Zusammenfassung der Ressource
SOCIEDADES
- En Colombia existen principalmente cinco (5) tipos de sociedades
- SOCIEDAD COLECTIVA se constituye con un mínimo de dos y un
máximo ilimitado, sus aportes se denominan "Partes de Interés"
- la razón social será el nombre y apellido, o apellido de uno o de varios de
los socios gestores seguido de las expresiones " y CIa", "e hijos"; "Asociados"
- La Administración corresponde a todos y cada uno de los socios, pero podrá delegarse consocios o extraños
- Los socios tendrán el derecho de inspección, por si
mismos o delegandolo en representantes, en cualquier
época de todos los libros y papeles de la sociedad.
- Esta clase de sociedades no esta obligada a hacer reserva legal.
- SOCIEDAD EN COMANDITA "GESTORES" (PARTES
DE INTERES) "COMANDITARIOS" (CUOTAS) se
constituye con dos socios - máximo ilimitado de
cualquiera de las dos clases de socios
- EN COMANDITA
SIMPLE
- Se asimilan a las sociedades limitadas, la razón
social será el nombre y apellido, o apellido de uno o
de varios de los socios gestores seguido de la
denominación Sociedad en Comandita, o "S en C"
- NO esta obligada a tener Revisor Fiscal ni Reserva legal
- Se disuelve cuando haya perdidas de las dos terceras partes o mas
- EN COMANDITA
POR ACCIONES
- Se asimilan a las sociedades anónimas, la razón social será el nombre y
apellido, o apellido de uno o de varios de los socios gestores seguido de
la denominación Sociedad en Comandita por acciones, o "S en C por A"
- Es obligatorio tener Revisor Fiscal y Reservas de sus utilidades
- Se disolverá también por perdidas que
reduzcan a menos del 50% su capital Social
- SOCIEDAD ANONIMA Se establece por la reunión de un fondo social a cuyo
aporte se le da el nombre de acción, La responsabilidad de los accionistas, esta
limitada hasta el monto de los respectivos aportes
- Esta clase de sociedad no podrá constituirse ni funcionar con menos de cinco accionistas su máximo es ilimitado.
- La denominación de esta será cualquiera, seguida de las palabras Sociedad Anonima
- El Capital esta representado en acciones de igual valor, en ele acto de constitución se debe indicar el capital
autorizado, suscrito y pagado
- Se disuelve cuando ocurran perdidas que reduzcan el 50% del capital suscrito o por concentración del 95% o
mas de las acciones suscrittas en una persona
- SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Se constituye con aportes llamados
"Cuotas", con un numero mínimo de 2 y un máximo de 25, quienes deben ser inscritos en
elibro de socios registrados en la cámara de comercio
- La denominación puede ser cualquiera pero siempre seguida de la palabra limitada o ltda
- Las decisiones se toma n de acuerdo con la votación, y cada socio tiene
tantos votos como cuotas posea en la empresa
- La sociedad esta obligada a hacer una Reserva legal hasta el 50% del monto de su capital,
apropiando para esta un 10% cada año de las utilidades
- Son causales de disolución las nombradas en el art. 218 del C. del Co, también cuando el numero de asociados exceda al limite previsto por la
Ley, o cuando el capital social se vea afectado perdidas que lo reduzcan amenos del 50%
- SOCEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA
- Este es un nuevo tipo de societario que se caracteriza por su
versatilidad y simplicidad, tanto en el momento de su
constitución como en su funcionamiento
- En materia de responsabilidad sigue las características de la Sociedad Anonima
- La razón social será el nombre seguido por la sigla S.A.S
- Se constituye por documento privado (estatutos) inscrito en el registro
mercantil
- La responsabilidad esta limitada al monto de los aportes, salvo fraude a la ley
- El capital esta representado en acciones, en el acto de constitución se debe indicar el capital
autorizado, suscrito y pagado
- Introduce el texto aquí