Zusammenfassung der Ressource
La Interpretación de la Ley
- Es la operación que consiste en establecer algún
sentido de las normas jurídicas que forman el
derecho legislado
- Principio de aplicación mas
favorable a los derechos
- Si hay varías normas o interpretaciones
aplicables a un caso concretose debe elegir
al que más porteja los derechos del a
persona
- Optimización de los
principios constitucionales
- La creación, interpretación y
aplicación del derecho deberá
orientarse hacia el cumplimiento
y optimización de los principios
constitucionales
- Obligatoriedad del precedentes constitucional
- Los parámetros interpretativos de la Constitución
fijados por la Corte Constitucional en los casos
sometidos a su conocimiento tiene fuerzas
vinculantes.
- Obligatoriedad de administrar justicia
- No se puede suspender ni denegar la administración de
jsuticia por contradicciones entre normas, oscuridad o
falta de norma jurídica
- Elementos de interpretación de la ley
- Elemento Gramatical
- El elemento lógico
- El elemento histórico
- El elemento sistemático
- El elemento teleológico
- Elementos sociológicos
- Elementos de Legislación comparada
- Clasificación de la interpretación de la ley
- Por el agente
- La interpretación pública
- La interpretación privada
- Por el resultado
- Interpretación estricta
- Interpretación extensiva
- Interpretación restrictiva
- Interpretación progresiva
- Art, 3 del Código Civil
- Métodos y Reglas de interpretación de la LOGJCC
- Reglas de solución de antinomias
- existan contradicciones entre normas juridicas
- Principio de proporcionalidad
- Cuando existe contradicciones entre principios y normas
- Interpretación evolutiva o dinámica
- Las normas se entenderán a parir de las cambios de situaciones que ellas regulan
- Interpretación sistemática
- Interpretación de las normas Jurídicas a partir de un contexto general.
- Interpretación literal
- Cuando el sentido de la norma es claro.
- Otros métodos de interpretación
- La interpretación de las leyes jurídicas, cuando sea necesario,
- Art.18
- Los jueces no pueden suspender ni denegar la
administración de justicia por oscuridad o falta de
ley
- Art.19
- Cuando haya una falta u oscuridad de ley, los jueces, sin
prejuicio de juzgar, consultarán a la Legislatura por medio
de la Corte Suprema.
- Ponderación
- Establece una relación de preferencia entre los principios y normas