PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO

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PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
Yesid  Yela
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Yesid  Yela
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PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
  1. Debido proceso
    1. El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas.
    2. Buena fe
      1. Las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquellos adelanten ante éstas.
      2. Equidad, reciprocidad y convivencia nacional
        1. El Estado promoverá la internacionalización de las relaciones políticas, económicas, sociales y ecológicas sobre bases de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional.
        2. Igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, descentralización, delegación y desconcentración de funciones en la función administrativa.
          1. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.
          2. Supremacía Constitucional
            1. La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales.
            2. No reformatio in peius
              1. Toda sentencia judicial podrá ser apelada o consultada, salvo las excepciones que consagre la ley. El superior no podrá agravar la pena impuesta cuando el condenado sea apelante único.
              2. Presunción de inocencia
                1. Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable.
                2. Prevalencia de los tratados de los cuales Colombia es Estado parte, que reconocen derechos humanos y prohíben su limitación en estados de excepción.
                  1. El Estado Colombiano puede reconocer la jurisdicción de la Corte Penal Internacional en los términos previstos en el Estatuto de Roma adoptado el 17 de julio de 1998 por la Conferencia de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas.
                  2. Protección del trabajo
                    1. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
                    2. Igualdad ante la Ley
                      1. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación.
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