Zusammenfassung der Ressource
DEMÁS ACTOS DE
COMUNICACIÓN
- REQUERIMIENTOS
- Consiste en una INTIMACIÓN JUDICIAL a la persona a quien va
dirigido para que, con o sin la fijación de un plazo determinado
realice o se abstenga de llevar a cabo una conducta
- Se realizará en alguna de las FORMAS REFERIDAS
practicándose conforme a lo ya expuesto acerca de las notif
- A diferencia del resto de los AC SE ADMITIRÁ LA RESPUESTA que dé
le requerido consignandola sucintamente en la diligencia
- CITACIONES
- Por el que el órgano judicial pone en conocimiento de
las partes o de un 3º no litigante la resolución acordada
disponiendo SU COMPARECENCIA en un determinado
lugar, fecha y hora para la practica de alguna diligencia
- La citación a quienes sean parte en el juicio podrá
realizarse de alguna de las FORMAS REFERIDAS
- En la cédula se hará constar
claramente el carácter judicial del
escrito y EXPRESARÁ
- 1 El Tribuna o LAJ que hubiese
dictado la resolución
- 2 El asunto en que haya recaído
- 3 El nombre y apellidos de la
persona a quien se haga
- 4 El objeto ésta y el lugar, día y
hora en que deba comparecer
- 5 La prevención de los efectos que, en
caso de incomparecencia establezca la ley
- En las citaciones NO SE ADMITIRÁ NI
CONSIGNARÁ respuesta alguna del interesado a
no ser que así se hubiera mandado
- EMPLAZAMIENTOS
- Son AC por los que se da a conocer una resolución en la que
se le CONCEDE a la persona un determinado PLAZO DE
TIEMPO para la realización de un ACTO PROCESAL CONCRETO
- Se realizará en alguna de las
FORMAS REFERIDAS
- Se hará constar claramente el carácter
judicial del escrito y EXPRESARÁ
- 1 El Tribunal o LAJ que hubiese
dictado la resolución
- 2 El asunto en que haya recaido
- 3 El nombre y apellidos de la persona a
quien se haga el emplazamiento y del
proceso encargado de cumplimentarlo
- 4 El objeto de este y el plazo dentro del cual
deba realizarse la actuación a que se refiera el
emplazamiento
- 5 La prevención de que si el emplazado no
comparece sin causa justificada, dentro del plazo
señalado se tendrá por hecha la comunicación de
que se trata o por efectuado el traslado
- En los emplazamientos NO SE ADMITIRÁ NI
CONSIGNARÁN respuesta alguna del interesado a
no ser que así se hubiera mandado
- TRATAMIENTO
PROCESAL
- En cuanto al tratamiento procesal de los AC ART 166 LEC
que serán nulos los AC que no se practiquen con arreglo a
las disposiciones legales y pudieren causar indefensión
- Cuando la persona notif, citada, emplazada o requerida se
hubiera dado por enterrada en el asunto y NO DENUNCIASE LA
NULIDAD de la diligencia en su 1º acto de comparecencia ante el
Tribunal. Surtirá ésta desde entonces todos sus efectos, como
así se hubiera hecho con arreglo a las disposiciones de la ley