Zusammenfassung der Ressource
Facturacion Electronica
- Aplica para:
- P.N o P.J. de acuerdo
con el E.T. tengan la
obligacion de
facturar y sean
seleccionadas por la
DIAN para expedir
factura electronica
- Entrará en
vigencia en un
plazo no
inferior a tres
(3) meses
- P.N o P.J. que tienen la
obligacion de facturar
y sean seleccionadas
por la Dian y opten
por expedir factura
electronica.
- Obtenido el visto bueno
del cumplimiento, a más
tardar dentro de los diez
(10) días hábiles, la DIAN
expedirá la resolución que
lo habilita para facturar
electrónicamente.
- Las personas que no
siendo obligadas a
facturar de acuerdo con
el E.T. y decretos
reglamentarios opten
por expedir factura
electronica
- Documento que soporta transacciones de
venta de bienes y servicios, para efectos
fiscales debe ser expedida, entregada,
aceptada y conservada por y en medios y
formatos electrónicos
- DECRETO 2242 DE 2015
- RESOLUCION 19 DE 2016
- Mediante la cual se
prescribe un
sistema técnico de
control para la F.E.
- Y está conformado
por los siguientes
elementos:
- Formato estandar
XML de la F.E. las
N.D y N.C.
- Habilitacion de
los facturadores
electronicos
- Manifestar a través del Servicio
Informático de F.E. de la DIAN, su
intención de facturar electrónicamente de
manera voluntaria, lo cual implica el
ingreso al sistema de los datos del
interesado y aceptar realizar todos los
pasos necesarios para obtener su
habilitación como facturador electrónico.
- Numeracion
autorizada y
vigente
- Codigo unico de
F.E. y clave de
contenido tecnico
de control.
- Firma adoptada por
la DIAN garantizando
autenticida e
integridad
- Autorizacion de los
proveedores
tecnologicos
- Entrega del ejemplar de la
F.E. las N.D y N.C a la DIAN
- Rechazo de la F.E. por parte
del adquirente, si es el caso.
- Formatos alternativos
de acuse de recibo
- Registro en el catalogo
de participantes
- DECRETO 1349 DE 2016
- Por el cual se adiciona un
capítulo, referente a la
circulación de la factura
electrónica como título
valor.
- Es la F.E. consistente en un
mensaje de datos que evidencia
una transacción de compraventa
de bien(es) y/o servicio(s),
aceptada tácita o expresamente
por el adquirente.
- Puede ser expedida, emitida,
recibida, archivada, circulada
usando cualquier tipo de
tecnología
- Para efectos de circulación, el
proveedor tecnológico por medio
de su sistema verificará la
recepción de la F.E. por
parte del adquirente/pagador y
comunicará este evento al emisor
- y se entenderá aceptada
si el adquirente/pagador
no reclama contra su
contenido, mediante
reclamo dirigido al
emisor, dentro de los
tres (3) dias hábiles
- Por el cual se
reglamentan las
condiciones de expedición
e interoperabilidad de la
factura electrónica con
fines de masificación y
control fiscal.
- Condiciones de expedición de la F.E..
- 1. Condiciones de generacion
- Utilizar el formato
electrónico de generación
XML estándar
establecido por la DIAN
- Llevar
numeración
consecutiva
autorizada por
la DIAN
- Cumplir los
requisitos
señalados en
el artículo 617
del E.T..
- Incluir firma digital o
electrónica para
garantizar autenticidad
e integridad de la F.E.
desde su expedición
hasta su conservación
- Incluir el
Código Único
de F.E.
- 2. Condiciones de entrega
- El obligado a facturar electrónicamente
deberá entregar o poner a disposición
del adquirente la factura en el formato
electrónico de generación, siempre que:
- El adquirente también
expida F.E. , por
tratarse de un
obligado a facturar
electrónicamente
- El adquirente, no obligado
a facturar
electrónicamente , decida
recibir factura en
formato electrónico de
generación
- La habilitación para
expedir F.E. deberá
actualizarse por
- Cambio de solución tecnológica
- Cambio de proveedor tecnológico.
- Se requiere de un proveedor tecnologico, que es la
persona que podrá prestar sus servicios a los
obligados a facturar electrónicamente y/o a los
adquirentes que opten por recibir la factura en
formato electrónico de generación,
- La persona que utilice los servicios de un
proveedor tecnológico a quien no se le renueve la
autorización o se le cancele la misma deberá
actualizar su habilitación
Anmerkungen:
- http://www.dian.gov.co/feriaservicios/documentos/Impulso_y_masificacion_de_la_Factura_Electronica_en_Colombia.pdf
- Cancelación o no
renovación de autorización
de su proveedor
tecnológico
- Art. 161-1 La factura
electronica es lo mismo
que la factura de venta
- Como novedad se presenta que los
interasados en solicitar la autorizacion,
habilitacion de la numeracion de sus facturas
informen al servicio electronico los datos
sobre titularidad de la cuenta y deben tener
activa en alguna entidad financiera sea
vigilada por superfinanciera
Anmerkungen:
- http://actualicese.com/actualidad/2016/07/26/novedades-para-los-procesos-de-autorizacion-de-numeracion-de-la-facturacion-expedidas-por-la-dian/
- El uso de la F.E. genera beneficios como:
- No derroche de papel
- Disminucion
de los costos
- Menor
tiempo en la
tramitacion
- Seguridad
en las
operaciones
- Facilidad en
las
transacciones
- Lucha
contra el
fraude
- Mejora los
procesos de negocio
- Ayuda en la
competitividad
- Colabora al
medio
ambiente
- El compromiso de las PN y PJ
adquirentes es que tiene el
deber de exigir factura o
documento equivalente, deben
recibirla o rechazarla y luego
conservarla
Anmerkungen:
- http://actualicese.com/actualidad/2016/08/26/personas-naturales-y-juridicas-adquirentes-y-su-funcion-respecto-a-la-factura-electronica/