Sección 18: Activos Intangibles Distintos de la Plusvalía

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Sección 18: Activos Intangibles Distintos de la Plusvalía
  1. Esta sección se aplicará a la contabilización de todos los activos intangibles distintos de la plusvalía
    1. Reconocimiento: Principio general para el reconocimiento de activos intangibles
      1. Una entidad aplicará los criterios de reconocimiento del párrafo 2.27 para determinar si reconocer o no un activo intangible.
        1. Adquisición como parte de una combinación de negocios
          1. Un activo intangible adquirido en una combinación de negocios se reconocerá a menos que su valor razonable no pueda medirse con fiabilidad sin esfuerzo o costo desproporcionado en la fecha de adquisición.
        2. Adquisición separada
          1. El costo de un activo intangible adquirido de forma separada comprende: (a) el precio de adquisición, incluyendo los aranceles de importación y los impuestos no recuperables, después de deducir los descuentos comerciales y las rebajas
          2. Adquisición como parte de una combinación de negocios
            1. Si un activo intangible se adquiere en una combinación de negocios, el costo de ese activo intangible es su valor razonable en la fecha de adquisición.
            2. Adquisición mediante una subvención del gobierno
              1. Si un activo intangible se adquirió mediante una subvención del gobierno, el costo de ese activo intangible es su valor razonable en la fecha en la que se recibe
              2. Permutas de activos
                1. Un activo intangible puede haber sido adquirido a cambio de uno o varios activos no monetarios, o de una combinación de activos monetarios y no monetarios.
                2. Otros activos intangibles generados internamente
                  1. Una entidad reconocerá el desembolso incurrido internamente en una partida intangible como un gasto
                  2. Los gastos de periodos anteriores no deben reconocerse como un activo
                    1. Los desembolsos sobre un activo intangible reconocidos inicialmente como gastos no se reconocerán en una fecha posterior como parte del costo de un activo.
                    2. Medición posterior al reconocimiento
                      1. Una entidad medirá los activos intangibles al costo menos cualquier amortización acumulada y cualquier pérdida por deterioro de valor acumulada.
                      2. Vida útil
                        1. A efectos de esta Norma, se considera que todos los activos intangibles tienen una vida útil finita.
                        2. Periodo y método de amortización
                          1. Una entidad distribuirá el importe depreciable de un activo intangible de forma sistemática a lo largo de su vida útil.
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