Zusammenfassung der Ressource
Concepción Formal, Material yPragmática de la
ArgumentaciónJurídica.
- Concepción Formal
- Se ocupa del análisis estructural
de los argumentos
- Entender como análisis formal de los
argumentos
- La inferencia no es el único objeto de la
lógica
- La valides de la inferencia no implica obligación a
aceptar la conclusión
- La lógica formal no expresa riqueza del
lenguaje natural
- La lógica estándar es útil para expresar
argumentos utilizando técnicas de simbolización
- Entender que la limitación de la lógica no
tiene como fin desecharle
- Ubicarla en el lugar que le corresponde.
- Limitación del análisis lógico es que solo se ocupa
de los esquemas de estos.
- Pero no de los argumentos en si
- Limitante vinculada con los esquemas de la lógica.
- específicamente lógica deductiva
- No da cuenta de la riqueza de razonamientos jurídicos
- Atienza, precisa, recurrir a la lógica deóntica, monótonas, paraconsistentes
- Usar esquemas inductivos o abductivo
- Todo esto no como alternativa sino como complemento
- Concepción Pragmática
- No puede calificarse no de formal ni de material
- La argumentación es una actividad social
- Siempre se argumenta dentro de una
contexto de interacción
- Ya que se intenta persuadir sobre algo o
de como defender o atacar una tesis.
- se prende que otros acepten dichas proposiciones
- Esta concepción es importante para cada uno de
los participantes de la argumentación
- Lo decisivo es que alguien resulte persuadido
- Produzca determinados efectos pragmáticos
- Wittgenstin, Habermas han tenido influencia en l
teorización del Derecho.
- Señalan al lenguaje como actividad practica y
no como un código
- No supone asumir un punto de vista reduccionista
sobre el lenguaje
- Las oraciones bien formadas son un paso previo al de fijar las
condiciones de adecuación y de éxito de las mismas
- El interés por la pragmática es los que hace surgir la
teoría contemporánea de la argumentación jurídica
- Concepción Material
- Argumentación material y formal
están vinculadas
- Para un análisis material tiene que cumplir
reglas mínimas que exige la lógica
- Sino estaríamos en presencia de un
razonamiento invalido
- Atienza dice: que el análisis formal de los argumentos es el
suficiente para justificar un razonamiento práctico
- Y menos aun una decisión judicial
- La concepción material de la argumentación no hace
completa abstracción
- No se debe confundir con análisis de
argumentos concretos
- es el estudio de clases de argumentos y llevado a
cabo de manera sistemática
- La concepción material es lo esencial de la
teoría de premisas
- Es una técnica para hallar las premisas
- Puede considerarse como
probablemente verdadero
- Es generadora de premisas de
argumentos plausibles
- Un caso análogo sería el razonamiento
científico, leyes e hipótesis
- El grado de generalidad de los tópicos es
muy variable
- Ej. ¨El todo es mayor que sus partes¨, ¨La
sentencia solo obliga a las partes¨
- Lo característico de los tópicos es la función que
cumplen en una argumentación
- Contribuyen a que el argumento construido a
partir de ellas tenga forma y sentido
- El análisis material de los argumentos no puede ser
abstracto como el formal
- Este enfoque da lugar a distintas teorías de la
ciencia de lo moral
- Partiendo del hecho de que el razonamiento jurídico
tiene en última estancia un carácter práctico
- Atienza: se pregunta ¿Cómo elaborar una teoría de las premisas a
propósito del razonamiento jurídico?
- Propone buscar alguna especificación en el tipo de institución
en el que consista el Derecho
- El Derecho es un conjunto de normas en que los
enunciados no todos son estrictamente normativos
- Existen normas válidas e inválidas
- El Derecho no es solo un sistema de normas, sino
también una práctica
- Se usa muchas premisas como es valores y principios
- No basta con identificar las premisas que
componen los argumentos jurídicos
- Hay que ver su relevancia y peso, es decir, por qué se
toman en cuenta unas razones y otras no