Zusammenfassung der Ressource
MARCA
- Es la categoría de signo
distintivo que identifican los
productos o servicios de una
empresa o de un empresario.
- Cualquier persona natural o
jurídica puede ser titular de
una marca.
- La SIC es la que administra y
concede derechos sobre los
bienes de propiedad Industrial.
- TIPOS
- Colectiva: se utiliza
con el fin de
informar de las
características
comunes de los
productos o
servicios de
cualquier cuerpo
colectivo
- De certificación:
Se utiliza para
garantizar una
calidad o
estándar de un
producto o
servicio.
- TRAMITES
- BENEFICIOS
- *Permite a la empresa
poder diferenciar su
producto o servicio. *Ayuda
a garantizar la calidad a los
consumidores. *Puede ser
objeto de licencias. *Le da a
la empresa el derecho
exclusivo de comercializar
productos y ofrecer
servicios.
- Antes de la
solicitud de
registro: *Elegir la
marca y el lema
(Comisión de la
Comunidad
Andina).
*Clasificar los
productos o
servicios
(Clasificación
NIZA). *Realizar la
búsqueda de
antecedentes
marcarios. * Pago
de la tasa oficial.
*Diligenciamiento
del formulario
correspondiente.
- Documentación
para la solicitud
de registro:
*Formulario
diligenciado de la
solicitud de
registro de marca
y lema. *Si es una
marca figurativa,
mixta o
tridimensional, un
arte de 8cm x
8cm. *Recibo de
pago. *Si tiene
apoderado,
presentación del
poder. *Si es
microempresario
y desee obtener el
descuento,
diligenciar el
formulario
correspondiente.
- Etapas que debe
cumplir la
solicitud: *Estudio
de forma.
*Publicación.
*Oposiciones.
*Contestación de
oposición.
*Examen de fondo
o de
registrabilidad.
*Recursos
- Después de la
concesión:
*Renovar el
registro de
marca: 10 años
contados desde
la concesión. *Si
no solicita la
renovación de
una marca esta
se tendrá como
caducada.
- Van unidos
- LEMA: signo distintivo
consistente en una
palabra, frase o leyenda
que se utiliza como
complemento de una
marca para reforzar su
recordación. Es lo que se
conoce como slogan.
- Diferencia entre lema y
marca: El lema sólo
puede consistir en una
palabra, frase o leyenda
y no en figuras o
sonidos, además
siempre es accesorio a
la marca.
- NOMBRE COMERCIAL:
es el signo que
identifica al
empresario como tal
en el desarrollo de una
actividad mercantil.
- Diferencia entre nombre
comercial y marca: La marca
identifica al producto o
servicio. El nombre comercial
identifica al empresario que
los produce, ofrece o
comercializa.
- ENSEÑA COMERCIAL: es un signo que
siendo perceptible por el sentido de
la vista sirve para identificar a un
establecimiento de comercio y puede
consistir en palabras, letras,
números, dibujos, imágenes, formas,
colores, logotipos, figuras, símbolos,
gráficos, monogramas, retratos,
etiquetas, emblemas, escudos, o
combinación de estos elementos.
- Diferencia entre el nombre comercial
y enseña comercial: El nombre
comercial es el que identifica al
empresario como tal en el desarrollo
de una actividad mercantil y la enseña
comercial es la que identifica al
establecimiento de comercio.
- NORMAS,LEYES,DECRETOS,ESTATUTOS
QUE RIGEN
- CLASIFICACIÓN DE NIZA: es
la clasificación Internacional
de Productos y Servicios
para el Registro de las
Marcas, fue instituida en la
Conferencia Diplomática de
Niza el 15 de junio de 1957,
es obligatorio tanto para el
registro nacional de marcas
como el internacional,
igualmente se aplica
también en varios países
que no son parte del Arreglo
como es el caso de
Colombia.
- LIBRE
COMPETENCIA:
la Constitución
Nacional en el
artículo 333
establece los
principios de
libertad de
empresa, libre
competencia y
libertad
económica
como derecho
de todos los
ciudadanos.
- Las competencia y prácticas
comerciales restrictivas
Está contenido
principalmente en la Ley
155 de 1959, el Decreto
2153 de 1992 y la Ley
1340 de 2009.
- COMPETENCIA DESLEAL: es
cualquier acto que vaya
contra las prácticas, usos y
costumbres honestas y
produzca engaño, error,
descrédito o desprestigio de
un competidor La Decisión
486 en este punto se aplicará
e interpretará de
conformidad con la Ley 256
de1996 que reglamenta
dicha materia en Colombia.
- LA COMUNIDAD ANDINA:
es un grupo de cuatro
países (Colombia, Bolivia,
Ecuador y Perú), cuya
capacidad legislativa es
expresada en la adopción
de decisiones,
especialmente vinculadas
con comercio e
inversiones; las ultimas
regulaciones sobre
propiedad industrial las
encontramos en la
Decisión 486, el cual
contiene dieciséis títulos y
280 artículos.