Zusammenfassung der Ressource
codigo policia
- Multa Tipo 1: Tiene un costo aprox. de $ 98.360 (4 salarios mínimos diarios legales)
- Limitar u obstruir las manifestaciones de
afecto y cariño que no configuren actos
sexuales o de exhibicionismo en razón de
la raza, origen nacional o familiar,
orientación sexual, identidad de género
u otra condición similar. Emplear o
inducir a los niños y adolescentes a
utilizar indebidamente las
telecomunicaciones o sistemas de
emergencia. No recoger el excremento
de su mascota o después de recogidos
dejarlos abandonados en espacio público
o áreas comunes. Permitir que animales
o mascotas en espacio público esparzan
las bolsas y recipientes de basura
puestas para la recolección. Obstruir la
ciclo ruta o carril exclusivo para las
bicicletas. Ingresar y salir de las
estaciones de transporte público masivo
por sitios distintos a las puertas
destinadas para el efecto.
- Multa Tipo 3: Tiene un costo aprox. de $393.440 (16 salarios mínimos diarios legales vigentes)
- Agredir físicamente a personas por
cualquier medio. Poner en riesgo a
personas o bienes durante la instalación,
utilización, mantenimiento o modificación
de las estructuras de los servicios públicos.
Modificar o alterar redes o instalaciones de
servicios públicos. No reparar
oportunamente los daños ocasionados a la
infraestructura de servicios públicos
domiciliarios, cuando las reparaciones
correspondan al usuario. Perturbar o
permitir que se afecte el sosiego en el
vecindario por altos ruidos, fiestas,
reuniones cuando afecten la tranquilidad
de las personas. Comportamientos que
afecten la tranquilidad y relaciones
respetuosas de las personas en espacio
público, lugares abiertos al público, o que
siendo privados trasciendan a lo público
como irrespetar normas propias de lugares
públicos tales como salas de velación,
cementerios, clínicas, hospitales,
bibliotecas, museos entre otros.
- Multa Tipo 2: tiene un costo aprox. de $196.720 (8 salarios mínimos diarios legales)
- Reñir, incitar o incurrir en confrontaciones
violentas que puedan derivar en
agresiones físicas. Lanzar objetos que
puedan causar daño sustancias peligrosas
a personas. Amenazar con causar daño
físico a personas por cualquier medio.
Portar armas, elementos cortantes,
punzantes o semejantes, o sustancias
peligrosas en áreas comunes o lugares
abiertos al público, se exceptúa quien
demuestre que esos materiales
constituyen una herramienta de su
actividad deportiva, oficio, profesión u
estudio. Portar armas neumáticas, de aire,
fogueo, de letalidad reducida o sprays,
rociadores, aspersores, o aerosoles de
pimienta o cualquier elemento que se
asimile a arma de fuego en lugares
abiertos al público donde se desarrollen
aglomeraciones de personas o en lugares
donde se consuman bebidas
embriagantes, o se advierta su utilización
irregular, o se incurra en un
comportamiento contrario a la
convivencia. Irrespetar a las autoridades
de Policía. Permitir que los niños o
adolescentes tengan animales p