NIA 510 - Encargos iniciales de auditoría - Saldos de apertura

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Esquema de la NIA 510
CARLOS VIVIANO GARCÍA PÉREZ
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CARLOS VIVIANO GARCÍA PÉREZ
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NIA 510 - Encargos iniciales de auditoría - Saldos de apertura
  1. Alcance
    1. Trata de la responsabilidad que tiene el auditor en relación con los saldos de apertura en un encargo inicial de auditoría
      1. Los saldos de apertura incluyen cuestiones cuya existencia al inicio del periodo debe ser revelada, tales como contingencias y compromisos
    2. Objetivos
      1. Obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si:
        1. (a) Los saldos de apertura contienen incorrecciones que puedan afectar materialmente los EEFF
          1. (b) Se han aplicado las políticas contables adecuadas en los saldos de apertura o si se han revelado de acuerdo al marco aplicable
      2. Definiciones
        1. (a) Encargo de auditoría inicial: Un encargo en que los EEFF del período no fueron auditados o fueron auditados por un auditor predecesor
          1. (b) Saldos de apertura: Saldos contables al inicio del período, incluyendo cuestiones que requieren reveación como contingencias y compromisos
            1. Auditor predecesor: Auditor de otra firma de auditoría que auditó los EEFF el período anterior
        2. Requerimientos
          1. Procedimientos de auditoría
            1. Saldos de apertura
              1. El auditor deberá leer los EEFF y el informe de auditoría anterior en busca de información relevante y para obtener evidencia de si los saldos de apertura contienen incorrecciones mediante la revisión de los saldos de cierre, su reexpresión (si aplica), revisión de papeles de trabajo y la evaluación de los procedimientos de auditoría
                1. Congruencia de las políticas Contables
                  1. El auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si, en los estados financieros del periodo actual, se han aplicado de manera congruente las políticas contables reflejadas en los saldos de apertura, y sobre si los cambios efectuados en ellas se han registrado, presentado y revelado adecuadamente de conformidad con el marco de información financiera aplicable
                    1. Información relevante en el informe de auditoría del auditor predecesor
                      1. Si los estados financieros del periodo anterior fueron auditados por un auditor predecesor y éste expresó una opinión modificada, el auditor evaluará el efecto que la cuestión que originó la modificación tiene en la valoración de los riesgos de incorrección material en los EEFF del período actual
            2. Conclusiones e informe de auditoría
              1. Saldos de apertura
                1. Si el auditor no puede obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto a los saldos de apertura, expresará una opinión con salvedades o denegará la opinión
                  1. Si el auditor concluye que los saldos de apertura contienen una incorrección que afecta de forma material a los estados financieros del periodo actual, y si el efecto de la incorrección no se registra, se presenta o se revela adecuadamente, el auditor expresará una opinión con salvedades o una opinión desfavorable
                    1. Congruencia de las políticas contables
                      1. Si el auditor concluye que: (a) las políticas no se aplican congruentemente o un cambio en las políticas no se revela adecuadamente, el auditor expresará una opinión con salvedades o una opinión desfavorable
                        1. Opinión modificada en el informe emitido por el auditor predecesor
                          1. Si el informe de auditoría del auditor predecesor contenía una opinión modificada que continúa siendo relevante y material, el auditor expresará una opinión modificada en el informe de auditoría
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