Zusammenfassung der Ressource
Sección 9: Estados Financieros Consolidados y
Separados
- Esta sección define las circunstancias en las que una entidad que
aplica esta Norma presenta estados financieros consolidados y los
procedimientos para la preparación de esos estados, de acuerdo con
esta Norma.
- Requerimientos para presentar estados financieros consolidados
- Excepto por lo permitido o requerido en los párrafos 9.3 y
9.3C, una entidad controladora presentará estados
financieros consolidados en los que consolide sus
inversiones en subsidiarias.
- Entidades de Cometido Específico
- Una entidad puede haber sido creada para
alcanzar un objetivo concreto (por ejemplo, para
llevar a cabo un arrendamiento, actividades de
investigación y desarrollo o la titulización de
activos financieros).
- Procedimientos de consolidación
- Los estados financieros consolidados presentan la
información financiera de un grupo como si se tratara de
una sola entidad económica. Al preparar los estados
financieros consolidados
- Transacciones y saldos intragrupo
- Las transacciones y los saldos intragrupo, incluyendo
ingresos, gastos y dividendos, se eliminarán en su
totalidad. Las ganancias y pérdidas procedentes de
transacciones intragrupo que estén reconocidas en
activos, tales como inventarios y propiedades, planta
y equipo, se eliminarán en su totalidad.
- Fecha de presentación uniforme
- Los estados financieros de la controladora y de sus
subsidiarias, utilizados para la elaboración de los estados
financieros consolidados, deberán estar referidos a la misma
fecha de presentación, a menos que sea impracticable.
- Políticas contables uniformes
- Los estados financieros consolidados se
prepararán utilizando políticas contables
uniformes para transacciones similares y para
otros sucesos y condiciones que se hayan
producido en circunstancias parecidas.
- Adquisición y disposición de subsidiarias
- Los ingresos y los gastos de una subsidiaria se incluirán en los estados
financieros consolidados desde la fecha de su adquisición hasta la fecha en la
que la controladora deje de controlar a la subsidiaria.
- Participaciones no controladoras en subsidiarias
- Una entidad presentará las participaciones no
controladoras en el estado de situación financiera
consolidado dentro del patrimonio, por separado del
patrimonio de los propietarios de la controladora, como
se requiere en el párrafo
- Información a revelar en los estados financieros consolidados
- una entidad controladora revelará el importe en libros de las inversiones
en subsidiarias que no se consolidan (véanse los párrafos 9.3A a 9.3C) en
la fecha de presentación, en total, en el estado de situación financiera o
en las notas.