Zusammenfassung der Ressource
LEY GENERAL DEL TURISMO
- TITULO SEGUNDO: "DE LA
CONCURRENCIA Y COORDINACIÓN DE
AUTORIDADES"
- CAPITULO I
"DE LA
FEDERACIÓN"
- Las atribuciones del
poder ejecutivo federal que
se ejerceran a traves de
diferentes medios
- CAPITULO II "DE LAS
DEPENDENCIAS
CONCURRENTES EN
MATERIA TURISTICA"
- La coordinacion con otras
dependencias o entidades de la
administracion publica federal
- Obligaciones de la
Secretaria de
Turismo
- CAPITULO III "DE LOS
ESTADOS Y EL DISTRITO
FEDERAL"
- Atribuciones de los
Estados y el Distrito
Federal en materia
turistica
- CAPITULO IV
"DE LOS
MUNICIPIOS"
- Atribuciones de los
municipios en materia
turistica
- CAPITULO V "DE LA
COMISIÓN EJECUTIVA
DE TURISMO"
- La descripcion en general de la
Comision Ejecutiva de turismo,
asi como su razon de ser
- CAPITULO VI "DE
LOS CONSEJOS
CONSULTIVOS"
- El Consejo Consultivo de
Turismo en un organismo de
consulta de la secretaria
- Los Estados y el Distrito
Federal conformaran sus
propios consejos consultivos
- TITULO
PRIMERO
- CAPITULO ÚNICO "DE
LAS DISPOSICIONES
GENERALES"
- De orden publico e
interés social en
observancia de toda
materia turistica
- Coordinación entre
instancias federales,
estatales y municipales
- Todos los actores que se
encuentran inmersos dentro
de la actividad turistica
(conceptos)
- TITULO TERCERO "DE LA POLÍTICA Y
PLANEACIÓN DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA"
- CAPITULO I "DEL ATLAS
TURÍSTICO DE MÉXICO"
- El Atlas Turístico de México es una
herramienta para la promoción de
la actividad turística, teniendo
carácter público
- CAPITULO II "DE LA INCORPORACIÓN
DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA A LAS
CADENAS PRODUCTIVAS"
- Todos los actores
fomentaran y coordinaran el
desarrollo en general en
materia turistica
- Las dependencias
gubernamentales
fomentaran los servicios
con los prestadores de
servicios turisticos
- CAPITULO III
"DEL TURISMO
SOCIAL"
- La Secretaría impulsará y
promoverá el turismo social
- Las instituciones, dependencias y
entidades del sector público del Ejecutivo
Federal, de los Estados Municipios y del
Distrito Federal, promoverán entre sus
trabajadores el turismo social
- CAPITULO IV
"DEL TURISMO
ACCESIBLE"
- Los prestadores de servicios
turísticos deberán proveer lo
necesario para que las
personas con discapacidad
cuenten con accesibilidad a
los servicios en condiciones
adecuadas
- CAPITULO V "DE LA
CULTURA TURÍSTICA"
- Programas que difundan la
importancia de respetar y conservar
los atractivos turísticos, así como
mostrar un espíritu de servicio y
hospitalidad hacia el turista nacional
y extranjero
- CAPITULO VI "DEL
PROGRAMA SECTORIAL DE
TURISMO"
- La Secretaría elaborará el
Programa Sectorial, que se
sujetará a los objetivos y metas
establecidas para el sector en el
Plan Nacional de Desarrollo
- CAPITULO VII "DEL
ORDENAMIENTO TURÍSTICO
DEL TERRITORIO"
- El Programa de Ordenamiento
Turístico General del Territorio,
será formulado por la Secretaría,
con la intervención de las
dependencias federales y de las
autoridades locales y municipales
en el ámbito de sus atribuciones
- Regionalización turística del
territorio nacional, a partir del
diagnóstico de las características,
disponibilidad y demanda de los
recursos turísticos
- CAPITULO VIII "DE LAS
ZONAS DE DESARROLLO
TURÍSTICO SUSTENTABLE"
- Las Zonas de
Desarrollo Turístico
Sustentable podrán ser
declaradas como tales
por su desarrollo actual
o potencial
- El Decreto con la
declaratoria de
Zona de
Desarrollo
Turístico
Sustentable que
emita el Ejecutivo
Federal será
publicado en el
Diario Oficial de la
Federación.
- TITULO QUINTO "DE LOS
ASPECTOS NORMATIVOS"
- CAPITULO I "DEL
REGISTRO NACIONAL
DEL TURISMO"
- El Registro Nacional
de Turismo, es el
catálogo público de
prestadores de
servicios turísticos en
el país, el cual
constituye el
mecanismo por el que
el Ejecutivo Federal,
los Estados,
Municipios y el
Distrito Federal
- La inscripción al Registro
Nacional de Turismo será
obligatoria para los
prestadores de servicios
turísticos, quienes deberán
proveer a las autoridades
competentes la
información que
determine la Secretaría, a
través del Reglamento
correspondiente
- CAPITULO II "DE LOS
PRESTADORES DE SERVICIOS
TURÍSTICOS Y DE LOS TURISTAS"
- Las relaciones entre los
prestadores de
servicios turísticos y el
turista se regirán por lo
que las partes
convengan
- Corresponde a la
Secretaría expedir las
Normas Oficiales
Mexicanas relacionadas
con la prestación de los
servicios turísticos
- CAPITULO IV "DE LOS
DERECHOS Y OBLIGACIONES
DE LOS TURISTAS"
- Contiene los
Derechos y
Obligaciones
que tienen los
turistas
- CAPITULO III "DE LOS DERECHOS Y
OBLIGACIONES DE LOS PRESTADORES DE
SERVICIOS TURÍSTICOS"
- Contiene los
Derechos y
Obligaciones que
tienen los
prestadores de
servicios turisticos
- CAPITULO V "DE LA COMPETITIVIDAD Y
PROFESIONALIZACIÓN EN LA
ACTIVIDAD TURÍSTICA"
- Corresponde a
la Secretaría
promover la
competitividad
de la actividad
turística, y en
coordinación con
las dependencias
y entidades
competentes de
la
Administración
Pública Federal
- En los citados
programas se deberá
considerar la
profesionalización
respecto a la atención
de las personas con
discapacidad
- CAPITULO VI
"DE LA
VERIFICACIÓN"
- Corresponde a la Secretaría verificar el
cumplimiento de esta Ley, su reglamento y
las Normas Oficiales Mexicanas en materia
de Turismo. La Secretaría por sí o a través de
los gobiernos LEY GENERAL DE TURISMO
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H.
CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría
General Secretaría de Servicios
Parlamentarios Centro de Documentación,
Información y Análisis Nueva Ley DOF
17-06-2009 22 de 24 locales y municipales,
en términos de los acuerdos de coordinación
que se establezcan, ejecutará las órdenes de
verificación a que haya luga
- CAPITULO VII "DE LAS
SANCIONES Y DEL
RECURSO DE REVISIÓN"
- Las infracciones a lo
dispuesto en esta Ley, su
Reglamento y las Normas
Oficiales Mexicanas, así como
las derivadas de las quejas de
los turistas, serán sancionadas
por la Secretaría
- TITULO CUARTO "DE LA
PROMOCIÓN Y FOMENTO AL
TURISMO"
- CAPITULO I "DE LA
PROMOCIÓN DE LA
ACTIVIDAD TURÍSTICA"
- Desarrollo de las campañas de
promoción turística en territorio
nacional y el extranjero
- El Consejo de Promoción se
integrará por representantes de
los sectores público y privado
- CAPITULO II "DEL
FOMENTO A LA
ACTIVIDAD TURÍSTICA"
- El Fondo, contribuirá a
la planeación,
programación, fomento y
desarrollo de la actividad
turística y de los
recursos turísticos, así
como a la promoción del
financiamiento de las
inversiones privadas y
sociales.
- GONZALEZ OLIVARES GABRIELA DEJANIRA 2013420247