Zusammenfassung der Ressource
CONTRATO DE FACTORING
- CONCEPTO
- Como aquel contrato por el cual una empresa conviene que una entidad financiera le adquiera todos los
créditos provenientes de la explotación normal de su giro operativo hasta una suma determinada y por un
tiempo expresamente convenido, asumiendo los riesgos de su cobro y resevándose el derecho de seleccionar
dichos créditos, obligándose asimism a prestarle la asistencia técnica necesaria para un mejor desarrollo del
contrato. ( BONEO VILLEGAS, BARREIRA DELFINO)
- Es la categoría de aquellos contratos que nacen de los usos y costumbres que
las necesidades del comercio van creando y que, por el paso del tiempo,
terminan transformándose en figuras contractuales.
- REQUISITOS
TIPIFICANTES
- La adquisición en firme y con carácter irreversible de los créditos
derivados del giro industrial, comercial o de servicio de la empresa ciente.
- La asunción de los riesgos de insolvencia de
todos y cada uno de los deudores transmitidos.
- La fijación del precio de la financiación en función de las tasas de interés vigentes en
el mercado financiero y del plazo previsto para el pago de las facturas transferidas.
- La prestación de asistencia técnica y administrativa del factoreado. Este elemento
tiene el carácter de esencial, ya que el factoring so sólo persigue el financiamiento.
- PARTES
- Factor: la compañía factoring es una
empresa financiera, legalmente autorizada.
- Factoreado: es la persona que
celebra el contrato de factoring con
la entidad de faturación
- Las sociedades comerciales cuyo objeto
ontempre la realizacion de operaciones de
compra de cartera o factoring, se
encuentran sometidas a inspección y
vigilancia de la superintendencia.
- NATURALEZA
JURÍDICA
- Cesión de créditos
- CARACTERÍSTICAS
- Bilateral
- Oneroso
- Consensual
- Innominado
- Conmutativo
- De tracto sucesivo
- Celebración
- CLASIFIACIÓN
- SEGÚN ARRUBLA
- su contenido
- Factoring con financiación: el cliente obtiene el factor
el pago de inmediato de los créditos cedidos de forma
oportuna, incluso aunque esté pendiente el plazo para
poder hacer efectivas las facturas .
- Factoring sin financiación: el interés de la operación no es la
financiación del factor sino los servicios de asistencia técnica,
contable y administrativa.
- su ejecución
- Conocimiento del factor por los
deudores: el cliente hace mención en
las facturas sobre quien es el factor y
la facultad que tiene para cobrar y
recibir el valor de sus créditos
- Desconocimiento del factor por los
deudores: el factorado mantiene la
reserva sobre la persona del factor
frente a terceros
- New style factoring
- Es más práctico en EE. UU.
- Undiclosed factoring
- el factor adquiere mercancías de su cliente, al cual nombra su agente de ventas.
- Drop shipment
- El factor se compromete a garantizar a su cliente la
financiación de su actividad.
- SEGÚN MARZORATI
- Financiero
- De adhesión
- De sevicio
- SEGÚN SANABRIA
- factoring con financiación
- Contrato de financiamiento asociado generalmente con un contrato de
descuento bancario, el factor al serle transferido el crédito del factorado.
- Factoring sin financiamiento
- El factor paga al factorado los créditos en la medida que éstos vayan llegando a su fecha de
vencimiento y hayan sido pagados efectivamente por el cliente de la compañía factorada.
- Factoring doméstico
- La compañía factorada y los compradores de sus productos se encuentran en el mismo país
- Factoring internacional
- exportación
- importación
- Factoring con recurso
- El riesgo de la insolvencia del deudor está en
cabeza del factorado, aquí de la compañía que
solicita los servicios del factoring.
- Factoring sin recurso
- El riesgo del no pago está en cabeza del factor, con lo que la
compañía de factoring estará obligada a pagar al empresario el
crédito cedido, en caso tal de que el cliente del empresario no page
- factoring con notificación
- Los deudores de la compañía deben ser
notificados de la cesión de los créditos a
favor del factor, por lo que el pago sólo
será efectivo en la medida en que este se
haga a la compañía de factoring
- Factoring sin notificación
- No se exige la notificación pudiendo el
deudor liberarse con el pago del crédito
al empresario, quien a su vez está
obligado en transferir dicho pago a la
compañía de factoring.
- EXTINCIÓN DEL CONTRATO
- Termina con la finalización del plazo convenido por
las partes. Durante el plazo también podra
extinguirse el contrato
- BIBLIOGRAFÍA: Arturo Sanabria Gomez. Contrato de fatoring. paginas 455-470.
Osvaldo Marzorati"Derecho de los negocios internacionales ". paginas 432- 439.
ARRUBLA PAUCAR, Jaime Alberto. (2015) Contratos mercantiles atípicos Tomo II. Ed.
8. universidad Javeriana y editorial legis. Paginas 207- 232.