Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI)

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Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI)
MARGOTH ANGULO
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MARGOTH ANGULO
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Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI)
  1. ART. 71 INSTITUCIONALIDAD. COMEX regulación de políticas públicas conforme a las normas de la Función Ejecutiva.
    1. ART. 72. COMPETENCIAS. Excepciona, prohíbe, libera y permite las distintas medidas de comercio exterior. Se encarga del manejo político dentro del marco y código internacional aceptado por el Estado ecuatoriano. Adicional, engloba temas financieros, investigativos, procesos, certificaciones, tarifas, medio ambiente, y toda la cadena de valor.
      1. ART. 73. RESOLUCIÓN. Registro oficinal de las funciones y deberes publicados y normados a través de la secretaria técnica COMEX.
        1. ART. 74. COORDINACIÓN. Aplicación de medidas posterior a la validación y acuerdo conjunto de Ministerios e Instituciones Públicas, intervinientes en el proceso.
          1. ART. 75. AUTORIDAD INVESTIGADORA. Encargados de los procedimientos de investigación para la defensa del comercio exterior.
            1. ART. 76. FORMA DE EXPRESIÓN. Denominaciones en términos porcentuales o monetarios, ratificados por Ecuador.
              1. ART. 77 MODALIDADES DE ARANCELES. Aranceles FIJOS y CONTINGENCIAS ARANCELARIAS, contemplan tratados comerciales aceptados por Ecuador, según los distintos tratados internacionales.
                1. ART 78. MEDIDAS NO ARANCELARIAS. El COMEX establecerá medidas según variables que pongan en riesgo la legislación ecuatoriana. Ejemplo: trafico de estupefacientes, controles aduaneros, seguridad nacional, sanidad animal, otros.
                  1. ART. 79. MEDIDAS DE RGULACIÓN Y RESTRICCIÓN. Engloba casos de comercio exterior de varios recursos que no sean convenientes dentro del marco, legal, político, comercial y económico para el Ecuador.
                    1. ART. 80 TASAS costos de los servicios a nivel local y nacionalidad de las mercancías que se aplican tanto al proceso de importación y exportación.
                      1. ART. 81. PROCEDIMIENTOS enlace de medios tecnológicos para agilitar los procesos de comercio exterior y eficiencia en procesos aduaneros.
                        1. ART. 82 MECANISMOS medidas y procedimientos principalmente para contingentes no arancelarios, ratificados por el Ecuador y en línea de los acuerdos internacionales.
                          1. ART. 83 NOMENCLATURA códigos para la identificación de los artículos varios, bienes y demás suplementos comercializados, amparados por el SISTEMA ARMONIZADO y aceptados por el Ecuador.
                            1. ART. 84 NORMAS DE ORIGEN normas técnicas el un territorio aduanero para determinar el origen de un producto.
                              1. ART. 85 CERTIFICACIÓN DE ORIGEN regulación y administración de las mercancías sobre dudas del origen del producto nacional o extranjero.
                                1. ART. 86 VERIFICACIÓN DE ORIGEN control de mercancías y verificación de procesos para el cumplimiento de las políticas de importación y exportación.
                                  1. ART. 87. DISCREPANCIAS SOBRE ORIGEN la administración aduanera podrá aceptar la nacionalización de las mercancías según las reglas y normas de autenticidad. ART. 88. DEFENSA COMERCIAL defensa e igualdad de las condiciones de comercio justo en los mercados internacionales con medidas apropiadas para: - Prevenir - Restringir - Responder medidas comerciales - Contrarrestar
                                    1. ART. 89 DERECHOS medidas resultado de la Administración Aduanera. Normas aplicables en el ámbito fiscal y tributario para efectos comerciales GRAVÁMENES.
                                      1. ART. 90 DEVOLUCIÓN los valores cobrados provisionalmente se devolverán al final de la investigación y reparación del daño.
                                        1. ART. 91 REVISIÓN basado en los derechos de antidumping declaran los inicios y conclusión para la notificación de las partes interesadas.
                                          1. ART 92. COMPETENCIAS resolución de casos bajo las normas y medidas correctas de naturaleza comercial, administrativo y financiero protegiendo los intereses nacionales.
                                            1. ART. 93 FOMENTO A LA EXPORTACIÓN facilidades para la exportación y comercio a través de medidas arancelarias, derechos aduaneros, asistencia financiera, capacitación y desarrollo de mercados.
                                              1. ART. 94. SEGURO protección de la carga o exportación de mercancías a través del seguro de crédito de exportación bajo parámetros financieros.
                                                1. ART. 95 PROMOCIÓN NO FINANCIERA DE EXPORTACIONES fomentar la exportación de bienes o servicios estratégicos para el impulso económico del país y la producción para la mejora y promoción de exportaciones.
                                                  1. MARGOTH ANGULO P. NEGZ2706-3653_3654-COMERCIO EXT
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