Zusammenfassung der Ressource
Regulación del transporte de productos
perecederos y mercancías peligrosas en
Colombia.
- Mercancias
Peligrosas
- El transporte de mercancías peligrosas está reglamentado a fin de
evitar, en todo lo posible, que esas mercancías ocasionen accidentes
que produzcan víctimas o daños en el medio ambiente, en los medios
de transporte utilizados o en otros bienes.
- Requisitos técnicos y de seguridad para
el manejo y transporte de mercancías
peligrosas.
- La Norma Técnica Colombiana NTC 1692
“Transporte de mercancías peligrosas.
Clasificación, etiquetado y rotulado.
- Requisitos
vehículos
- Además de las disposiciones contempladas en las
normas vigentes para el transporte terrestre
automotor de carga por carretera.
- El propietario o tenedor de vehículo que se destine
al transporte de mercancías peligrosas está
obligado a:
- Mantener el vehículo y la unidad de transporte en
óptimas condiciones de operación tanto físicas,
mecánicas y eléctricas.
- Garantizar que el vehículo se encuentre dotado
de los equipos y elementos de protección para
atención de emergencias.
- Garantizar que las unida desde
transporte y el vehículo estén
identificados.
- Dotar al vehículo de un sistema de comunicación.
- Garantizar que el conductor del vehículo realice
el curso básico obligatorio de capacitación para
conductores que transporten mercancías
peligrosas.
- Requisitos
Conductores
- Realizar, obtener y portar el certificado del curso
básico obligatorio de capacitación para conductores
que transporten mercancías peligrosas.
- No movilizar simultáneamente con las mercancías
peligrosas: personas, animales, medicamentos o
alimentos destinados al consumo humano o animal.
- El conductor no participará de las operaciones de carga,
descarga y transbordo de las mercancías peligrosas, salvo
que esté debidamente capacitado.
- Documentacion
- Debe cumplir con los siguientes
requisito
- Diligenciar solicitud en formato
diseñado por el Ministerio de
Transporte.
- Fotocopia de la Tarjeta de
Registro Nacional de
Transporte de Carga.
- Fotocopia de la Licencia de
Tránsito.
- Fotocopia de la póliza de Seguro
Obligatorio de Accidentes de Transito.
- Recibo de pago de los derechos que se
causen por concepto de la expedición o
renovación de este registro.
- Constancia de la revisión
técnico-mecánica vigente.
- Peso y
Dimensiones
- Ningún vehículo automotor que transporte mercancías
peligrosas podrá transitar por las vías públicas con carga que
sobresalga por su extremo delantero.
- La carga en el vehículo deberá estar debidamente
acomodada, estibada, apilada, sujeta.
- Que no se arrastre en la vía, no caiga sobre esta, no
interfiera la visibilidad del conductor.
- Productos Perecederos
- El transporte de alimentos perecederos está sometido a requisitos de
higiene que pretenden preservar la inocuidad y características del
producto alimentario para el consumidor final.
- Requisitos
vehículos
- Para que el vehículo sea parte del transporte de
alimentos, en el territorio colombiano, el mismo debe
cumplir con una serie de requisitos esenciales, de
acuerdo al Código de Comercio.
- Se debe hacer cumplimiento de los requisitos consagrados en la
resolución 2505 de 2004, la cual regula los aspectos técnicos y
físicos, necesarios para llevar a cabo una correcta distribución de
productos.
- Las partes internas del transporte, deben ser herméticas, y
los dispositivos de cierre y ventilación deben estar
fabricados con material resistente a la corrosión. También
es necesario que las superficies permitan una adecuada
circulación de aire.
- El vehículo debe estar en buenas condiciones
y permanecer limpio.
- Manual básico para el transporte de alimentos
- Requisitos a
conductores
- El personal manipulador de alimentos debe recibir
capacitación continua y permanente acorde con la
actividad que realiza y desde el momento de su
contratación, con una duración de por lo menos 10 horas
anuales
- Higiene personal: Los manipuladores de
alimentos deben cumplir con las prácticas
higiénicas necesarias.
- Dotación: Se debe suministrar la dotación y
vestimenta de trabajo al personal manipulador
acorde con la actividad.
- prohibiciones
- No transportar conjuntamente sustancias peligrosas
que representen un riesgo de contaminación del
alimento o materia prima.
- Que el artículo 131 Literal B de la Ley 769 de 2002 estipula que el
conductor de un vehículo automotor que transporte alimentos
perecederos, en vehiculos que no cumplan las condiciones fijadas por
el Ministerio de Transporte.
- Será sancionado con una multa equivalente a ocho
(8) salarios mínimos legales diarios vigentes,
además, se le suspenderá la licencia de conducción
por el término de tres (3) meses.
- Inspecciones
- La verificación del cumplimiento de las disposiciones establecidas en esta
Resolución, serán realizadas por las Autoridades de Transporte y Tránsito los
cuales podrán contar con el apoyo de las Autoridades Sanitarias cuando lo
consideren necesario.
- Pesos y
Dimensiones
- Vehículo
isotermo
- Vehículo cuya caja está construida con paredes
aislantes, incluidos las puertas, el suelo y el
techo, que limita el intercambio de calor entre
el interior y el exterior.
- Vehículo
refrigerado
- Vehículo isotermo que, gracias a una fuente de frío, permite
reducir la temperatura del interior de la caja vacía, y de
mantenerla después para una temperatura exterior media de
30°C a -20°C como máximo, según la clase de vehículos
refrigerados que se establecen.
- Vehículo
frigorífico
- Vehículo isotermo que incorpora un dispositivo de
producción de frío, y permite, con una temperatura
media exterior de 30°C, reducir la temperatura del
interior de la caja vacía y de mantenerla de forma
permanente entre 12 ºC y -20 ºC.
- Vehículo
calorífico
- Vehículo isotermo provisto de un dispositivo de producción de calor que
permite elevar la temperatura en el interior de la caja vacía y
mantenerla después durante doce horas, por lo menos, sin repostado a
un valor prácticamente constante y no inferior a 12°C.
- Nelson Rojas Rojas Grupo: 212062_4