Zusammenfassung der Ressource
SITUACIONES ADMINISTRATIVAS
Art 506 LOPJ
- SERVICIO ACTIVO
- Funcionarios al servicio de la Adm de Justicia, se hallaran en
situación de servicio activo cuando desempeñen un puesto
de trabajo en alguno de los CENTROS DE DESTINO art 521
- Presten servicios en; TC, CGPJ, TC, CG salvo
que corresponda quedar en otra situación
- Miembros de las asambleas legislativas de las CCAA y no perciban
retribuciones periódicas o como miembros de las Corporaciones
Locales y no desempeñen cargo retribuido y de dedicación exclusiva
- Gabinetes de la Presidencia del Gob, de los Ministros y
de los SE y opten por permanecer en dicha sitación
- De otras Adm Públicas en tato las RPT
contengan expresa previsión al efecto
- Mutualidad General Judicial, adscrito a
funcionarios de la adm de Justicia
- Cuando cesen en un puesto de trabajo por haber
obtenido otro mediante procedimiento de provisión
de puestos de trabajo, durante el plazo posesorio
- Presten servicios en organismos o entes públicos
- SERVICIOS ESPECIALES
- CARACTERÍSTICAS
- Igual que la legislación aplicable para
los funcionarios de la AGE, salvo que
corresponda quedar en otra situación
- Se les computará el tiempo que permanezcan en tal situación
a efectos de ASCENSO, TRIENIOS Y DERECHOS PASIVOS.
- Excepto para los funcionarios públicos que habiendo
ingresado al servicio de las instituciones comunitarias
europeas, ejerciten el derecho de transferencias establecido
en el Estatuto del funcionarios de las Comunidades Europeas
- Derecho a RESERVA DE UN PUESTO DE TRABAJO en la misma localidad, en condiciones y con
retribuciones similares a las que disfrutaban al pasar a ella, siempre que hubiesen pasado a
dicha situación desde la de servicio activo y otra que tuviera reconocido este mismo derecho
- RETRIBUCIÓN DEL PUESTO QUE DESEMPEÑEN sin perjuicio
del derecho a percibir trienios que tuviesen reconocidos
- No PODRÁN ASESORAR PERICIALMENTE A ORGANISMOS
JURISDICCIONALES mientras permanezcan en esta situación
- SITUACIONES: RD 5/2015 se
aprueba el texto refundido de la
Ley del EBEP de carácter supletorio
- Designados miembros del Gob, o de órganos de Gob de
las CCAA y ciudades de Ceuta y Melilla, miembros del
Instituciones de la UE o sean nombrados altos cargos
- Realizar una misión por periodos determinados NO superior a 6
ms en Órganos Internacionales de Gob o Entidades Públicos
extranjeras o en programas de cooperación internacional
- Organismos Públicos o entidades dependientes o
vinculadas a las Adm Públicas asimilados a altos cargos
- Adscritos a los servicios del TCuentas, TC o del Defensor del Pueblo
- Condición de Diputación o Senador de las Cortes Generales
o miembros de las Asambleas Legislativas de la CCAA si
perciben retribuciones periódicas
- Desempeñar cargos electivos retribuidos y de dedicación exclusiva
en las Asambleas de Ceuta y Melilla y en Entidades Locales
- Designados para formar parte del CGPJ o
de los Consejos de Justicia de las CCAA
- Órganos Constitucionales o Estatutarios de las CCAA cuya elección
corresponda al Congreso, Senado, Asambleas Legislativas de las CCAA
- Personal eventual por ocupar puestos de trabajo con funciones
expresamente calificadas de confianza o asesoramiento político
- Órganos Internacionales
- Asesores de los grupos parlamentarios
de las CG, Asambleas legislativas
- Reservistas voluntarios para prestar servicios de la Fuerzas Armadas