La acción cambiaria

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breve descripción de la acción cambiaría en la letra de cambio
jaime castañeda hernadez
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jaime castañeda hernadez
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La acción cambiaria
  1. Es la acción que el tenedor puede realizar contar el girado o aceptante.
    1. caracter ejecutivo, al tratarse de un documento que trae aparejada ejecución este puede hacerse valer contra los signatarios por el importe de la letra de cambio y sus intereses sin necesidad de que estos reconozcan las firmas previamente
    2. Procede cuando hay falta de aceptación parcial o total, falta de pago parcial o total y cuando el deudor o girado se encuentra en estado de quiebra o concurso
      1. Y se ejercita en vía directa e indirecta
        1. Directa. En contra del aceptante o girado y sus avalistas, y vasta para su ejercicio el mero incumplimiento del deudor.
          1. Indirecta. Contra cualquiera de los obligados, en este caso se necesita levantar oportunamente el protesto.
        2. Prestaciones exigibles.
          1. Importe de la letra.
            1. Intereses moaratorios al tipo legal desde el día de su vencimiento.
              1. De los gastos del protesto y los demás gastos legítimos.
                1. premio de cambio de plaza.
                2. acción causal
                  1. Es una acción que se interpone una vez que se intento cobrar el titulo inutilmente, es decir, se presento el documento para aceptación o pago y no se tuvo respuesta o bien caducó o prescribió su derecho de ejercer las acción cambiaría. En este caso se remite a la causa que origino el titulo de crédito mediante una demanda en la vía causal.
                  2. Enriquecimiento ilegitimo
                    1. Cuando caducó o prescribió el derecho para ejercer el derecho de la acción cambiaria ya sea por inactividad o por el paso del tiempo, así como cuando no es la persona que recibió del girador la letra y tampoco existe la relación causal contra el, existe una ultima opción que es la acción de enriquecimiento ilegitimo, que consiste en que el tenedor puede exigir al girador la cantidad por la que se haya enriquecido que es la misma que este ha perdido , es decir el girador devolverá la suma que le este faltando al tenedor que es la que lo esta empobreciendo y ha enriquecido al primero de los nombrados.
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