar la detención del afectado por el procd
- 5º De los RECURSOS establecidos en la ley contra las sentencias y otras
resoluciones de los J. Centrales de Instrucción y del J. Central de Menores
- 6º De los RECURSOS contra resoluciones dictadas por los J. Centrales de
Vigilancia Penitenciaria de conformidad con lo previsto en la disposición
adicional 5ª
- 7º De los procd de DECOMISO AUTÓNOMICO por los
delitos para cuyo conocimiento sean competentes
- SALA DE LO C-A
- 1º En única instancia, de los RECURSOS C-A contra
disposiciones y actos de los Ministros y SE que la
ley no atribuya a J. Centrales de lo C-A
- 2º En única instancia, de los RECURSOS C-A contra
los actos dictados por la comisión de vigilancia de
Actividades de Financiación Terrorista y prórroga
de plazos.
- 3º De los RECURSOS DEVOLUTIVOS que la ley establezca
contra resoluciones de los J. Centrales de lo C-A
- 4º De los RECURSOS no atribuidos a los TSJ en
relación a los convenios entre Adm Públicas y a
las resoluciones del Trib econó Adm Central
- 5º De las CUESTIONES DE COMPETENCIAS que se puedan
plantear entre los J. Centrales de lo C-A y de aquellos otro
recursos excepcionalmente le atribuya la ley
- 6º Solicitud de autorización para la declaración
prevista en la Disp Adicional 5º LOPD-DDG
formulada por la Agencia Española de PD
- SALA DE LO SOCIAL
- 1º De los procesos especiales de IMPUGNACIÓN DE
CONVENIOS COLECTIVOS cuyo ámbito territorial de
aplicación sea superior al territorio de una CA
- 2º De los procesos sobre CONFLICTOS COLECTIVOS
cuya resolución haya de surtir efecto en un ámbito
territorialmente superior al de una CA
- OTRAS
COMPETENCIAS
- Conocerá además cada una de las salas de la AN
de las RECUSACIONES que se interpusieren
contra los Mag que las compongan
- Los Mag Recusados no formaran
parte de la sala
- Una sala formada por el Pte de la AN, Ptes de las salas y
el Mag + antiguo y el + moderno de cada una de las
salas. Conocerá de los incidentes de recusación del Pte,
Ptes de la sala o + de 2 Mag de una sala