Zusammenfassung der Ressource
Bella S.A
01/1/14
- ELABORACIÓN DE LA MINUTA - Bella S.A
- Presentación de los documentos
personales: DNI: 45487054 - Descripción de
la actividad económica: Comercialización
de bienes - Capital de la empresa: Bienes
Dinerarios y Bienes no Dinerarios.
- Estatuto: Régimen del directorio, la
gerencia, la junta general, los deberes y
derechos de los socios o accionistas, entre
otros, según corresponda
- ELABORACIÓN DE LA
ESCRITURA PÚBLICA
- Otorgada la escritura
pública, se puede
realizar la inscripción
de la empresa en
Registros Públicos.
- INSCRIPCIÓN EN
EL REGISTRO DE
PERSONAS
JURÍDICAS
- Registro de sociedades
- Copia del documento de
identidad del
representante, con la
constancia de haber
sufragado en las últimas
elecciones o haber
solicitado la dispensa
respectiva.
- Escritura
pública que
contenga el
Pacto Social y el
Estatuto
- Comprobante de
depósito por el
pago de derechos
registrales (tasas)
- - Otros
documentos:
•Según
calificación
registral y
disposiciones
vigentes.
- Formato de solicitud
de inscripción
debidamente llenado
y suscrito.
- E.I.R.L
- iNSCRIPCION
DEL RUC (11)
- Persona Natural
- RUS
- No mas de S./ 360,000
- 1 local
- Activos fijos no mas de
S./ 70000
- Adquisiciones no
mas de S./ 360,000
- categoria 1
- RER
- RÉGIMEN
GENERAL
DEL
IMPUESTO A
LA RENTA
- Domicilio fiscal
Av.Universitaria
AA.HH Diaz Mz 1 Lt 2
- Persona Juridica
- Registrar a mis
trabajadores en
ESSALUD
- Me autorizan
permisos
especiales
- Me
autorizan y
legalizan el
libro de
planillas
- Me autorizan la
licencia municipal
de funcionamiento
- Me legalizan
los libros
contables
- Presentacion de
la declaracion
jurada el 01/01/25
- Notificación a "Bella S.A"
de la Carta que presenta al
Agente Fiscalizador y el
primer Requerimiento
- REQUERIMIENTO : Requerimiento a terceros
información y exhibición y/o presentación de sus libros,
registros, documentos, emisión y uso de tarjetas de
crédito o afines y correspondencia comercial.
- reparos a sus
declaraciones con la
consecuente emisión de
la Resolución(es) de
Determinación(es) y
Resolución(es) Multa(s)
vinculadas por la
infracción regulada en el
numeral 1) del artículo 178°
del Código Tributari por
declarar cifras o datos
falsos.
- Consecuencias
- Aplicación de multa
por infraccion
establecido en el libro IV
del Código Tributario.
- No se admitirán en instacia de
Reclamación los medios
probatorios que habiéndose
requerido durante el
procedimiento de verificación o
fiscalización no hubieran sido
presentados y/o exhibidos, salvo
que el deudor tributarios pruebe
que la omisión no se generó por
su causa o acredite la
cancelación del monto reclamado
vinculado a las pruebas
presentadas actualizado a la
fecha de pago, o presente carta
fianza bancaria o financiera por
dicho monto de conformidad a lo
establecido en el artículo 141° del
Código Tributario.