Zusammenfassung der Ressource
EJECUCIÓN FORZOSA
- EJECUCIÓN Y LAJ
- Según el LAJ, cuando así lo prevean las leyes
procesales, tendrá competencia en materia de
ejecución salvo en aquellas atribuidas a Juz o Mag
- LEC adoptarán la forma de DECRETO las resoluciones
que determinen los bienes del ejecutado a los qeu ha
de extenderse el despacho de la ejecución
- Entre las competencias que le
corresponde de la ejecución
- Requerimiento para la
manifestación de bienes del
ejecutado
- La investigación judicial
del patrimonio
- Acordar convocatoria de la subasta
(bajo su responsabilidad)
- Otras competencias atribuidas al LAJ en el
despacho de ejecución Ley 13/2009 3 Nov
- EL TITULO EJECUTIVO
Y SUS CLASES
- CLASES
- La ACCIÓN EJECUTIVO deberá fundarse en
título que tenga APAREJADA EJECUCIÓN
- 1 Sentencia de condena firme
- 2 Laudos y resoluciones arbitrales y acuerdos de mediación
debiendo esto últimos haber sido elevados a escritura pública
- 3 Resoluciones judiciales que aprueben transacciones judiciales y
acuerdos, acompañadas si fuera necesario testimonio de actuaciones
- 4 Escrituras publicas sea 1º o 2º copia que este dada en virtud de
mandamiento judicial se expida con la conformidad de todas las partes
- 5 Pólizas de contratos mercantiles firmadas por las partes y por
notario, acompañe certificación que acredite la conformidad
con los asientos de su libreo de Registro y fecha
- 6 Títulos al portador o nominativos representen obligaciones
vencidas y cupones también vencidos y confronten con los
títulos y éstos con los libros talonarios
- 7 Certificados no caducados expedidos por las entidades encargadas de
registros contables respecto de los valores representados mediante
anotaciones en cuenta, Ley del Mercado de Valores. Se acompañe copia
de la escritura pública o en su caso de la emisión, instada y despachada
la ejecución no caducarán los certificados señalados
- 8 Auto que establezca la cantidad máx reclamable en concepto de
indemnización dictados en procesos penales incoados por hechos
cubiertos por el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil, uso y
circulación de vehículos a motor
- 9 Demás resoluciones procesales y documentos que
lleven aparejada ejecución por disposición de la ley
- PLAZOS Y
CANTIDADES
- La acción ejecutiva fundada en sentencia en resolución del
Trib o LAJ que apruebe transacción judicial, resolución
arbitral, mediación CADUCARÁN sino se interpone la
demanda ejecutiva dentro de los 5 años sig a la firmeza de la
sentencia o resolución
- Cuando se trate de los Títulos ejecutivos 4, 5, 6, 7
solo podrá despacharse ejecución por cantidad
determinada que exceda de 300€ * Acumulativos
- 1 En dinero en efectivo
- 2 En moneda extranjera convertible,
siempre que el pago este autorizada,
permitada legalmente
- 3 En cosa o especie
computable en dinero
- NO SE DESPACHARÁ EJECUCIÓN sentencias declarativas ni constitutivas;
mediante su certificación y mandamiento oficial oportuno, las sentencias
constitutivas firmes podrán permitir inscripciones y modificaciones en Registros
públicos sin necesidad de que se despache ejecución. Cuando contengan
pronunciamientos de condena se ejecutarán de modo previsto en la LEC
- SENTENCIAS
CONSTITUTIVA Y
EXTRANJERA
- TODAS LAS PERSONAS Y AUTORIDADES especialmente encargadas en los
registros públicos deben cumplir lo que dispongan las sentencias
constitutivas y atenerse a la situación jurídica que surjan de ellas salvo
que existan obstáculos conforme la legislación específica del registro
- QUIENES HAYAN SIDO PARTE DEL PROCESO O
ACREDITE INTERÉS DIRECTO Y LEGÍTIMO podrán
pedir al Trib las actuaciones para la eficacia de
sentencias constitutivas y vencer resistencias
- Para que las SENTENCIAS FIRMES Y DEMÁS TÍTULOS EJECUTIVOS EXTRANJEROS
que llevan aparejada ejecución en España se estará en lo dispuesto en los
Tratados Internacionales y cooperación jurídica Internacional. En todo caso su
ejecución se llevará a cabo en España conforme a la LEC salvo que se dispusiera
otra cosa en los Tratados Internacionales vigentes en España
- EJECUCIÓN DE
RESOLUCIONES
EXTRANJERAS
- De conformidad con lo establecido en la Ley 29/2015 30 jul de
COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL EN MATERIA CIVIL son
susceptibles de reconocimiento y ejecución en España
- Las resoluciones extranjeras
firmes recaídas en un
procedimiento contencioso
- Las definitivas adoptadas en
procedimientos de jurisdicción
voluntaria
- RESOLUCIONES JUDICIALES EXTRANJERAS, que tengan fuerza
ejecutiva en el Estado de origen serán ejecutables en España una
vez que hayan obtenido el exequátur. El procedimiento de
ejecución se regirá por la LEC incluyendo la caducidad de la acción
ejecutiva. Podrá solicitarse ejecución de una resolución parcial
- En la DISPOSICIÓN FINAL 25 LEC se dispone que las resoluciones dictadas en un
Estado miembro de la UE que tengan fuerza ejecutiva en él lo tendrán también
en España sin necesidad de una declaración de fuerza ejecutiva y serán
ejecutadas en las mismas condiciones que se hubiera dictado en España
- TÍTULO EJECUTIVO
EUROPEO
- REGULACIÓN
- ES UN CERTIFICADO que acompaña a una resolución, transacción judicial
o doc público con fuerza ejecutiva y que permite que circulen libremente
a la UE sin llevarse a cabo ningún procedimiento intermedio habiéndose
suprimido el procedimiento de exequátur
- Se REGULA POR EL REGLAMENTO CE 805/2004 21 de abril 2004; en
España la DISPOSICIÓN FINAL VIGÉSIMA PRIMERA establecida las
medidas para facilitar la aplicación del reglamento en materia civil
y mercantil y a todos los estados UE salvo Dinamarca
- Esta condicionado a la fijación de
NORMAS MÍNIMAS
- Que se trate de un Título
ejecutivo de los 3 citados
- que recoja un crédito
no impugnado
- resoluciones judiciales, se hayan respetado
ciertas reglas de competencia judicial
internacional y derechos de defensa como la
cédula de emplazamiento o documento
equivale se le notf al deudor
- PROVIDENCIA Y
COMPETENCIA
- Los CRÉDITOS NO IMPUGNADOS son aquellos en los que el acreedor habida
cuenta de la ausencia comprobada de oposición por parte del deudor a la
demanda pecuniaria. Ha habido una resolución judicial contra ese deudor o
un documento ejecutivo que requiere el consentimiento expreso del deudor
ya sea transacción judicial o documento público con fuerza ejecutiva
- CERTIFICACIÓN JUDICIAL DEL TÍTULO EJECUTIVO EUROPEO se adopta
de forma separada y mediante PROVIDENCIA por el mismo Trib que
dicto la resolución, misma forma se adopta DENEGACIÓN DE EMISIÓN
pudiendo impugnarse mediante RECURSO DE REPOSICIÓN
- LA COMPETENCIA TERRITORIAL para la ejecución del Título
ejecutivo europeo corresponderá al Juz de 1ª Instancia del
domicilio del demandado o el del lugar de ejecución