Zusammenfassung der Ressource
El proceso normativo y el
papel que juega en la
rendición de cuentas para
su aplicación.
- Ley Federal del Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
- Reforma DOF : 14/06/2014
- Reforma DOF : 04/05/2015
- Ley General de Transparencia y Acceso a
la Información Pública
- Reforma DOF
27/01/2017
- DOF :
06/05/2016
- Ley Federal de Transparencia y Acceso ala
Información pública
- Artículo I
- Garantiza el accesos a la
información pública a la
población
- Sujetos obligados
- "Autoridad, entidad, órganos, organismos de los poderes
Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos
políticos, fideicomisos, fondos, personas fiscas y morales o
sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos federales"
- Artículo
III
- Es información
pública
- "Toda la información generada, obtenida, adquirida,
transformada o en posesión de los sujetos obligados en el
ámbito federal, a que se refiere la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública y esta Ley,
es pública, accesible a cualquier persona"
- Cualidades de la información
pública
- "sólo podrá ser clasificada excepcionalmente como reservada
de forma temporal por razones de interés público y seguridad
nacional o bien, como confidencial. Los particulares tendrán
acceso a la misma en los términos que estas leyes señalan."
- Articulo II
- Objetivos
- Fracción II
- "Transparentar la gestión pública mediante la
difusión de la información oportuna,
verificable, inteligible, relevante e integra"
- Fracción
III
- "Favorecer la rendición de cuentas a los
ciudadanos, de manera que puedan valorar el
desempeño de los sujetos obligados"
- Presentación de la cuenta pública
- Ley General de Contabilidad
Gubernamental
- Capitulo V
- Párrafo I
- "Los entes públicos deberán publicar
en sus páginas de Internet a más tardar
el último día hábil de abril su programa
anual de evaluaciones, así como las
metodologías e indicadores de
desempeño."
- Párrafo II
- "Los entes públicos deberán publicar a
más tardar a los 30 días posteriores a la
conclusión de las evaluaciones, los
resultados de las mismas e informar
sobre las personas que realizaron
dichas evaluaciones.
- Párrafo III
- "La Secretaría de Hacienda y el Consejo Nacional de Evaluación
de la Política de Desarrollo Social, en el ámbito de su
competencia y de conformidad con el artículo 110 de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, enviarán
al Consejo los criterios de evaluación de los recursos federales
ministrados a las entidades federativas, los municipios y los
órganos político-administrativos de las demarcaciones
territoriales de la Ciudad de México, así como los lineamientos
de evaluación que permitan homologar y estandarizar tanto las
evaluaciones como los indicadores para que dicho Consejo, en
el ámbito de sus atribuciones, proceda a determinar los
formatos para la difusión de los resultados de las evaluaciones,
conforme a lo establecido en el artículo 56 de esta Ley
- De la Información
Financiera Relativa a la
Evaluación y Rendición de
Cuentas
- Fracción IV
- "Consolidar la apertura de las instituciones del
Estado mexicano, mediante iniciativas de
gobierno abierto, que mejoren la gestión
pública a través de la difusión de la
información en formatos abiertos y accesibles,
así como la participación efectiva de la
sociedad en la atención de los mismos
- Fracción VII
- Propiciar la participación ciudadana en la toma
de decisiones públicas, a fin de contribuir a la
consolidación de la democracia
- Fracción
VIII
- Promover y fomentar una cultura de
transparencia y acceso a la información
pública
- "Se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso
a la Información Pública Gubernamental y se
expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso ala
Información Pública."
- Reglamentaria del articulo 6
Constitucional
- Transparencia y acceso a la
información
- Establece el derechos a opinar acerca de la
gestión gubernamental, el derecho al acceso
a la información pública y el acceso a las
tecnologías de la información
- Fracción
A
- Inciso I
- De las atribuciones de los servidores
públicos en materia de información
pública y de la clasificación temporal de
la información
- Inciso II
- De la protección de datos personales
- Inciso III
- Derecho al acceso a la información sin
discriminación alguna
- Fracción IV
- De los mecanismos y procedimientos
de revisión de la información
- Fracción V
- Requisitos y procedimientos para la
publicación de la información en los
medios de comunicación oficiales
- Fración VI
- Mecanismos para hacer pública la
información
- Fracción
VII
- Sanciones por la inobservancia a las
disposiciones al acceso ala información
- Fracción
VIII
- Del Órgano Autónomo en materia de
accesos a la información pública y
protección de datos
- Fracción B
- Inciso I
- De las garantías a la población de la
integración a la sociedad de la
información y de la estrategia digital
para el acceso a la información
- Inciso II
- De los servicios de telecomiunicaciones
para el accesos a la información
- Incisos III
- De la radiodifusión de la información
pública como un derecho general
- Inciso IV
- De la responsabilidad de los concesionarios
de la divulgación de la información pública
en medios de información públicos
masivos
- Inciso V
- Del organismo público descentralizado con
autonomía técnica, operativa de decisión y
de gestión para promover el servicio de
radiodifusión de la información pública sin
fines de lucro
- Inciso VI
- "La ley establecerá los derechos de los
usuarios de telecomunicaciones, de las
audiencias, así como los mecanismos para su
protección."
- Artículo 2
- Fracción
VII
- Promover, fomentar y difundir la cultura de la transparencia en el
ejercicio de la función pública, el acceso a la información, la
participación ciudadana, así como la rendición de cuentas, a
través del establecimiento de políticas públicas y mecanismos
que garanticen la publicidad de información oportuna,
verificable, comprensible, actualizada y completa, que se difunda
en los formatos más adecuados y accesibles para todo el público
y atendiendo en todo momento las condiciones sociales,
económicas y culturales de cada región
- DOF :
11/06/2002
- Constituye el primer marco-jurídico legal y
regulatorio para el acceso a la información
gubernamental
- Abrogada
- Artículo 1.
- Establece las bases para garantizar el acceso a la
información pública a toda persona interesada en
conococer el desempeño del gobierno.
- Vicente Fox
Quezada
- Artículo 4.
- Ovjetivos
- Fracción IV
- "Favorecer la rendición de cuentas a los
ciudadanos, de manera que puedan
valorar el desempeño de los sujetos
obligados"
- Artículo 2
- Toda la información gubernamental a que se refiere
esta Ley es pública y los particulares tendrán acceso
a la misma en los términos que ésta señala.
- Plan Nacional de Desarrollo 2007 - 2012
- Eje I
- Estado de Derecho y seguridad
- Objetivo 9
- Estrategia 9.2
- Transparentar los procesos
de operación de los servicios
públicos que reciben los
ciudadanos.
- Estrategia 9.6
- Coordinar y establecer
mecanismos para la
transparencia y la
ren¬dición de cuentas de
los gobiernos estatales y
municipales en el ejercicio
de los recursos federales.
- Eje 5
- Transparencia y rendición de cuentas
- Objetivo 5
- Estrategia 5.1
- Coordinar y establecer me¬canismos para
la transparencia y rendición de cuentas de
los gobiernos estatales y municipa¬les en
el ejercicio de los recursos federales.
- Crear los mecanismos y propiciar las
reformas le¬gales necesarias, para que tanto
las administraciones estatales como las
municipales estén obligadas a explicar
puntualmente cómo invierten los re¬cursos
que reciben de la federación y cuál es su
impacto en términos económicos y sociales.
- Estrategia 5.2
- Fortalecer a los organismos encargados de
facilitar el acceso a la informa¬ción pública
gubernamental y de proteger los datos
personales.
- Estrategia 5.3
- Desarrollar el marco normati¬vo que garantice
que la información referente a la vida privada y a
los datos personales estará protegida.
- Estrategia 5.4
- Desarrollar las disposicio¬nes legales y los
procedimientos que regulen la adecuada
organización y conservación de los archivos
gubernamentales.
- Estrategia 5.5
- Promover los mecanismos para que
la información pública
gubernamental sea clara, veraz,
oportuna y confiable.
- Estrategia 5.6
- Promover entre la población los beneficios de utilizar el
derecho de acceso a la información pública gubernamental,
con especial énfasis en los programas educativos
escolares y en la capacitación a los servidores públicos.
- Estrategia 5.7
- Promover la transparencia y la rendición de
cuentas de los partidos po¬líticos, agrupaciones
políticas nacionales y asociaciones de
trabajadores.
- Estrategia 5.8
- Fomentar una cultura cívica de transparencia y
rendición de cuentas. Es imperativo que la
transparencia y la exigencia de la rendición de
cuentas se vuelvan parte fundamental de la cultura
cívico-política, es decir, que forme parte esencial
de las actitudes y comportamientos permanentes
de empresarios, sociedad civil, partidos políticos,
organizaciones sindicales, servidores públicos y
ciudadanos en general.
- Estrategia 5.9
- Realizar campañas de difusión que aporten información útil
a la ciudadanía sobre los programas y proyectos de
gobierno. Apoyándose en los tiempos oficiales y haciendo
uso de las nuevas plataformas y tecnologías de la
información y comunicaciones, el Gobierno Federal pondrá
en marcha campañas de difusión en medios electrónicos
para que los ciudadanos tengan mayor conocimiento de los
programas, acciones y trámites que les interesan. La
información gubernamental debe contribuir a crear
conciencia sobre lo mucho que puede hacer la población
para coadyuvar en la solución de los problemas,
promoviendo a la vez una cultura de participación
responsable y de apego a la legalidad.